No quisiera iniciar la exposición y traducción de estos Commentaria sin explicar cuáles han sido los motivos que han inducido a abordar su estudio. Conjuntamente con el deseo de intentar realizar un trabajo de investigación inédito, mi interés por su publicación tiene una doble ráiz: la primera, y fundamental, se hall en un anhelo personal: la reivindicación del estudio del latín como herramienta básica de conocimiento de todo romanista. Con segundo motivo cabe esgrimir un intento por reivindicar la tradición romanística dentro del ámbito del Derecho romano. En este sentido, me parece muy certero el criterio expresado por el Dr. Antonio Fernández de Buján, cuando, en su Manual de Derecho Público Romano, sostiene: “El descriptor de la asignatura de Derecho Romano… atribuye a la romanística la misión de estudiar y explicar la recepción del Derecho Romano en Europa, lo que parece razonable si se concibe, como así lo creemos, el Derecho como un producto histórico, en constante proceso de revisión y de crítica… del Preafatio del autor.ÍndiceExplicatio signorum Praefatio ad lectorem PRIMA PARS Cap. I. Estructura formal del tratado 1. Forma litterae 2. Communis doctorum opinio Cap. II. Quaestiones forenses 1. Prooemium 2. Divisa dilucidius 3. Datación-editus 4. Quid intelligamus pro foro 5. Potestas legis condendae 6. Ius interpretandi 7. An testamentum absque haeredis institutione validum est. De praeteritione filiorum 8. Legitima: quid sit, quibus debeatur, et quibus nominibus appeletur remissive SECUNDA PARS Tertia Pars 1. Fontes 2. Regiae sententiae latae et publicatae in sacra regia valentina audientia 3. Indez autorum vel scriptorum 4. Bibliographia generalis