El nuevo juicio verbal: ¡no se quede fuera de juego!¿Cuándo contestar a la demanda en un verbal? ¿Cuál es el plazo para la declinatoria? ¿Qué recursos hay que interponer si se deniega una prueba? La Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en vigor desde el día 7 de octubre, introduce importantísimas novedades en el juicio verbal, uno de los procedimientos más utilizados por los letrados de nuestro territorio. Como todas las nuevas leyes que incorporan cambios sustanciales, se exige un primer acercamiento rápido y sencillo a la materia. Para ello, siempre partiendo del texto legal, hemos preparado, por un lado, cuadros comparativos de los preceptos reformados, así como de los nuevos plazos para evitar preclusiones sorpresivas. Asimismo, un esquema del procedimiento donde, de forma gráfica, se ve la profunda innovación que supone en el verbal la exigencia de la contestación escrita, con todo lo que ello conlleva, y la eliminación de la vista como eje de este juicio. Por último, incorporamos formularios para facilitar la redacción de escritos conformes con la nueva tramitación. Son muchas las preguntas y respuestas que se suscitan e intentamos dar solución a las que serán más frecuentes. Ojalá nunca tengamos que oír, como reproche, "Haberlo alegado antes".