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Sin duda, la legitimación activa y pasiva suscita muchos problemas prácticos: la delimitación del concepto y su distinción con otros presupuestos procesales, el momento de su alegación y resolución, su subsanabilidad o no, la posible apreciación de oficio o, finalmente, si determina el acceso al Tribunal Supremo por la vía de casación o la del recurso extraordinario por infracción procesal. Son muchas las cuestiones pendientes de resolver. Además, se cuestiona su existencia en los casos de jura de cuentas, intervención, reconvención, rebeldía, sucesión procesal o diligencias preliminares. Los letrados debemos acreditar, ab initio, la legitimación, lo cual en ocasiones es complicado. Luego, seguramente, puede ser tarde.