Teoría general del derecho



A L’INFERN DE DOS EN DOS . CARTES ENTRE JOAN BERNÀ I ELADI CREHUET, NOTARIS (BERNÀ, JOAN/CREHUET, ELADI)
A l'infern de dos en dos és un text amable que pretén desfer la tanca que a vegades s'interposa entre el ciutadà i els notaris que exerceixen a Catalunya. Suposa una mirada diferent, a cavall entre el carrer i els despatxos jurídics, i que des de l'experiència quasi novel·lada de situacions reals i punyents recupera la tradició, tan arrelada en aquest país d'uns notaris humanistes, integrats en el delit quotidià de la gent i dels seus afers, disposats a servir la societat civil amb un estat d'esperit obert, lúcid (lúdic, si cal) i crític tal com ho demana la mateixa idea de justícia pròpia de professionals responsables del dret. L'amenitat que el lector trobarà en la forma epistolar emprada es fa del tot compatible amb un ambiciós i seriós projecte de futur sobre les relacions entre notaris i els catalans.

PRÁCTICA DE LA GESTIÓN DE LA DIVERSIDAD CULTURAL EN LAS AULAS UNIVERSITARIAS (PAPEL + E-BOOK) . CON ESPECIAL REFERENCIA A LAS CUESTIONES LEGALES PRÁCTICAS APLICABLES A ESTUDIANTES E INVESTIGADORES EXTRANJEROS (CABEZÓN FERNÁNDEZ, MARÍA J / COBAS COBIELLA, MARÍA ELENA / HEREDIA SÁNCHEZ, LERDYS / ORTEGA GIMÉNEZ, ALFONSO / SEMPERE SOUVANNAVONG, JUAN D)
La realidad de las universidades españoles se ha transformado radicalmente en los últimos años, los desplazamientos internacionales de alumnos, profesores, investigadores, así como parte del personal que trabaja en ellas, procedentes tanto de otros estados de la Unión Europea, como de terceros países, ha convertido a las instituciones universitarias en un modelo de multiculturalidad. Esta circunstancia plantea diferentes retos, tanto para los que llegan de fuera como para quienes trabajan en los centros universitarios. En este contexto, se abren una serie de interrogantes, que a lo largo del presente trabajo se pretenden responder. Tales interrogantes se plantean en torno a: ¿Qué entender por cultura en un contexto de esta naturaleza?; ¿Qué le supone a los trabajadores universitarios implicarse en una institución de carácter multicultural?; ¿Qué es la competencia intercultural?; y por último, ¿Cómo podemos desarrollarla? En las dos partes en las que se divide este estudio iremos abordando cada una de las cuestiones planteadas anteriormente, con el objetivo de contribuir al desarrollo de competencias y capacidades que les permitan a los trabajadores universitarios un mejor desempeño profesional en el marco de sus funciones.

EL DESENVOLUPAMENT DEL DRET CIVIL CATALÀ . L’ELABORACIÓ DEL CODI CIVIL DE CATALUNYA (CORTADA CORTIJO, NEUS)
El legislador de Catalunya, en el marc de la competència que li reconeixen Constitució i Estatut, va endegar l’any 2002 el procés per a l’elaboració d’un Codi Civil de Catalunya. Un Codi Civil respectuós amb els principis tradicionals del dret civil català però sensible, al mateix temps, a les noves realitats socials. Aquest procés codificador, que encara no ha acabat, mostra ja uns fruits evidents: dels set llibres que han d’integrar aquest Codi, el legislador català ja n’ha aprovat quatre - Llibre I “Disposicions generals”, Llibre III “Persona jurídica”, Llibre IV “Successions” i Llibre V “Drets reals”- i es troba en fase de tramitació parlamentària el Llibre II, relatiu a la persona i la família. Restarà pendent, únicament, l’elaboració del Llibre VI sobre obligacions i contractes. Seguint la sistemàtica del Codi, professionals del dret pertanyents a diferents àmbits –notaris, registradors, advocats, magistrats, professors universitaris…– analitzen, des de la pròpia perspectiva, algunes de les institucions que, per la seva transcendència social o per la seva complexitat jurídica, esdevenen essencials en la legislació civil de Catalunya.

