La evolución actual de la seguridad privada en una sociedad sometida a riesgos diversos es, sin duda, una evolución en términos cuantitativos y, finalmente, cualitativos. Por decirlo en otros términos, hay más seguridad privada y adicionalmente, hace más cosas y desarrolla más actividades que no pueden ser realizadas por la seguridad pública convencional. Se produce en este punto una transito entre las necesidades derivadas de nuevos riesgos y la posibilidad de su cobertura por medios tradicional ligados a la seguridad pública. Este transito es el que justifica que el legislador haya optado por la reforma del marco jurídico de la seguridad privada que se realiza con la publicación de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada. La nueva Ley trata, por tanto, de dar cobertura al cambio funcional que se ha producido en los últimos años y adaptar el régimen jurídico de la actuación de los profesionales y de las empresas que dedican a esta actividad al nuevo marco funcional y a las eventuales exigencias que se han ido produciendo en el ámbito europeo.Es cierto que la concepción final de la seguridad privada como una parte de la seguridad pública efectuada por quienes tienen la condición de colaboradores de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado pero no tienen tal condición constituye un elemento central de la explicación del modelo y, lo que parece más importante, de las bases para un modelo estable, efectuado sobre el mismo esquema. Ciertamente esta concepción es tributaria de la propia doctrina del Tribunal Constitucional sobre la ubicación conceptual de la seguridad privada como un subproducto de una matriz más grande conformada en el entorno de la seguridad pública. Esta ubicación es ciertamente relevante porque sitúa las pautas de actuación y las reglas de comportamiento de los agentes en un entorno específico y con unas características delimitadas más allá de que sea el agente público o privado el que actúe en el cumplimiento de la respectiva función. En este marco se configura una Ley en la que el título Preliminar se refiere a las disposiciones generales aplicables al conjunto de actuación de los fenómenos de seguridad privada, incluyendo la referencia a las Administraciones de tutela y las funciones de coordinación, el título Segundo se refiere específicamente a las empresas de seguridad privada, el título Tercero, al personal de seguridad privada, el Título IV, a los servicios y medidas de seguridad, el Título V al control administrativo y el Título VI al régimen sancionador. El análisis de esta regulación se ha agrupado en capítulos que contiene referencias comunes y materiales sobre los grandes aspectos de la reforma y de la nueva regulación huyendo del análisis artículo por artículo para dotar al Comentario de una visión global que se juzga más interesante en función de su propia concepción y utilidad para un trabajo que trata de establecer las líneas generales de un nuevo modelo.
Un nombre: Asómate. Asomarse es un atrevimiento: asomarse al pozo y al misterio que cada uno es. En esta línea hay que acoger el título de la obra presente. Una declaración de intenciones: Itinerario de interioridad. Es decir, un camino largo, un proyecto. Unos destinatarios: Primero y segundo de Educación Primaria. Una cuna de origen: Los centros escolares de las Hijas de María Auxiliadora (Salesianas), de la Inspectoría «Nuestra Señora del Pilar». No es, pues, una «ocurrencia». Es una experiencia contrastada, experimentada, seguida y recorrida por muchos alumnos. Esto da seguridad y es un bonito compartir.
La presente monografía analiza exhaustivamente el papel de los fondos de inversión en el ámbito del deporte profesional, especialmente en lo que se refiere a la propiedad de los derechos de los deportistas por parte de dichos fondos. Así, se estudian los derechos susceptibles de revestir interés para los fondos de inversión desde una perspectiva deportiva. Particularmente, se trata la aproximación del régimen jurídico-mercantil de los fondos en el fútbol español. Además, se resuelve la cuestión de cuál es la perspectiva económica de los fondos de inversión en el deporte. Por último, se analiza la irrupción de los fondos de inversión en la actividad deportiva desde la perspectiva de negocio.
