La capacidad para testar la reconoce nuestro Derecho sucesorio como regla general queda excluida en los supuestos previstos en el artículo 663 del Código civil, siendo particularmente relevante la prohibición que afecta a quien habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio. Este trabajo tiene por objeto analizar los aspectos problemáticos que plantea el tema, principalmente en relación con testamentos otorgados por personas de edad avanzada y por tanto con más posibilidades de padecer enfermedades que pueden afectar su capacidad natural de entendimiento para comprender la razón y el alcance de sus actos. Atendiendo al elevado grado de litigiosidad de esta materia se ha considerado oportuno abordar su estudio desde una perspectiva jurisprudencial, lo que permitirá identificar aquellas cuestiones más controvertidas en la práctica, así como conocer y valorar los criterios de actuación de nuestros Tribunales.