CURSO DE TEORÍA DEL DERECHO . EDICIÓN ACTUALIZADA (FERNÁNDEZ SUÁREZ, JESÚS AQUILINO / MARTÍNEZ ROLDÁN, LUIS)
La finalidad de este Curso de Teoría del Derecho no es tanto el proporcionar el aprendizaje de una serie de datos, sino más bien el desarrollar la capacidad de razonamiento y la reflexión crítica sobre «el problema jurídico» de forma global. Ello no quiere decir que se mueva en el mundo vacío de los conceptos abstractos y metafísicos, pero sí intenta proporcionar al profesional del Derecho una estructura de conceptos y categorías lógicas para que desde ellas pueda comprender mejor y abordar de forma crítica las distintas cuestiones particulares que un determinado ordenamiento jurídico pueda plantear. Decía Austin: «Si las Cámaras contaran con un número suficiente de miembros así formados se evitarían muchas leyes injustas e imperfectas». Y si contásemos con un número suficiente de jueces y abogados así formados incluso ese posible grado de injusticia e imperfección de algunas leyes podría ser subsanado en el momento de la aplicación y siempre, por supuesto, dentro del marco de nuestro ordenamiento y con absoluto respeto a los principios de todo Estado de Derecho.

LOS DESAFÍOS DE LA DEMOCRACIA (BAURMANN, MICHAEL)
MICHAEL BAURMANN. Es Catedrático de Sociología en la Universidad de Düsseldorf. Profesor visitante en Australia (ANU), México (ITAM) y Estados Unidos (NYU) y «Senior Fellow» en el «Alfried Krupp Wissenschafzskollleg» en Greifswald. Su interés científico se centra en la teoría general de la sociología, teoría de la elección racional, el papel de la moral en las modernas sociedades capitalistas, las precondiciones de las sociedades liberales y el imperio de la ley. Trabaja actualmente en una teoría sobre las creencias fundamentales en el esquema de la teoría del actor racional y de la epistemología social. Es coeditor de la revista Analyse & Kritik: Journal for Social Theory. Ha publicado en castellano: El mercado de la virtud (Gedisa 1998), Una especulación sociológica sobre el derecho y la ética (Isonomia. 23. octubre 2005) y Tomar a la ligera el positivismo jurídico (Doxa. 1986). JOSÉ LUIS MARTÍ. Es profesor titular de filosofía del Derecho de la Universidad Pompeu Fabra, y actualmente dirige el Máster en Ciencias Jurídicas de esta universidad. Es autor de diversos libros y numerosos artículos y capítulos de libros. Entre sus libros destacan La República Deliberativa (2006) y Political Philosophy in Public Life (2010, junto a Philip Pettit). Ha editado también Nuevas ideas republicanas (2004, junto a Roberto Gargarella y Félix Ovejero), Deliberative Democracy and Its Discontents (2006, junto a Samantha Besson) y Legal Republicanism (2009, junto a Samantha Besson). Es miembro del Consejo Asesor de la revista Isonomía y del Comité Científico de la revista italiana Teoría Política. Ha sido Laurance S. Rockefeller Fellow de la Universidad de Princeton 2008-2009. PABLO DE LORA. Es profesor titular de filosofía del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid. Ha sido investigador y profesor visitante en Syracuse University, Berkeley, Northwestern, Oxford, New York University, Universidad Pompeu Fabra y en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM). Es autor de numerosos trabajos, destacando, Bioética. Principios, desafíos, debates (2008, junto a Marina Gascón), Memoria y frontera. El desafío de los derechos humanos (2006) y Justicia para los animales. La ética más allá de la humanidad (2004), libro por el que obtuvo el Premio de Investigación de la Fundació Grífols i Lucas.

EL MODELO DE LIBERTAD CONDICIONAL ESPAÑOL (TÉBAR VILCHES, BEATRIZ)
Esta monografía se comercializa como parte de la suscripción a la Revista Aranzadi de Derecho y Proceso Penal, de forma gratuita, o con independencia de ella. Es la primera que aborda de manera integral el sistema jurídico penal, tanto el Derecho Sustantivo como el Procesal.

