El Estado es el principio de igualdad. Esto es lo que diferencia al Estado de todas las demás formas del poder político conocidas en la historia. Justamente por eso, el Estado es un poder con vocación jurídica. Es, en realidad, el primer y, hasta el momento, el único poder con vocación jurídica que ha existido en la historia de la convivencia humana. No por casualidad, cuando Jules Michelet se pregunta en el prólogo a la primera edición de su Historia de la Revolución Francesa por cuál ha sido la aportación de la Revolución a la historia de la Humanidad, contesta sin dudar que el Derecho. El principio de igualdad es lo que permite expresar unitariamente la vida del Estado. Su proceso de génesis, sus relaciones, una vez constituido, con los ciudadanos, su articulación orgánica no son más que expresiones de la igualdad. Expresiones más directas en unos casos y más necesitadas de mediaciones en otros, pero expresiones siempre del principio de igualdad. Ésta es la razón por la que el Estado puede ser explicado científicamente. El principio de igualdad es lo que ha permitido al Derecho constitucional diferenciarse de la literatura jurídico-pública del período inmediatamente anterior y constituirse en ciencia. La ciencia es explicación unitaria de la forma de manifestarse de los fenómenos por su determinación interna. En el caso del Derecho constitucional, explicación de todos los fenómenos jurídico-constitucionales. Solamente un principio universal como la igualdad permite tal explicación. Únicamente con él, podríamos decir parafraseando a Friedrich von Gerber, se puede pasar de la estadística a la ciencia, de la simple enumeración de relaciones jurídicas particulares a su explicación unitaria. Esto es lo que persigue este Curso de Derecho constitucional. Explicar cómo a partir del principio de igualdad el Estado desemboca en la Constitución como norma jurídica, iniciándose con ella un proceso de sometimiento del Estado al Derecho que no se detiene nunca. No puede haber ni una sola operación constitucional, sea el poder constituyente, la interpretación de la Constitución o el control de constitucionalidad, ni uno solo de los derechos fundamentales o de los poderes del Estado, que no tenga que ser explicado como una derivación del principio de igualdad. Naturalmente, todo esto se intenta demostrar a partir del estudio de un Estado constituido: el Estado español a partir del 29 de diciembre de 1978.
La europeización del Derecho público presenta diversas facetas y componentes. Este libro tiene por objetivo identificar esos elementos de la europeización muy dispersos a menudo, sistematizarlos y exponerlos de la forma más compacta posible. En un primer acercamiento conceptual la europeización se refiere a las repercusiones del Derecho europeo sobre los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados miembros. Este modo de acción vertical entre la Unión Europea y los Estados miembros no discurre, sin embargo, exclusivamente en una sola dirección, sino que es recíproco, y está siendo completado crecientemente por entrecruzamientos horizontales entre los Estados europeos. Especial atención se presta a la clasificación que distingue entre tipos de europeización. En función de si esta se refiere al Derecho material, al Derecho procedimental o al Derecho de organización procede distinguir entre la europeización material, la procedimental y la institucional. El tipo más intenso de europeización se denomina aquí europeización integral. Se hace referencia con esa expresión a una acumulación de los modos de funcionamiento y los tipos de europeización antes expuestos. La europeización integral se encarna de modo verdaderamente intuitivo en el concepto de «unión administrativa europea».
El Derecho de la Unión Europea y el Derecho interno son sistemas jurídicos abiertos. Cada uno de ellos incorpora elementos procedentes del otro a través de sus propios dispositivos de comunicación intersistemática. Los Tribunales encargados de diseñar esas interfaces deben afrontar esa tarea con la necesaria consideración de las exigencias institucionales propias, pero también de las ajenas. En esta obra se desarrolla esta idea a propósito de tres de las cuestiones sobre las que gira la más reciente evolución de la doctrina del Tribunal Constitucional: las relaciones entre los sistemas europeo y nacional de protección de los derechos fundamentales, la relevancia constitucional interna de la aplicación incorrecta del Derecho de la Unión y, en fin, el papel que este último puede jugar a la hora de justificar y apreciar la especial trascendencia constitucional de los recursos de amparo.
La presente obra, cuidadosamente actualizada y adaptada a los recientes e importantes cambios legislativos en la materia, incorpora un estudio sistemático del sistema español de Derecho internacional privado, que abarca tanto la denominada parte general (Competencia judicial internacional, Derecho aplicable, Reconocimiento de decisiones y actos extranjeros, Derecho procesal civil internacional) como la parte especial de esta disciplina (Persona, Familia, Sucesiones, Obligaciones y Bienes). La inclusión exhaustiva de fuentes legales, jurisprudenciales y doctrinales la convierten en un instrumento útil no solo para la enseñanza o la investigación en Derecho internacional privado, sino también en una obra de referencia para el ejercicio práctico del Derecho. Tras nueve ediciones en su formato actual y otras tres en su formato como «Curso», la primera de ellas publicada en 1991, se trata de una obra ya clásica en el panorama de la bibliografía jurídica española.
