Este Código Civil comentado y con jurisprudencia y concordancias es una obra con una importante base teórica y con gran utilidad práctica. El Código Civil, como tal texto legal, está perfectamente al día, incluso con las últimas reformas habidas, tales como la Ley Concursal y las del matrimonio de julio del año 2005; así como la Ley de adopción internacional, de diciembre de 2007 y la nueva redacción del artículo 30 por la ley de Registro civil, disposición final 3.ª, de 21 de julio de 2011. Tras cada artículo viene un comentario del mismo, breve, que expone e interpreta el texto legal, de forma clara y práctica. Muchos artículos lo necesitan especialmente ya que contienen expresiones técnicamente incorrectas, o imprecisiones, o incluso normas vacías de contenido. A continuación se incluye la jurisprudencia, sentencias dictadas por la Sala 1.ª del Tribunal Supremo, modernas; según la abundancia de las mismas lo que depende de cada artículo son de 1985 (las más antiguas) o las dictadas desde el año 2000 o incluso más recientes, llegando a las del fin del año judicial del 2011. No se pretende ni tampoco sería posible, el recoger todas las sentencias que tratan del artículo correspondiente, de forma exhaustiva, sino las que se consideran más importantes o bien, si hay poca jurisprudencia, todas. El sistema es el recoger texto literal, el más esencial respecto al artículo a que se refiere. Cuando es muy numerosa la jurisprudencia, se hacen distintos apartados (como ocurre en el art. 1902, como más típico). Las referencias se hacen a la revista "Actualidad Civil" (A.C.) o al número del recurso de casación (rec.) o a la referencia de LA LEY. Así, el lector puede ver el texto íntegro a partir de estas referencias. En el comentario y jurisprudencia han colaborado juristas de constante y antigua relación con el autor, cuyo nombre y título consta expresamente en los artículos correspondientes. El interés que puede tener este código es pragmático y dogmático. Junto con el comentario, de interés teórico y práctico, la jurisprudencia será muy útil al investigador y al jurista práctico que, conectado a la realidad social, debe aplicar la rica normativa del código, que no siempre es tan clara como debería ser. Las concordancias son, por último, completas, con la utilidad práctica que tienen todas las concordancias hechas correctamente.