En el tráfico económico moderno, la recuperación de instituciones clásicas no significa que no pueda enriquecerse el ordenamiento jurídico con nuevas figuras que coadyuven a solventar la deficiente regulación legal de los conflictos de intereses surgidos en el mercado. Este es el caso de la permuta comercial o barter, que forma parte del denominado comercio de compensación, y que se presenta como una antigua institución con renovados esquemas para dar cobertura a un comercio bilateral caracterizado por el intercambio recíproco de cosas, derechos o servicios sin apenas intervención de valores monetarios. . El enfoque heterodoxo de la complejidad causal, motivado por la variada gama de contraprestaciones que admite el objeto del contrato, ha llevado al autor a estudiar este instituto que, sin resonancia legal y huérfano de estudios doctrinales, viene colmando un vacío en el campo de las transacciones comerciales, tanto en el ámbito nacional como internacional, y cuyo objetivo principal es solventar problemas de intermediación o negociación de las empresas, sobre todo en periodos de incertidumbre económica. .