El Anuario de Derecho Administrativo, iniciativa del profesor D. Miguel Ángel Recuerda Girela, tiene por objeto promover la difusión de ideas, contribuir a la especialización y actualización de los profesionales, y ofrecer un foro para la discusión sobre los problemas actuales y la evolución del ordenamiento jurídico-administrativo. El Anuario de Derecho Administrativo 2016 contiene 38 estudios rigurosos sobre cuestiones prácticas de gran actualidad en la materia, que han sido elaborados por 56 abogados de reconocido prestigio, y además incluye una selección de las normas jurídico-administrativas, la jurisprudencia, y la bibliografía más relevante de 2015. Por ello, el Anuario es una fuente de consulta imprescindible para quienes se dedican a la práctica del Derecho Administrativo, pues trata con una notable profundidad y calidad técnica los grandes problemas y cuestiones más candentes de la aplicación del ordenamiento jurídico-administrativo actual.
Creados y en funcionamiento tras la aprobación del régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de GEI, las nuevas plataformas de negociación primaria y secundaria de estos instrumentos financieros plantean una complejísima problemática jurídica, generada principalmente por una carente regulación y supervisión específica. Dicha falta de control ha provocado importantes distorsiones y numerosas prácticas fraudulentas en su funcionamiento y, por ende, redundado negativamente en la deseable transparencia y protección de los inversores participantes y la de su operatoria. Esta obra ofrece, desde una perspectiva interdisciplinar novedosa aún no atendida por la doctrina, el tratamiento de esa problemática jurídica y contable que actualmente afecta a relevantes aspectos de la regulación, organización y funcionamiento de los actuales sistemas y mercados europeo y español de negociación de derechos de emisión de GEI y unidades de Kioto.
El mercado colaborativo se ha manifestado a través de distintos tipos de empresarios y consumidores/usuarios; especialmente, a través del empleo de plataformas digitales ha introducido en el mercado bienes o servicios, alterando las relaciones jurídicas de los sujetos tradicionales (empresario, productor, mediador, consumidor). Empresas como Cabify, Uber, Airbnb, Blablacar, y otras son ejemplos notorios de esta evolución del mercado y del consumo. Esta obra colectiva pretende ser un minitratado del Derecho del consumo colaborativo, hasta ahora inexistente en el mercado editorial jurídico. Su parte general y su parte especial, su pluridisciplinariedad jurídica, hacen una obra singular y de futura referencia para la apasionante evolución jurídica que se avecina en las próximas décadas
Para la cultura política y jurídica en la que nuestra Constitución se inscribe, «derechos fundamentales» son los reconocidos o creados directamente por la propia norma constitucional. El recurso a esa singular y concreta calificación (algo más que descriptiva) expresa aún hoy una diversidad de significados, y hasta de símbolos, inseparables todos de la tradición que llamamos «constitucionalismo»: ciertos derechos son fundamentales porque corresponderían, sin más condiciones, a toda persona o, cuando menos, a cualquier ciudadano; porque se afirmarían y garantizarían frente a cualesquiera pretensiones adversas, aunque estuvieran revestidas, incluso, de la forma de ley y, en fin, porque darían fundamento los derechos mismos a la vida comunitaria en su conjunto. Todo ello está sintetizado y enfatizado por el artículo 10 de la Constitución: «La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social». Este libro es un ensayo de aproximación a ese concepto de «derecho fundamental» y al régimen de sus garantías, legales y jurisdiccionales, en nuestro ordenamiento. Su hilo conductor es el artículo 53 de la Constitución, en el que se fijan los rasgos propios de esta figura jurídica y se definen, al hacerlo, las respectivas posiciones ante ella del legislador y del juez. Su referencia constante es la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
Cumplir con la normativa sobre protección de datos es un deber para todas las empresas sin excepción -y por tanto para sus asesores- que no deben eludir si quieren evitar sanciones de elevados importes. La gran capacidad y facilidad de comunicación de la que disponen hoy en día ha provocado el almacenamiento masivo por su parte de datos sin el debido control. Por todo ello editamos el presente Memento, cuyo objetivo es proporcionar a la empresa y a su asesor una referencia de consulta rápida, directa y clarificadora sobre toda la normativa en materia de protección de datos. En él se trata de aportar respuestas claras y concisas sobre dudas tan comunes como: ? Qué datos están protegidos por la normativa actual; ? En qué debo basar la legitimación para poder utilizar y conservar los datos de mis clientes, prospectos o proveedores; ? Qué tipo de consentimiento necesito recabar de ellos; ? Durante cuánto tiempo puedo mantener los datos en soportes físicos o informáticos; ? Cómo inscribir los ficheros en la Agencia de Protección de Datos; ? Qué es un DPD y cómo nombrarlo; ? Qué tipo de actividades e incidencias debo registrar y tener a disposición de las autoridades de control y cómo hacerlo; ? Hasta donde llega mi responsabilidad, cuáles son las sanciones, cómo puedo recurrirlas; ? Etc. Todo ello con un riguroso análisis de la normativa vigente, tanto la internacional - actual Reglamento (UE) 2016/679, de aplicación directa en España desde el pasado 25-5-2018 - , como la interna: la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y de Garantía de Derechos Digitales, que no desarrolla el Reglamento, sino que adapta el derecho español a lo que el mismo regula, así como otras normas que tienen repercusión directa en esta materia (entre otras, L 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, L 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; L 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica; LO 2/2006, de Educación; Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público).
Esta obra ofrece un análisis, desde la perspectiva jurídica, del fenómeno del despilfarro que deriva de los casos de corrupción o ineficiencia extrema en la gestión de las finanzas públicas. Afronta, por tanto, una cuestión de evidente actualidad que int