LEYES DE JURISDICCIÓN ESPECIAL



EL GOLPE A LA DEMOCRACIA DADO POR LA SALA CONSTITUCIONAL (SEGUNDA EDICIÓN)
Este libro del profesor Allan R. Brewer-Carías sobre El golpe a la democracia dado por la Sala Constitucional, Segunda edición, está destinado a estudiar el comportamiento reciente de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Venezuela, como instrumento del Estado totalitario en la aniquilación del principio democrático, siendo este uno de los aspectos más dramáticos y trágicos de la instauración en Venezuela, a partir de 1999, de un sistema político autoritario, centralista y militarista, en definitiva, de un Estado totalitario, donde todos los poderes responden a una misma orden. Este comportamiento del Juez Constitucional se ha materializado en diversas sentencias recientes dictadas por dicha Sala Constitucional como supuesto "máximo garante de la Constitución," muchas de las cuales incluso fueron adoptadas de oficio y en contra de los principios más elementales del debido proceso, con las cuales se ha progresivamente liquidado la democracia, y que son las siguientes, objeto de estudio en este libro: (i) las sentencias de comienzos de 2013 mediante las cuales la Sala Constitucional impuso inconstitucionalmente un gobierno sin legitimidad democrática, al inicio del período constitucional 2013-2019, y luego, se abstuvo, deliberadamente, de conocer siquiera las demandas de nulidad de la elección presidencial de 2013; (ii) las sentencias dictadas por la Sala Constitucional en marzo de 2014 revocándole el mandato popular a dos alcaldes (Vicencio Scarano Spisso y Daniel Ceballo) con la excusa de que habrían desacatado una medida cautelar de amparo, mediante su condena penal y encarcelamiento, sin proceso, usurpando las competencias de la jurisdicción penal; (iii) la sentencia también de marzo de 2014, mediante la cual la misma Sala Constitucional le revocó el mandato popular a una diputada (María Corina Machado), dictada de oficio, sin juicio ni proceso, con violación de todas las garantías del debido proceso, por el hecho de haber hablado dicha diputada, como tal, en una sesión de la OEA sobre la situación de su país; (iv) las sentencias dictadas en 2011, mediante las cuales el Juez Constitucional avaló la restricción al derecho a ser electo de un ex alcalde (Leopoldo López), impuesta inconstitucionalmente como sanción administrativa, y luego declaró inejecutable una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que había expresamente protegido tal derecho; (v) la sentencia de la Sala Constitucional de abril de 2014 mediante la cual secuestro el derecho ciudadano a manifestar y a la protesta; (vi) la sentencia de la misma Sala de marzo de 2014 mediante la cual liquidó la llamada "democracia participativa y protagónica" al poner fin al derecho a la participación política en materia de consulta popular de leyes; (vii) la sentencia de la misma Sala de junio 2014 que permitió y avaló el proselitismo político de los miembros de las Fuerzas Armadas violando la Constitución; y (viii) las sentencias del Juez Constitucional mediante las cuales eligió y permitió que se eligieran a los titulares de los órganos de los Poderes Públicos, usurpando la voluntad popular electiva en segundo grado que sólo puede ejercer una mayoría calificada de diputados de la Asamblea Nacional.

