Théophile Gautier destacó de la obra de su amigo Balzac que con su profundo instinto de la realidad comprendió que la vida moderna que quería pintar estaba dominada por un hecho capital, el dinero. Este volumen incluye las siguientes novelas: Petrilla, El cura de Tours, Un hogar de soltero, La solterona y El gabinete de los antiguos.
La protección jurídica del menor en relación con los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen desde el ámbito estatal autonómico e internacional. La protección de tales derechos con el uso de los dispositivos móviles, Internet y Redes sociales; cambio del concepto de intimidad y privacidad en los menores nativos digitales y la aparición de nuevos conceptos tales como intimidad informática identidad digital y extimidad del menor. Los riesgos que conlleva el uso de tales medios; mecanismos que garanticen una protección; intervención conjunta de los poderes públicos, la industria, los padres o tutores y los educadores; normativa existente desde el derecho civil y el derecho penal.
Es indudable que cuando se reescriba la historia del humanismo castellano en el siglo XV ocuparán un lugar destacado los trabajos realizados por Tomás González Rolán (muchos de ellos en colaboración con Pilar Saquero) y sus discípulos, directos o indirectos, para ponderar en su justa medida el real conocimiento de los autores clásicos y la difusión de las ideas humanistas.
«Havíem estat junts prop de tres anys i havíem tingut temporades realment bones. Ens vàrem estimar amb un amor de vegades tranquil, de vegades foll, amb moments de gelosia i moments d?indiferència, amb tendresa i amistat i orgull, i sense fidelitat. Suposo que el nostre amor va ser com el de tantes altres parelles, heterosexuals o homosexuals, però per a nosaltres era un amor únic, superior, magnífic, diferent; i per a mi va ser una troballa, un esbatanament del cos i del cervell, tot alhora, que em va fer sentir lliure per primer cop a la vida. I feliç.»
La tensión entre la letra y la carta, es decir, esa compleja rivalidad entre el relato escrito y el diseño gráfico en la tradición de la geografía antigua, ha sido un tema predilecto en la actividad investigadora de Pietro Janni. Los 18 estudios que contiene este volumen, debidos a A. Podossinov, D. Marcotte, R. Nicolai, S. Bianchetti, F. J. Gómez Espelosín, L. Canfora, M. Albaladejo Vivero, F. Prontera, F. J. González Ponce, G. Cruz Andreotti, P. Moret, St. Belfiore, K. Geus, P. Counillon, J. Desanges, H.-J. Gehrke, R. Talbert y D. Dueck, abordan distintas facetas de la cuestión en una obra sinfónica que rinde tributo a la inspiración del profesor de Macerata.
En la noche del 16 de octubre de 1983 los militantes de ETA José Antonio Lasa y Juan Ignacio Zabala desaparecieron de Bayona, donde residían. Durante más de diez años permaneció ignorado su paradero. Aunque en enero de 1984 una voz anónima comunicó a Radio Alicante que habían sido asesinados y habló de una nueva organización antiterrorista llamada GAL. Esta novela es el relato de lo que pudo haber sucedido cuando los amigos y familiares de Lasa y Zabala buscaron, incansablemente, el rastro de los muchachos. Protagonistas de esa investigación son las cuatro mujeres: Isidora, Begoña, Edurne y Socorro, que desde diversos ámbitos: la abogacía, el periodismo, el activismo abertzale y el ama de casa, persiguen a los culpables con decisión, inteligencia y valor. En esta obra de Lidia Falcón se demuestra una vez más el talento de quien es ya una maestra del arte narrativo, y el ingente trabajo de investigación que ha realizado. Por las páginas de El honor de Dios transitan los ministros del gobierno de Felipe González y él mismo, además del Rey y los empresarios y oligarcas más importantes de la época. Las huelgas de Euskadi, las luchas del movimiento obrero, la persecución de los crímenes del GAL, el papel del Movimiento Feminista y las acciones del gobierno del PSOE, el papel del Rey Juan Carlos I, la CIA, el Mercado Común, tienen su espacio en esta monumental novela, que se convierte en el fresco más completo de la historia de los años 80 en España. Acontecimientos nunca desvelados se describen con la habitual claridad y crudeza a que nos tiene acostumbrados la autora, en un relato en el que el lector descubrirá quién es ese Dios que rige los destinos de España.
George Smiley se ha convertido en el jefe del maltrecho servicio secreto británico en el tiempo en que las traiciones de un agente doble soviético han acribillado la red de espionaje. Smiley quiere venganza. Su método es el ataque, la presa es Karla, el escenario de la batalla es Hong Kong y el arma elegida es el honorable Jerry Westerby, el brazo oriental, amante apasionado y agente secreto experimentado y temerario. Y comienza el juego aterrador?
