Las relaciones entre los ordenamientos nacionales y los supranacionales ha sido y es uno de los temas más apasionantes de nuestro siglo. La creación de la Unión Europea y la aparición de organizaciones internacionales especializadas que aprueban sus propias normas ha afectado, sin duda, al tradicional sistema de fuentes, que ahora han de coexistir en un contexto multinivel y transnacional. La relación entre los ordenamientos jurídicos de la OMC y el de la UE es, sin duda, uno de los retos que el Derecho ha de resolver, en aras del desarrollo del comercio internacional, pilar fundamental del progreso de la humanidad. La tesis principal que se defiende en este trabajo es que el nivel de fricción entre el Derecho de la OMC, el Derecho de la UE y el Derecho de sus Estados miembros como consecuencia del cumplimiento y de la implementación de las decisiones adoptadas en el marco del Sistema de Solución de Diferencias se reducirá a medida que se vayan clarificando las normas que resuelven las antinomias dentro de este complejo sistema de fuentes.