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Tras cuatro años de aplicación judicial de la reforma laboral de 2012, es momento para hacer un balance global. En estos años se han dictado centenares de sentencias que concretan, modulan o, incluso, corrigen la voluntad del legislador de cambiar la vieja seguridad en el empleo por la nueva mayor adaptabilidad de las condiciones laborales a la necesidad de gestión competitiva de las empresas. Aunque no hay un patrón común de política judicial del Derecho del Trabajo, sí se ha abierto una gran brecha interpretativa: entre la valoración del Tribunal Constitucional -SSTCO 119/2014 y 8/2015-, avalándola letra a letra, y la del Tribunal Supremo, corrigiendo las propuestas de corte más liberal -SSTS 17 de julio de 2014 (doctrina Sic Lázaro), 16 de julio de 2015 (doctrina Hewlett Packard)-, no sin algunos momentos de duda -STS 20 de septiembre de 2013, primera del culebrón jurídico-laboral Celsa Atlantic-. El Gobierno cosecha más reveses (ultra-actividad -SSTS 22 de diciembre de 2014 y 17 de marzo de 2015-; despidos colectivos -Talleres López Gallego; Coca-Cola; Telemadrid,
-; reducción de jornada por razón de conciliación -SAN 49/2015, 23 de marzo-), que avales (SSTS 27 de mayo de 2013, doctrina Arcelor Mittal; 27 de enero de 2014, Cortefiel; 25 de mayo de 2015, Grandes Almacenes,
). Un estudio detenido de la copiosa jurisprudencia ofrece sorpresas y exige una valoración más matizada, pues no son infrecuentes los casos en que la jurisprudencia se alinea con el Nuevo Derecho Legislado. En ese tiempo, un nuevo actor jurisprudencial ha readquirido protagonismo: el TJUE. A menudo llamado por los jueces españoles, una serie de fallos están rompiendo con algunas regulaciones asentadas en nuestro Derecho [SSTJUE 11 de diciembre de 2014, asunto C-576/13 (ilegitimidad del régimen de estiba y desestiba); 13 de mayo de 2014, Asunto C-392/13, Rabal Cañas (el cómputo de los despidos colectivos debe ser por centros de trabajo, no por empresa); 10 de septiembre de 2015, C-266/2014, que corrige la STS de 12 de junio de 2015 (tiempo de trabajo efectivo); ATJUE 11 de diciembre de 2014 (que motiva la innovadora STS de 6 de octubre de 2015 en materia de contratación temporal)
]. De toda esa vasta y determinante producción jurisprudencial, se da cuenta en este libro. Pero se presenta de forma ordenada y sistemática, seleccionando la más relevante a través de la identificación de tan sólo 50 resoluciones judiciales que actúan como leader case. A partir de ellas, se concreta el estado actual de comprensión judicial de cada punto crítico la reforma laboral. De ahí su originalidad y su relevancia, sobre todo práctica, para el laboralista, y no solo.
¿Cómo se calcula una indemnización de daño corporal? ¿Cuáles son los nuevos perjudicados? ¿Cómo se sistematizan las indemnizaciones por daño patrimonial? ¿Cuáles son las nuevas indemnizaciones que se incorporan? A través de la opinión de uno de los mayores expertos en la materia, con una tabla comparativa de la regulación anterior y la actual, con los puntos más destacados de la reforma y con casos prácticos , El nuevo baremo de daños se convierte en la guía que necesita un profesional del derecho para ayudar a sus clientes a valorar los daños y perjuicios causados en accidentes de circulación.
