En este Tratado se estudian los aspectos más relevantes del Derecho económico local, tanto desde el punto de vista sustantivo como organizativo. Se describen y analizan las reglas que disciplinan las diversas formas de incidencia de la Administración local en la economía. Las entidades locales se presentan en la economía unas veces como reguladoras o controladoras, otras veces como agentes económicos (en mayor o menor posición competitiva con los agentes privados), y otras veces como promotoras o directoras de la actividad económica (a través de la contratación con empresas, la gestión de los bienes patrimoniales y demaniales, o el otorgamiento de ayudas). Esta diversidad de actividades locales en la economía es reconducible, con las adaptaciones necesarias, a una ordenación sistemática tradicional que distingue tres tipos básicos de actuación local: de intervención o regulación, de servicio público o de fomento. Esta es también la estructura sistemática de este Tratado, cuya ordenación está recorrida por una idea ordenadora central: el Derecho de la competencia. En todos los ámbitos del Derecho económico local es hoy una referencia explicativa central en qué medida las distintas actividades locales (reguladoras, prestadoras o de fomento) afectan a la competencia con y entre los agentes económicos privados y, en consecuencia, cómo y con qué alcance se someten a reglas dirigidas a garantizar la competencia en el mercado.