La incorporación de la antigua Ley de Responsabilidad Civil por los Daños Causados por Productos Defectuosos en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios se realizó sin grandes variaciones en el contenido del articulado, pero conllevó la singular protección que en todos los aspectos se dispensa al consumidor, aplicándose los antiguos principios de la derogada Ley General de Consumidores a los productos y a los servicios, lo que hizo que la responsabilidad civil adquiriese perfiles peculiares. Así, mediante la presente recopilación de resoluciones, se delimitan tanto los criterios generales como los conceptos de producto o servicio defectuoso, productor (fabricante e importador) o suministrador, la legitimación, los plazos, los daños indemnizables, etc. Además, se hace referencia a los daños causados por productos alimenticios, de higiene, limpieza y cosméticos, farmacéuticos, de gas y electricidad, vehículos de motor y juguetes y productos para niños.