La libertad religiosa no es simplemente una ausencia de coacción, sino la capacidad de ordenar las propias opciones según la verdad. Se trata de un derecho fundamental de toda persona humana y debe ser reconocido por todo orden jurídico. Tiene su ámbito de ejercicio en todos los ámbitos y momentos de la vida, y es además fuente de creatividad, encuentro y cohesión. El Congreso Católicos y Vida Pública, organizado por la Fundación Universitaria San Pablo CEU y la Asociación Católica de Propagandistas ha querido dedicar su decimotercera edición al análisis de la situación de este derecho, prestando especial atención a las zonas donde está especial y violentamente amenazada. La libertad religiosa es un instrumento y una clave ineludible para el anuncio evangélico y el diálogo entre las diferentes religiones y con los no creyentes.
Cuarenta años después de los hechos, el viejo profesor, el republicano histórico curtido en mil batallas, publicó en 1907 el relato de unos hechos, de los que fue protagonista, para que su memoria permaneciera en el imaginario del republicanismo español.
El surgimiento y desarrollo histórico de la Función Pública durante el siglo XIX se produce a través de la superación del doble fenómeno de la politización y de la patrimonialización de los oficios públicos. A partir de aquí, se configura un régimen jurídico-público específico para el personal al servicio de las Administraciones Públicas, informado por los principios de mérito y capacidad, de objetividad y de neutralidad, que pretendía situar al funcionario al abrigo de injerencias externas, pero que también lo sometía al interés general concretado en la función pública a desarrollar. Hoy en día, en cambio, el sistema de Función Pública español, lejos del impulso autónomo de organización y de gestión que determinó su nacimiento, funciona principalmente por impulsos políticos. Una articulación política de la Función Pública que sólo es posible, a su vez, por la articulación jurídica de la repolitización y de la repatrimonialización que aquella padece. No es pues de extrañar que, a esta crisis institucional, le siga la crisis social de la Función Pública, con el cuestionamiento continuo de su función en la sociedad, exacerbando estereotipos más o menos justificados, pero que en última instancia revelan que una Función Pública politizada y patrimonializada no puede mantenerse y hacen por ello imprescindible profundizar en sus principios y caracteres originales y que, en su devenir histórico, se han ido olvidando cuando no violentando. La explicación de este doble proceso convergente de repolitización y de repatrimonialización de la Función Pública española es, en suma, el objeto de este libro titulado Pasado, Presente y Futuro de la Función Pública, pero subtitulado significativamente Entre la politización y la patrimonialización, por constituir los dos fenómenos permanentes que se ciernen peligrosamente sobre la Función Pública.
El título del estudio resulta lo suficientemente revelador: El régimen jurídico de obtención del suelo destinado a dotaciones públicas; es decir, la exposición de los instrumentos que el ordenamiento pone a disposición de las Administraciones públicas con la finalidad de obtener aquellos espacios que, por su destino público, se necesitan en ejecución de los cometidos y funciones que les son propias. No obstante el examen exhaustivo de dichos métodos de obtención, la circunstancia de moverse en un escenario como el de las dotaciones públicas, insertado además en una disciplina compleja como lo es el urbanismo, exige, con carácter previo a dicho análisis, dedicar parte del estudio a cuestiones tales como deslindar el concepto de dotación pública, resaltar su importancia dentro de la ciudad o estudiar los diferentes principios e instrumentos que rigen nuestro urbanismo. Por último, el urbanismo constituye, asimismo, una disciplina que debe poner en relación los intereses públicos propios de la organización espacial de un determinado municipio con los intereses de los particulares. El reconocimiento en la CE del derecho de propiedad, y el hecho de que los métodos analizados lo que pretenden es precisamente la obtención de espacios que en principio están en manos privadas, hace presumir que exista un permanente conflicto entre el campo de lo público y lo privado. Para ello, ha resultado necesario que, dogmáticamente, se hayan tenido que introducir principios, fundamentos e instrumentos capaces de aunar ambos intereses.
La obra Democracia constitucional y opinión pública trata de ofrecer la trayectoria de la opinión pública desde la época en la que se origina su noción ideal hasta su estado presente, con las circunstancias de su transformación y, por último, con su situación actual en un Occidente mundializado de sociedades fragmentadas. En este trabajo, aparte de las lógicas reflexiones sobre la cuestión principal, se mantiene una tesis constitucional de fondo; es a saber, que, puesto que el reconocimiento político de la opinión pública es la nota estructural y estabilizadora de todas las democracias representativas, por cuanto es el elemento que asegura la continuidad entre los gobernantes y los gobernados, realizando de esta forma mediata el principio de la soberanía popular, y, en consecuencia, el ordenamiento jurídico y, en particular, la legislación, deben depender directa e indirectamente de ella, su debilitamiento, desprecio o destrucción aniquilan las posibilidades de subsistencia de los Estados liberal-democráticos en el mundo contemporáneo. Como se comprende sin dificultad, no se está solo ante un problema teórico, sino eminentemente práctico y real.