La nostálgica, cómica y tierna historia de una familia de clase media-baja en el Madrid de principios de los 80 «Una novela deliciosa. Se disfruta con una mezcla de nostalgia y dolor. Me fascina su forma de relatar nuestras vidas, lo parecido era todo entonces en todas las casas.»Máxim Huerta Recuerdo las cosas más curiosas de mi infancia a principios de los ochenta. No me preguntes por los afluentes más importantes de la Península, ni por las ecuaciones de segundo grado, ni por las Coplas a la muerte de su padre de Jorge Manrique. En cambio, recuerdo el intenso sabor del ColaJet de limón, la rugosidad de las costras en mis rodillas, la barriga de John Wayne en los westerns de Primera Sesión, la ansiedad por conseguir chapas que no estuvieran dobladas o la alegría de ver a Santillana marcar un gol. Recuerdo la manera exacta en que el aliento de mi padre olía a Soberano; y la frase favorita de mi madre: «¿Te crees que soy el bancospaña?». Recuerdo que la felicidad era el primer mordisco del dónut en el recreo de las once. Quizá recuerdo todas esas cosas porque están entrelazadas con el momento en el que descubrí por fin toda la verdad sobre las mentiras de mi familia. Yo debía de tener once años, o quizá diez, o quizá doce, el día en que papá vendó teatralmente los ojos de mamá con un paño de cocina y la condujo a ciegas al salón... La crítica ha dicho...«La novela es de una potencia evocadora brutal. Ha sido como volver a la infancia. Toda la novela está siendo un reencuentro con cosas que de pronto recuerdo.»Juan Tallón (El País, Jotdown) «Me he reconocido tantas veces a lo largo de la narración que ha habido momentos en los que me he preguntado "¿cómo es posible que este señor esté escribiendo sobre mí?"»Mar de tinta «Una novela que se erige como un canto a la inocencia infantil y a los efectos positivos, y quizá también negativos, que implica el hecho de viajar al pasado.»Tras la lluvia literaria «Al leer ciertas escenas no podía dejar de sonreír porque era como si el protagonista compartiera también muchos de mis recuerdos.»La ventana de los libros «Un humor original e imaginativo, que se derrama por las páginas de la novela en forma de geniales destellos.»El fogón literario «Una voz muy enternecedora, cercana, ingenua y divertida que como cualquier niño tiene sus propios problemas, alegrías y prioridades.»Adivina quién lee
Omar Khayyam, matemático, y poeta persa, recibió una sólida educación en ciencias y filosofía y fue un prestigioso astrónomo, lo que le ha valido que se pusiera su nombre a un importante cráter de la Luna: el cráter Omar Khayyam. Fruto de su gran erudicción, nos ha dejado uno de los libros más importantes de todos los tiempos, los Rubáiyát, que significa literalmente «estrofas». En este pequeño libro, que se empezó a conocer tres siglos después de la muerte del poeta. Omar Khayyam nos brinda con exquisita sensibilidad unas odas al vino y la belleza, el goce del momento presente, la vanidad de la vida en este mundo, etc.
Mire a su alrededor durante un minuto. Si fuera a hacer una fotografía que captara sus pensamientos y sentimientos sobre el lugar donde se encuentra justo en este momento, ¿de qué sería? Complicado, ¿verdad? Tomar excelentes fotografías de lugares depende de qué, cuándo y cómo. Qué tipo de lugares activa sus ideas o emociones (naturaleza, escenas industriales, lugares con un significado histórico), cuándo le gusta fotografiarlos (pronto por la mañana, durante el día, durante el crepúsculo, o por la noche) y cómo le gusta fotografiarlos (con una profundidad de campo grande o reducida, con un gran angular o un teleobjetivo, con una composición clásica o con algo menos ortodoxo...). Junte estos tres elementos y sus fotografías adquirirán un nuevo significado. Entre los 50 grandes fotógrafos representados a lo largo de las páginas de este libro se incluyen: Alec Soth, Martin Parr, Robert Adams, Todd Hido, Rut Blees Luxemburg, Julius Shulman, Rinko Kawauchi, Thomas Ruff, Tim Hetherington y Joel Sternfeld.
