Uno de los temas de pura actualidad y con amplias perspectivas de desarrollo en el futuro inmediato es, sin duda alguna, el del trabajo a distancia y, en concreto, el del teletrabajo. La intervención del legislador estatal (art. 13 ET) y autonómico para regular la implantación del trabajo a distancia, en los ámbitos privado y público, es un elemento que puede resultar decisivo para el despegue definitivo de esta nueva manera de trabajar. En igual medida, resulta clave el papel de los agentes sociales, que, cada vez más, están negociando convenios y acuerdos colectivos específicos para impulsar las experiencias de teletrabajo. La puesta en marcha de este modo de prestar servicios exige conocer sus fortalezas y debilidades, con el fin de reforzar las primeras y eliminar o corregir las segundas, pero ello solo puede ocurrir si se experimenta, aprende e innova laboral y socialmente. Por lo demás, el avance imparable de la introducción de las nuevas tecnologías de la información y comunicación en la empresa permite abandonar el esquema clásico del trabajo dependiente —en un centro de trabajo empresarial y con sujeción a un horario— y pensar ya en una vía diferente de interaccionar con aquélla. El poder trabajar en cualquier lugar y hora, gracias a las mencionadas nuevas tecnologías, aporta una gran flexibilidad y otras ventajas a las partes de la relación laboral. En fin, la necesidad de que los empresarios actuales introduzcan medidas de conciliación de la vida laboral y personal y familiar de sus trabajadores también puede ser un argumento decisivo para el cambio de mentalidad que hace falta en este ámbito. El teletrabajo puede facilitar, aún con cautela, dicha conciliación, lo que puede repercutir positivamente en, por ejemplo, el incremento de la natalidad y el cuidado de dependientes y mayores; dos intereses estratégicos en una sociedad que, cada vez, tiene menos jóvenes y más personas de edad avanzada.