La obra presenta una perspectiva novedosa de las operaciones bancarias de activo y pasivo, al tener presente la necesidad de unificar el régimen de los contratos que sustentan dichas operaciones. Esta necesidad de unificación subyace en la actualidad en el planteamiento de los principales textos normativos proyectados, como son tanto de la Propuesta de Código Mercantil presentada el día 17 de junio de 2013 como el Anteproyecto de Ley del Código Mercantil aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 30 de mayo de 2014. No obstante, la previsión plasmada en dichos textos no colma el régimen jurídico que sería de aplicación a los contratos bancarios, ni por cuanto hace referencia al desarrollo específico de la operación ni tampoco por lo que atañe al tratamiento de las categorías generales que pudieran dar solución a los problemas que se plantean. Las Condiciones Generales de la Contratación están llamadas nuevamente pues a seguir desempeñando su función, al igual que el recurso a esas categorías generales se configura como la más segura tabla de salvación al siempre proceloso escenario en el que conviven normas civiles y mercantiles. En este ámbito de convergencia de la normativa civil y mercantil, cuya funcionalidad resulta pareja, se reflexiona sobre la necesidad de que se mantenga un régimen general único al que quepa recurrir en todo caso; cuestionando la duplicidad de reglas que pretenden los citados textos proyectados en cuestiones básicas como la formación del contrato o el cumplimiento e incumplimiento contractual, y que abocan a una divergencia sistémica del Derecho privado contractual en aspectos que son comunes estructuralmente a toda la contratación privada -civil, mercantil y de consumo.