El Derecho penal se ha ido adaptando a lo largo de los siglos a la evolución del comportamiento de los jóvenes delincuentes y de la sociedad en general con el fin de mantener el orden público. Hemos considerado examinar en la presente obra jurídica el Derecho penal de menores de cinco ordenamientos jurídicos diferentes: el de España, el de Estados Unidos, el de Francia, el de Chile y, por último, el de Inglaterra y Gales, uno de los tres subsistemas jurídicos que componen el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Partimos de la premisa de que el Derecho penal de menores de estos Estados se encuentra notablemente influenciado por la vigencia del denominado Derecho penal internacional de menores, es decir, por las normas emanadas de organizaciones internacionales en esta materia, las cuales han terminado siendo incorporadas a los ordenamientos jurídicos internos de los distintos Estados. El análisis del sistema político, de los principios constitucionales en materia penal y del Derecho penal general de estos cinco Estados presenta, evidentemente, un carácter propedéutico e introductorio, que se justifica en la necesidad de conocer tales ordenamientos jurídicos a fin de mejor comprender y aprehender la esencia de los respectivos Derechos penales de menores.