El Código electoral es una obra codificadora cuya pretensión va mucho más allá de la mera facilitación comprensiva de todos los «materiales electorales». Se trata de una obra práctica especialmente útil para quienes intervienen en el proceso electoral (candidatos, entidades políticas, Administración Electoral y demás órganos que participan en alguna de las fases del mismo). La presente edición incluye las cuatro revisiones de la LOREG que se han producido desde la anterior edición: la de la disposición final 4.ª de la Ley Orgánica 3/2015, sobre control de la actividad económica de los partidos políticos, que incrementó las competencias del Tribunal de Cuentas para fiscalizar los gastos electorales y redujo la cuantía de la subvención por el «mailing» electoral; la de la Ley Orgánica 2/2016, de 31 de octubre, que añadió una nueva disposición adicional séptima, para simplificar el procedimiento electoral en caso de repetición de elecciones al Congreso y Senado; y las dos más recientes: la Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, que ha suprimido los dos supuestos de incapacidad electoral de naturaleza civil (que plantea no pocos problemas para el futuro); y la Ley Orgánica 3/2018, de la misma fecha, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, que en su disposición final tercera ha introducido un nuevo artículo 58 bis, con una imprecisa regulación de la utilización de medios tecnológicos y datos personales procedentes de las actividades electorales. A ello cabe añadir la declaración de inconstitucionalidad y nulidad del párrafo tercero del artículo 197.1 a) de la LOREG por la STC 151/2017, sobre el cómputo de la mayoría absoluta en la moción de censura al Alcalde en caso de transfuguismo.