Uno de los problemas a los que debe enfrentarse el órgano de aplicación de un tratado internacional es saber si el supuesto que se plantea, atendiendo al momento en que se produce, queda incluido dentro de los límites temporales del tratado. La determinación de estos límites entre los que ha de desenvolverse la aplicación del tratado es tarea que compete a los negociadores, que pueden, en relación con su efecto inicial, escoger la solución que consideren más favorable entre todo el abanico de posibilidades que puede imaginarse desde la retroactividad más absoluta hasta su aplicación sólo desde un momento posterior al de su entrada en vigor.