La Convención para la diversidad cultural de la UNESCO, literalmente denominada «sobre la promoción y protección de la diversidad de las expresiones culturales», aprobada el 20 de octubre de 2005, nació con la intención de dirigir la atención de las políticas culturales del propio organismo internacional y de los Estados Parte en el siglo XXI hacia la diversidad como, según declara el preámbulo, «una característica esencial de la humanidad» y «patrimonio común» de ella. La diversidad cultural era y estaba llamada a constituirse en motor del desarrollo sostenible de las comunidades y de los Estados y en marco de tolerancia y respeto mutuo indispensable para la paz y la seguridad de las naciones. Por un lado, se hacía necesario superar los interminables debates que en los ámbitos económicos se habían producido en relación con el comercio de los bienes, actividades y servicios culturales. Por otro, urgía proporcionar las bases jurídicas de protección y el apoyo institucional a los países y comunidades en riesgo de quedar excluidos o de sufrir procesos de homogeneización que difuminaran o eliminaran las diferencias e identidades culturales. En particular, las de las minorías y los pueblos autóctonos. Esta obra ofrece un estudio sistemático e interdisciplinar. La Convención ha sido analizada artículo por artículo siguiendo un patrón común con atención a los antecedentes, textos jurídicos relacionados, discusión de conceptos e interpretaciones debatidas. El análisis ha sido realizado por especialistas en Derecho internacional público y privado, administrativo, mercantil, y también en Antropología social, Políticas culturales, Cooperación y Comunicación.
El surgimiento de las diputaciones andaluzas y su evolucion institucional van unidas a la historia de cada una de las Constituciones que, a lo largo de los siglos XIX y XX han regido en España. Casi al mismo tiempo, se iniciaba en Europa un sistema de re
Durante los últimos años hemos asistido a la proliferación de mensajes en las redes sociales en los que se vulnera de forma sistemática el derecho al honor de algunas personas. A pesar de que haya quien piense que en las redes sociales vale todo, son muchos los tribunales que se han ido pronunciando condenando a los autores de estos mensajes tanto en el ámbito penal como en el civil. . Esta monografía se centra en un análisis crítico sobre la responsabilidad civil cuando se produce la vulneración del derecho al honor en este ámbito. Se inicia la monografía con un estudio del derecho al honor así como su protección constitucional, para continuar con el análisis de los derechos a la libertad de información y expresión y sus límites. . Especial atención a lo largo de todo el trabajo se presta a la responsabilidad civil que tendrá cada uno de los agentes que participan en la posible vulneración. Así se analiza la posible responsabilidad en la que pueden incurrir redes sociales como Twitter o Facebook y la de los propios usuarios, entre los que se incluyen los autores directos de los mensajes, aquellos que los comparten, los community manager y los que lo realizan de manera anónima. Igualmente se pretende establecer, de una manera lo más objetiva posible, cómo ha de realizarse la valoración del daño para el caso en el que se produzca la vulneración del derecho al honor. Por último, el libro trata también el sistema de reparación del daño para estos casos, en los que las resoluciones judiciales no están siguiendo una línea unitaria, realizando propuestas en base a los últimos medios disponibles.
La necesidad de tutelar la llamada personalidad pretérita no es objeto de discusión, tras su temprano reconocimiento en los artículos 4 a 6 de la Ley Orgánica 1/1982. Sin embargo, la aplicación práctica de estas disposiciones sí genera algunos problemas interpretativos, como sucede, por ejemplo, a la hora de identificar a los sujetos beneficiarios de la indemnización derivada de la declaración de afectación de la memoria pretérita y su posible falta de coincidencia con el elenco de personas legitimadas para el ejercicio de las acciones de defensa post mortem de los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Asimismo, la interpretación jurisprudencial es variable en lo que al bien jurídico protegido se refiere, reconociéndose en algunos casos una suerte de tutela de la intimidad familiar y acogiéndose en otros supuestos la argumentación de la afectación de los bienes de la personalidad propios de los sujetos más próximos a la persona fallecida. La ausencia de interpretación uniforme es más acuciante si nos referimos a los casos no atendidos por la Ley Orgánica 1/1982, como, por ejemplo, a la posibilidad de licenciar el uso oneroso del nombre o la imagen de una persona fallecida que cosechó fama durante su vida. Asimismo, el uso de datos personales de los difuntos es un tema carente de regulación en la Ley Orgánica 1/1982 y excluido del ámbito de protección de la Ley Orgánica 15/1999, pero cuyo futuro régimen de tutela sí se prevé en el Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos, actualmente en tramitación parlamentaria. Finalmente, en esta obra se estudia, desde una perspectiva comparativa con la regulación contenida en los artículos 4 a 6 de la Ley Orgánica 1/1982, el régimen aplicable al acceso al historial clínico de la persona fallecida y la regulación vigente para el ejercicio post mortem de los derechos morales del autor de obras protegidas por la propiedad intelectual.