Transnacionalidad y autonomía han definido la consolidación de un Derecho internacional, diríamos privado, del deporte, que se denomina aquí Lex Sportiva. Sin embargo, de modo paulatino, el Derecho internacional público ha ido ocupándose de lo deportivo. Como consecuencia de ello, el deporte es una actividad cuya regulación corresponde a autoridades públicas y privadas. Como quiera que las relaciones entre ambos órdenes jurídicos, el Derecho internacional público y la Lex Sportiva, no son siempre pacíficas, este trabajo defiende que en este proceso de convergencia de normas jurídicas, el primero no debe renunciar a jugar un papel fundamental: el de definir y conformar los límites que deberá respetar dicha Lex Sportiva. En este contexto, se analizan en particular los desarrollos acaecidos en el seno del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y su reflejo en la mejor protección de los derechos fundamentales de los deportistas.