En esta obra se plantea continuamente la reflexión sobre la persona que trabaja en una relación laboral digitalizada. Por este motivo, el trabajo contrapone y relaciona la colaboración y el control, queriendo sugerir que éste es el verdadero desafío de análisis que los iuslaboralistas tienen en la actualidad ante sí. De esta manera, al aludir a las relaciones laborales digitalizadas, se pretende señalar un determinado aspecto en el hilo conductor de la obra: la consideración de las relaciones laborales humanizadas, es decir, la defensa del carácter humano y relacional del trabajo asalariado (al verse notablemente afectado por la incorporación del factor tecnológico en las relaciones laborales). A ello responde la estructura de la obra, en la que, tras un Capítulo Primero contextualizador, se ha querido incidir de una manera muy destacada, en los tres capítulos siguientes (y por este orden): en la persona del trabajador, susceptible de recibir el impacto y el efecto de las tecnologías; en el control empresarial -con auxilio tecnológico- de la prestación personal; y en el necesario carácter relacional -es decir, verdaderamente humano, personal y justo- del marco en el que se prestan los servicios laborales en los llamados modelos colaborativos.