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Resultados de la búsqueda para: José de Echegaray
La sección de calificación constituye una de las piezas de mayor importancia práctica dentro del procedimiento concursal dadas las consecuencias de todo tipo que puede originar para el concursante y, muy especialmente, para los administradores, liquidadores, de derecho o de hecho, o apoderados generales de la persona jurídica concursada. La experiencia nos muestra como la generalidad de los concursos corresponden a sociedades mercantiles y la principal preocupación de sus administradores son las consecuencias que para ellos habrá de tener, sobre todo la temida responsabilidad concursal. En el presente trabajo, dirigido a quienes se enfrentan a la compleja tarea de la calificación del concurso y la determinación de sus consecuencias, se estudia con detenimiento los antecedentes históricos, las opiniones de los principales autores que se han ocupado de la materia, pero sobre todo la jurisprudencia, incluyendo todas las resoluciones del Tribunal Supremo dictadas hasta la fecha, gran número de las de las Audiencias Provinciales y alguna de los Juzgados de lo Mercantil, junto con las opiniones del autor.
En la figura de Echegaray convergen diversos perfiles: Ingeniero de caminos, miembro de la Real Academia de la Lengua, catedrático de física-matemática, presidente de la Real Academia de Ciencias Exactas, ministro de Fomento y de Hacienda son cargos que desempeñó el dramaturgo a lo largo de sus días. El decisivo lugar que ocupó en la historia de nuestra escena hace incomprensible su injusto olvido. Entre los temas más recurrentes de su prolija trayectoria se encuentra la exaltada proclamación del individuo y sus libertades o el lugar del deber como eje de la actuación de los personajes. Participan sus dramas de un tempo rápido que hace precipitarse la acción atrapando al espectador en la butaca mediante una inteligente construcción de la intriga. Las diversas aristas del teatro decimonónico quedan contenidas en esta dramaturgia. La selección de obras que este volumen ofrece es representativa de la amplia producción dramática de Echegaray, de sus modos y temáticas, de su verso (no tan ripioso como cierta crítica se ha empeñado en señalar) y de su prosa, precursora del nuevo teatro que Benavente consolidaría.
Flavio Josefo es uno de los personajes más fascinantes de la Antigüedad. Nacido en Judea, en el siglo I d.C., recibió una amplia formación tanto judía como grecorromana. Durante los años que precedieron al enfrentamiento con Roma, desplegó una intensa actividad diplomática y política; ya en la guerra, dirigió la defensa de Galilea. Capturado, logró convertirse en asesor e intermediario de los romanos. Así pudo presenciar la destrucción de Jerusalén en el año 70. Posteriormente Josefo se trasladó a Roma, donde se dedicó a redactar, además de su interesante autobiografía, la historia de Israel hasta los últimos y trágicos acontecimientos. Estas páginas ofrecen una introducción básica y completa a la vida y escritos de Flavio Josefo, valiosísima fuente de información sobre el mundo en que vivió Jesús y nació el cristianismo.
En el modelo organizativo que delinea nuestro legislador para el procedimiento concursal, la administración concursal ocupa un lugar trascendental, como destaca la Exposición de Motivos de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, al señalar que sólo el juez y ésta constituyen órganos necesarios en el procedimiento y que se le encomiendan funciones muy importantes, habiéndose llegado a afirmar que del éxito de este órgano, que constituye el verdadero motor del concurso, depende el éxito o el fracaso de la propia LC. El poder otorgado a los administradores concursales debe ser compensado con un riguroso régimen de responsabilidad, que sirva para evitar posibles abusos. En relación con ésta la cuestión fundamental es la determinación de los presupuestos que deben concurrir para que incurran en responsabilidad. Pues bien, a su estudio se dedica este trabajo, en el que se ha tenido en cuenta principalmente la jurisprudencia existente, que habrá de resultar de utilidad para cuantos en el ejercicio de su labor profesional se relacionan con este tipo de procedimientos, abogados, administradores concursales, etc. El interés de este trabajo viene dado por las modificaciones introducidas por la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, que mantiene la estructura de esta responsabilidad, pero introduce algunas variaciones de interés.