Publicado en 1917, POR QUÉ NO SE DEBEN HACER JUICIOS DE VALOR EN LA SOCIOLOGÍA Y EN LA ECONOMÍA es un artículo en el que Max Weber (1864-1920) explica el sentido de este precepto, consecuencia de la diferencia lógica existente entre el ámbito de la constatación o explicación de los hechos y el de la valoración de los mismos. Las ciencias sociales sólo pueden formular enunciados sobre los medios racionalmente adecuados para conseguir fines previamente determinados pero cuya validez, en último término, no puede ser establecida racionalmente. No obstante, el que las ciencias sociales no puedan emitir juicios de valor no implica para Weber que éstos no puedan ser analizados científicamente: en el presente ensayo muestra un procedimiento para efectuar este análisis sin hacer, a su vez, juicios de valor. Desde estos planteamientos desvela la carga valorativa de algunos conceptos utilizados en las ciencias sociales, como el concepto de «progreso».
En Cerdeña hay una ciudad que es un «nido de cuervos», Nuoro. Una antigua familia de notarios, los Sanna Carboni, es la representante allí de una autoridad que pertenece a otro mundo. El día del juicio sigue la historia de esta familia entre los siglos XIX y XX; y junto a ella, la de toda la gente de Nuoro, que se mezcla en una madeja inextricable. El auténtico «lugar común» es la muerte, el camposanto de Nuoro. En esta novela metafísica, los vivos y los muertos son fantasmas que persiguen al escritor, «conjurándolo a liberarles de su vida». Pero, para que esto suceda, el gran río de la vida debe detenerse en aquel «acto antihumano, inhumano» que es el juicio. Para la Nuoro de Satta, que ignora la Historia, «la verdadera y única historia es el día del juicio». Profesor de derecho y autor de numerosos estudios jurídicos, Satta escribió en el ocaso de su vida esta obra, que se publicó después de su muerte, obteniendo el prestigioso Premio Comisso, y se tradujo de inmediato a diecisiete idiomas. A la presente edición la acompaña un ensayo de George Steiner. «Más aún que en El Gatopardo, este libro me hace pensar en el Infierno dantesco» (Carlo Sgorlon, II Giornale); «Quizás una de las grandes novelas del siglo» (Martine Bauer, Libération); «Si Visconti viviera nunca la llevaría a la pantalla, pero tal vez sí lo harían el Rossellini de Stromboli o el De Sica de Umberto D» (Robert Saladrigas). «Obra maestra. Hay que saborear el texto como un todo, y no hay primera lectura que se acerque siquiera a sondear su risa ni su desolación. La mayoría de las veces, las dos son inseparables» (George Steiner).
¿Puedo imprimir una amenaza en la red y aportarla junto a la demanda? ¿Puedo acreditar con un WhatsApp, SMS o correo electrónico la venta de un inmueble? ¿Puedo llevar mi ordenador al acto del juicio para que el Juez vea lo que se dice de mí en Twitter? Al albur de la era digital han ido apareciendo nuevas formas de relaciones entre las personas que se plasman en formatos hasta hace pocos años desconocidos. Su reciente incorporación, como una documental más, en los procedimientos judiciales ha provocado que exista poca jurisprudencia consolidada y, en consecuencia, gran variedad de criterios a la hora de su interpretación, siendo muy importante seguir los pasos adecuados para hacerla valer en el acto del juicio, ya que, en caso contrario, el Juez no podría tenerla en cuenta y sería posible incluso perder el pleito. Esta obra proporciona pautas para ello.
Nacido de un sueño febril de James Cameron, el implacable Terminator se ha convertido en un gigante. Las películas sobre el lado oscuro en la relación entre la humanidad y la tecnología redefinieron los límites entre la ciencia ficción, el terror y la acción, y dieron pie a impresionantes nuevos estándares de efectos especiales. Terminator, el legado cuenta la historia detrás de las dos películas esenciales, con nuevas entrevistas a James Cameron, al productor Gale Ann Hurd y muchos otros miembros del elenco y el equipo técnico. Este libro incluye los bocetos del diseño conceptual de Cameron, storyboards anotados, fotografías exclusivas del equipo de miniaturas trabajando, diagramas del T-1000, el maquillaje de Stan Winston, y diez reproducciones extraíbles con material inédito de la película.