Los gravámenes sobre la administración de justicia son mucho más antiguos de lo que generalmente se considera. Hunden sus raíces ya en la antigüedad. Estos impuestos, como todos, han sido siempre objeto de críticas. Ahora bien, se produce con ellos una especial contradicción: en efecto, en momentos en que por grandes sectores, por una parte, se piden cada vez más y más altos gravámenes, por otra, se ponen obstáculos al establecimiento de estos impuestos sobre determinados aspectos de la administración de justicia, alegando que los mimos impiden el acceso a la tutela judicial efectiva. Pero ello, como argumentamos en la obra indicada, no siempre tiene porqué ser así. Por otra parte, ha de partirse del hecho de que la justicia no es gratuita; más aún, hay gastos judiciales que pudieran suprimirse y de mayor cuantía que las llamadas tasas judiciales, sin que por ello se considere que afecten al acceso a la justicia. El trabajo analiza, pues, los orígenes de las tasas, su evolución y su regulación actual. Dentro del análisis de las tasas actuales, se incide, particularmente, en la cuestión de su constitucionalidad, dentro, de los límites ya fijados por la Jurisprudencia constitucional. El trabajo termina con una valoración de las mismas.