Reinaré en España - promesa recibida en 1733 por el jesuita padre Hoyos en el templo vallisoletano de San Ambrosio- motivó la expansión en España del culto y devoción al Corazón de Jesús. Con todo, el lema y la difusión corazonista demoraron su despegue hasta dos siglos después. Sería a partir de este mismo templo, a impulsos del arzobispo Gandásegui, que prosiguieron sus sucesores en la sede metropolitana. Así comenzaba otra etapa y nuevos bríos en este templo cuya meta era convertirlo en santuario nacional, siempre bajo amparo de la Gran Promesa. Con este título y fundador nace la revista mensual que, entre 1934 y 1970, exhibió la cartela de órgano oficial del Santuario. Suscriptores y lectores ocasionales pudieron seguir, además de las noticias relacionadas con la devoción corazonista, los vaivenes de la política nacional y su reflejo en el templo dedicado al Sagrado Corazón. La colección de Reinaré en España evidencia el sesgo nacionalcatólico de proyectos, realizaciones, convocatorias y celebraciones que siempre tuvieron por referente este Santuario Nacional de la Gran Promesa.
Los Pueblos más Bonitos de España pone a su disposición su primera guía en formato papel con los pueblos pertenecientes a la red este año 2017, con preciosas fotos a todo color, mapas de situación para hacer rutas más fácilmente e información de cada uno de estos lugares mágicos con encanto. Una guía imprescindible para los amantes del turismo rural y de los pueblos con encanto.
El régimen jurídico del deporte profesional se estructura sobre la base de cinco partes. La primera, es una introducción de carácter general sobre la transformación del régimen jurídico del deporte profesional y lo que supone la organización de una actividad económica en el marco del derecho económico y comercial. La segunda, analiza la figura clave en la ordenación del deporte profesional que está representada por las ligas profesionales. A caballo entre una patronal, un organizador o una entidad de segunda referencia en la gestión de potestades públicas es, sin duda, uno de los elementos centrales para la adecuada ordenación del deporte profesional. De hecho podría decirse que la configuración nada clara que realiza la LD 1990 está en el antecedente del problema y de la verdadera conceptuación y operatividad de esta figura. En la parte tercera se aborda el análisis de los agentes que participan en el deporte profesional. El modelo del deportista profesional es otro de los grandes temas a analizar. Tributarios de la normativa de 1985 cabe preguntarse sí se trata de un esquema de regulación acorde con la transformación del régimen jurídico de la prestación laboral en este ámbito. La parte cuarta contiene un conjunto de materias que han sido características en los últimos años en relación con el régimen mercantil, comercial, fiscal y de mercado de la actividad deportiva profesional. Dentro de esa parte se incluyen las referencia a las ayudas de Estado, al derecho de la competencia, a las peculiaridades -nunca resueltas- del derecho concursal, a la regulación audiovisual y a las características diferenciales - allí donde existen- de la fiscalidad asociada al ámbito del deporte profesional. La vinculación entre la actividad deportiva y el juego es otro de los elementos clave en estas conexiones de la legislación sectorial con la actividad general. La última de las partes, la quinta, se dedica a la conexión de la actividad deportiva con la normativa de seguridad pública, tanto en los aspectos específicos referidos a la lucha contra la violencia, la xenofobia y la intolerancia en el deporte como a la inclusión de algunas prácticas patológicas en el reproche penal que abandera el Código Penal.
La nueva edición del Código del Juego constituye una actualización importante de las anteriores ediciones. Desde el primer momento se concibió como una Obra general que diera cobertura a la legislación del denominado juego presencial, cuya responsabilidad corresponde esencialmente a las Comunidades Autónomas y del que puede decirse que no ha parado de crecer y de modificarse hasta constituir, hoy, un cuerpo normativo especialmente intenso y amplio y el del denominado «juego on line» que se articula sobre la base del bloque normativo de la Ley del Juego. Ambos ámbitos no han parado de crecer y desarrollarse en los últimos años y exigían una actualización notable de las normas y del régimen jurídico de cada una de las modalidades y los operadores. El Código incluye, igualmente, la normativa de los denominados operadores públicos que conviven históricamente con el juego privado en 1977. La labor de actualización y de adaptación es, sin duda, una labor compleja por el número de operadores jurídicos que, potencialmente, pueden llegar a participar en el mismo y por la concurrencia de factores de todo orden (territorial, jurisdiccional, etc.) que han condicionado seriamente este marco jurídico que se ha convertido, sin duda, en uno de los ámbitos sectoriales que cuenta con mayor normativa y ordenación.