Las conexiones entre la relación laboral y la Seguridad Social presentan multitud de vertientes. Una de ellas, la que se refiere a los efectos que produce en la Seguridad Social la parcialidad en la jornada laboral, en particular, sobre la acción protectora de los trabajadores, ha ocasionado sucesivos pronunciamientos de los Tribunales que han atisbado ausencias de proporcionalidad, basándose en algunos casos en la existencia de discriminación indirecta por razón de sexo (STJUE 22 noviembre 2012, C-385/11, Elbal Moreno, y STC 61/2013, de 14 de marzo, entre otras). Todo ello, ha provocado un cambio de la normativa, contemplada básicamente en los vigentes artículos 247 y 248 del flamante texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre y con entrada en vigor el 2 de enero de 2016, manteniéndose esencialmente igual en lo que atañe al nuevo Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Modificaciones que en su camino arrastran otras cuestiones colaterales que no explica la norma, y que a base de interpretaciones administrativas y sobre todo del pulcro criterio de las Salas de Justicia van arrojando luz, en la mayoría de los casos. De estos y de otros asuntos trata, La contratación laboral a tiempo parcial y la Seguridad Social, que hace un amplio repaso de la cuestión, basculando en el Capítulo 1 sobre los orígenes y fundamentos de la relación laboral a tiempo parcial. Más detenidamente el Capítulo 2 trata de aquellos aspectos que hacen referencia a la cotización derivada de la jornada a tiempo parcial en sus diversas formas. Para centrarse, a continuación, en lo que constituye la línea medular y con mayores consecuencias prácticas, como son, los efectos de la parcialidad laboral en la acción protectora del Sistema en el Capítulo 3. Incluye asimismo, en el último Capítulo 4, un riguroso estudio acerca de las figuras de Seguridad Social, caracterizadas por compartir alguna de las diversas prestaciones que componen el arco protector del Sistema, con el trabajo por cuenta propia o ajena, en más o menos proporción. Figuras tales como la jubilación parcial, la maternidad o paternidad en régimen de jornada parcial, propugnan la posibilidad, no tanto de compatibilizar, sino de compartir o simultanear trabajo-prestación. Desde luego, cualquier profesional laboralista que se interne en el contenido del libro (Magistrados, Funcionarios de la Administración, Abogados, Gestores Administrativos, Graduados Sociales) va a encontrar respuesta a las cuestiones que se plantean en la realidad del día a día, sin por ello dejar abandonado al estudioso que encontrará entre sus páginas, nuevas vías de investigación científica.