CURSO PARA LA ARGUMENTACIÓN HISTÓRICO-JURÍDICA (OBARRIO MORENO, JUAN ALFREDO / PIQUER MARÍ, JOSÉ MIGUEL)
Este ?Curso para la argumentación histórico-jurídica? intenta responder a los criterios de la asignatura propedéutica ?Técnicas y Habilidades jurídicas básicas? que se imparte en la Facultad de Derecho de la Universitat de València. Este trabajo nace con la voluntad de introducir al estudiante al uso del método jurídico, de la argumentación y de las fuentes jurídicas, en el uso de las bases de datos, en la confección de un trabajo universitario o en la aplicación de la retórica como elemento imprescindible para la desenvoltura en la vida jurídica. El texto propone una exposición esquemática, de naturaleza práctico y teórica, de algunas de las cuestiones principales que se abordan en el temario de la asignatura, con la finalidad de facilitar su comprensión y su discusión.

NORMAS ESPAÑOLAS DE CONTABILIDAD (MONTESINOS JULVE, VICENTE / ORÓN MORATAL, GERMÁN)
La presente edición, anotada y concordada, recoge la normativa contable española derivada de la adaptación del marco legal español a las Normas Internacionales de Contabilidad (NIIF/NIC) de la Unión Europea. Se parte para ello de la legislación mercantil recientemente modificada para su armonización con la normativa europea en materia contable. A partir de ese marco legal general, se incluyen el Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, así como los criterios contables específicos para microempresas. El contenido concreto del volumen incluye la normativa contable recogida en los siguientes textos: · Código de Comercio · Ley de Sociedades Anónimas · Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, · Ley 62/2003, de medidas fiscales, administrativas y del orden social · Ley 16/2007, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea · Plan General de Contabilidad · Plan de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas. A todo ello se añade un riguroso y completo índice analítico y un índice cronológico de las disposiciones citadas. De esta manera, el texto incorpora el marco normativo necesario para engarzar con él, de forma clara y coherente, los desarrollos normativos ulteriores, en especial las normas para la formulación de las cuentas anuales consolidadas y las adaptaciones sectoriales del Plan General de Contabilidad. Se ofrece con ello un instrumento de trabajo amplio y completo, de gran utilidad para los profesionales de las Finanzas, la Contabilidad y la Auditoría. La edición ha sido preparada por los catedráticos Vicente Montesinos y Germán Orón, especialistas con dilatada experiencia profesional y académica, con una activa participación en los procesos de reforma contable de España y de la Unión Europea y autores de obras de amplia difusión en materia de Contabilidad y Fiscalidad de la empresa.

DICCIONARIO DE CONTABILIDAD INGLÉS-ESPAÑOL (FUERTES OLIVERA, PEDRO)
Expertos en Diccionarios, Contabilidad y Lenguas Compilado por un equipo de expertos en lexicografía, contabilidad, economía aplicada, inglés y español, el Diccionario de Contabilidad Inglés-Español es el fruto de varios años de investigación llevada a cabo en las universidades de Aarhus y Valladolid. Cobertura más amplia de todos los diccionarios de contabilidad Con más de 6.000 términos ingleses y sus equivalentes españoles, 27.000 frases inglesas traducidas al español, 2.000 ejemplos ingleses y sus traducciones al español, sinónimos, antónimos, información gramatical, y notas de uso, el Diccionario de Contabilidad Inglés-Español es una herramienta esencial para traducir, leer y escribir textos contables. Totalmente actualizado Con términos procedentes del Nuevo Plan General Contable, de las Normas Internacionales de Contabilidad, las Normas Internacionales de Información Financiera, y de la legislación europea. Características de accesibilidad y facilidad de uso Cada término inglés va descrito con una definición breve y un solo equivalente en español. Recomendaciones Cuando existen varias posibilidades en inglés y en español, el diccionario recomienda una de ellas. También indica si un término es propio del inglés británico, norteamericano, o internacional.

