La obra que el lector tiene en sus manos comprende un exhaustivo análisis jurídico, dogmático y jurisprudencial sobre un tema de corte clásico y –paradójicamente– rabiosa actualidad. A saber: «Las relaciones entre Reglamento y Ley», y por este orden. Parte de un análisis sobre conceptos sustanciales de la Teoría general del Derecho Público en materia de potestad reglamentaria, delegaciones legislativas no recepticias o formales, descendiendo al reparto horizontal y vertical de las materias reservadas a Ley. Todo ello con el objeto de formular una teoría general al respecto en Derecho Tributario. Derecho, en el que «hoy» –más que nunca– debemos enarbolar la bandera del Principio de Legalidad en su acepción más genuina, pugnando a ultranza por mantener vivo su espíritu como piedra basilar de nuestro Estado democrático de Derecho «real» y no meramente «nominal»; que regule e inspire también las relaciones normativas entre Legislativo y Ejecutivo, plagadas éstas de solapamientos indeseados, desarrollos revisables e incluso «suplantación de papeles». Y los «papeles» deben estar claros. «Cada uno el suyo». Los juristas lo sabemos bien. Y –a ello–, sin duda brinda un inestimable apoyo el principio general de «reserva de ley tributaria», cuya función «clave» en dicho «reparto de papeles» reivindico en la obra que hoy presento. Y lo reivindico, no sólo circunscrito a la esfera de las disposiciones administrativas generales, reglamentos, aprobados por Decreto del Consejo de Ministros; sino también y muy especialmente en la órbita de la potestad reglamentaria del Ministro de Hacienda. Principio, que –con mayor motivo– no deben olvidar –a partir de él– todos sus subordinados jerárquicos, superiores e inferiores, también «los autónomos dependientes» del Ministerio.