EL INQUISIDOR GENERAL
A principios del siglo XVII, la mirada de un embajador veneciano representa al Inquisidor General como ?la mayor cosa de aquel Reino?. Dibujado en las Cortes de Cádiz como un ?verdadero soberano?, el Inquisidor General es el ?Jefe de la Inquisición?, el superior jerárquico del Santo Oficio español, la cabeza de la organización. Sin embargo, su perfil institucional todavía es un misterio. ¿Quiénes fueron los hombres que gobernaron la Inquisición española?, ¿quién y cómo los eligió y los nombró?, ¿qué poderes ejercen?, ¿con quién entran en conflicto?, ¿cómo es su relación con el Rey, con el Papa o con los diversos órganos de gobierno de la monarquía?, ¿tiene límites su poder?, ¿cómo evoluciona su consideración institucional?, ¿qué privilegios y retribuciones disfruta?, ¿quién gobierna el Santo Oficio cuando enferma, está ausente o muere? El rastreo de archivos nacionales y extranjeros permite aportar las claves fundamentales de una figura que durante más de trescientos años está situada en el mismo centro del poder de la Monarquía hispánica. El autor es Catedrático de Universidad del área de Historia del Derecho y de las Instituciones. Ha impartido docencia en las Universidades de Granada y de Las Palmas de Gran Canaria. Premio extraordinario de doctorado, tiene reconocidos dos sexenios de investigación y es autor de varias monografías y trabajos entre los que destacan los libros: El origen de la autonomía canaria: historia de una Diputación provincial (Ministerio de Administraciones Públicas, Madrid, 1995); Hecho insular y Unión Europea: Un aporte histórico‐jurídico (Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid 1998); Canarias: Una historia administrativa (en coautoría, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2000) y El secreto en la Inquisición Española (ULPGC, 2001)..ÍndiceIntroducción. El jefe de la Inquisición. I. Perfil histórico del Inquisidor General. 1. Los inicios: el reinado de los Reyes Católicos. 2. Los inquisidores generales durante el siglo XVI. 3. Los inquisidores generales durante el siglo XVII. 4. Los inquisidores generales durante el siglo XVIII. 5. La decadencia y extinción del cargo de Inquisidor General. II. Perfil Institucional del Inquisidor General. 1. Nombramiento y cese del Inquisidor General. 2. Las atribuciones del Inquisidor General. 3. El Inquisidor General y el Gobierno de la monarquía. 4. El Inquisidor General y la Santa Sede. 5. Las retribuciones del Inquisidor General. 6. La Sede del Inquisidor General.

LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS COMENTADA
Esta nueva edición recoge fielmente el contenido de la Actualidad legislativa: Res. 22 enero 2019, que ordena la publicación del acuerdo de derogación del RDL 21/2018 Se incorpora la Jurisprudencia más reciente y relevante (2018) en relación con cada precepto, dotando al profesional de la materia de nuevos argumentos que permitan la mejor defensa de sus casos. Se incorpora la Jurisprudencia más reciente y relevante (2018) en relación con cada precepto, dotando al profesional de la materia de nuevos argumentos que permitan la mejor defensa de sus casos. Además, la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos incorpora la sistemática Memento, lo que permite un acceso mucho más rápido a la información gracias a su tabla alfabética y sus números al margen de cada párrafo. También incluye reenvíos al Memento Inmobiliario, permitiendo pasar directamente del artículado del Código a la solución práctica y de directa aplicación que solo encontrarás en el Memento. Esta Ley de Arrendamientos Urbanos, forma parte de la «Colección Tribunal Supremo», conjunto de leyes comentadas con jurisprudencia sistematizada y concordancias, publicada por Lefebvre-El Derecho. La referida Colección, integrada por las principales normas de las diversas jurisdicciones, y elaborada por Magistrados y Letrados del Gabinete Técnico, constituye un compendio riguroso y actualizado de su jurisprudencia más reciente. La utilidad práctica de esta Colección deriva, en gran medida, del profundo conocimiento de la jurisprudencia de sus directores y autores, y convierte esta Colección en referencia indispensable en la biblioteca de todos los profesionales del Derecho.

LOS FUEROS DE CASTIELLA
El libro de los fueros de Castiella es la redacción más antigua que se conserva del derecho territorial castellano en su conjunto. No se trata de una obra emanada de un legislador, sino una obra de índole privada. Es el derecho propio de Castilla la Vieja en el siglo XIII.

LAS LIBERTADES DE ARAGÓN
Ensayo histórico, jurídico y político en que se trata el asunto de las libertades de Aragón, es decir, el estudio de las antiguas instituciones de Aragón.

UN MUNDO NUEVO. ELEANOR ROOSEVELT Y LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS. TRADUCCIÓN DE PEDRO DE JESÚS PALLARES YABUR.
Ensayo donde se narra el nacimiento de la Comisión de Derechos Humanos dentro del proceso de creación de la Organización de las Naciones Unidas en 1945. Utilizando como hilo conductor la participación de Eleonor Roosevelt en los trabajos relativos a la integración de la Comisión, la autora se enfoca, fundamentalmente, en el génesis de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.