EL PRIMER CONSEJO DE ESTADO CONSTITUCIONAL, 1812-1814 (GÓMEZ RIVERO, RICARDO)
La Constitución de Cádiz contempló un único Consejo, el de Estado, que se encargó de emitir dictamen ?no vinculante? en los asuntos graves gubernativos y también a la hora de sancionar el monarca un proyecto de ley de las Cortes o de declarar la guerra o concertar tratados con otras potencias. En este trabajo, para cuya confección ha manejado el prof. Gómez Rivero fuentes manuscritas, se estudian las consultas del Consejo sobre temas de Estado, Guerra, Hacienda y Marina, algunos tan relevantes y, en ocasiones arduos, como fueron la suspensión de la libertad de imprenta en Nueva España, el incumplimiento del manifiesto de la Inquisición, afrancesados o el traslado de las Cortes y del Gobierno desde Cádiz a Madrid así como la aprobación de los tratados concertados con otras potencias extranjeras, el apresamiento de buques, diferentes desestancos o la circulación de moneda francesa. Las consultas, a causa de la cautividad de Fernando VII, se resolvieron por la Regencia del Reino. Otros negocios que abordó el Consejo, como las ternas para cubrir plazas de jueces y magistrados, los de gobernación o de gracia y justicia, los trata el prof. Gómez Rivero en otra monografía que se encuentra en vías de publicación.

TEORÍA GENERAL DEL DERECHO (DABIN, JEAN)
Según el propio autor: . "En este libro encontrará el lector la sustancia de las ideas desarrolladas en mis dos obras precedentes: La philosophie de l'ordre juridique positif, París, Sirey, 1929, y La technique de l'elaboration du droit positif, Bruselas-París, Bruylant et Sirey, 1935. Sin embargo, en muchos puntos importantes la doctrina bien ha sido precisada, bien completada. . . Ha parecido imposible, en especial, trazar una distinción suficiente entre el Derecho y las otras reglas de conducta humana sin subrayar el lazo esencial que une las dos nociones de derecho y de sociedad: el derecho es una regla social. Esto no quiere decir que no podría haber derecho fuera del Estado, y a fortiori fuera de la ley. El Estado, en el sentido de sociedad civil, no es la única sociedad. Pero en la esfera temporal es la sociedad suprema, y su regla es la regla suprema. Tampoco quiere decir esto que se niegue el concepto de un derecho internacional; pero debe pensarse que no habrá un derecho internacional, en el verdadero y pleno significado de la palabra "derecho", en tanto que no exista una sociedad internacional, más o menos universal, orgánicamente constituida". .

CÓDIGO DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA . INCLUYE CD (PARDO GATO, JOSÉ RICARDO)
Desde la Constitución, la Ley Orgánica del Poder Judicial, pasando por la distinta legislación sustantiva y procesal aprobada, hasta el propio Estatuto General de la Abogacía Española -norma mater de la profesión letrada en España-, numerosos y diversos son los textos legales que se ocupan de la constatación y regulación de esta materia en el seno de nuestro ordenamiento jurídico, legislación algunas veces complementaria, otras transversal; ora a través de menciones y puntualizaciones concretas en determinados artículos o disposiciones, bien sean de rango legal, reglamentario o corporativo; ora con motivo de la aprobación de normas específicas cuya redacción se destina en toda su extensión al fin propuesto: la Abogacía española. Entre esta normativa, nacional e internacional, sobre la que descansa la presente obra, cabe destacar aspectos claves como el acceso a la profesión y formación del abogado, la deontología profesional y el procedimiento disciplinario, el sistema de asistencia jurídica gratuita, la regulación de los Colegios de Abogados y, en general, la de los centros penitenciarios, la relación laboral de carácter especial de los abogados y las sociedades profesionales, así como otras competencias específicas en ámbitos tan dispares como el arbitral, concursal, menores, violencia de género, blanqueo de capitales, la designación de Letrados Asesores en las sociedades mercantiles y la propia Abogacía del Estado. Todo ello teniendo presente las últimas modificaciones operadas con motivo de la aprobación de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial -que ha modificado, entre otras, la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, la Ley de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, así como la Ley Concursal-, o la conocida como Ley Ómnibus -Ley 25/2009, de 22 de diciembre, que reforma, entre otras, la Ley de Colegios Profesionales y la Ley de Sociedades Profesionales-. La jurisprudencia, por su parte, se ha mostrado muy prolífica en la interpretación de esta amplia legislación, ya sea respecto de su encaje constitucional, como en lo referente a la solución de los variopintos recursos interpuestos en torno al ejercicio de la abogacía y su funcionamiento: unas veces, bajo la clarificación y fijación de conceptos; otras, a través del necesario desarrollo de la doctrina jurisprudencial vertida sobre el tema; o, incluso, determinando la derogación de ciertos preceptos a la luz de su falta de adecuación a derecho.