En la presente obra, ?Intereses colectivos y legitimación activa?, se ofrece a los lectores, operadores jurídicos, profesionales y académicos, un estudio completo y minucioso sobre temas de gran relevancia teórica y práctica: los intereses colectivos y difusos, el interés legítimo y la legitimación para su defensa ante la Administración y los Tribunales. Todo ello, además, se estudia y profundiza desde una perspectiva transversal y lo más completa posible. Así, los autores de las diversas aportaciones provienen de diferentes áreas de conocimiento jurídicas: Derecho Administrativo, Civil, Constitucional, Filosofía del Derecho, Procesal civil y penal. Esta característica le da un valor añadido al libro pues, aparte de presentar los temas propuestos desde una perspectiva general, después se van concretando la problemática que presentan en campos tan variados como el procedimiento administrativo sancionador, en la contratación del sector público, en materia de medio ambiente, en la acción pública en urbanismo, en la defensa de consumidores y usuarios, en la publicidad ilícita, en la propiedad intelectual, en la legislación de extranjería, en el proceso de modificación de la capacidad de obrar, en la defensa del derecho de igualdad, en la defensa de los intereses profesionales y en la legitimación de la administración concursal en el concurso de acreedores. Sin perjuicio de lo anterior, en la primera parte de la obra, que se inicia con un extenso estudio preliminar sobre los intereses colectivos en la jurisdicción contencioso-administrativa, se profundiza sobre la legitimación en el proceso civil, las acciones de cesación en defensa de los intereses colectivos de los consumidores y usuarios y el efecto de cosa juzgada en las mismas. También se trata sobre la legitimación en los procesos constitucionales, los intereses difusos bajo la óptica del Derecho civil y sobre la noción de interesado y el concepto de interés en el ámbito del Derecho administrativo español y comparado, y sobre la legitimación del acusador popular en el proceso penal. En definitiva, en el presente libro se examinan en profundidad desde el punto de vista doctrinal y jurisprudencial, aspectos generales y concretos de cuestiones jurídicas referentes a los intereses colectivos y a la legitimación, siempre necesitados de aclaración conceptual y práctica.
La omnipresencia del contrato de compraventa en nuestra sociedad y la enorme multiplicidad de variedades que presenta, en función de la naturaleza de los sujetos que intervienen en el mismo (empresarios, particulares, Administraciones Públicas, etc.), de su objeto, de su ámbito de aplicación nacional o internacional, o de las reglas y cláusulas que las partes pueden introducir en su disciplina, deben llevarnos a la conclusión de que empieza a carecer de sentido seguir hablando de «la compraventa», como si de una figura unitaria se tratase, y que, en rigor, debiéramos hablar de «las compraventas». Tal constatación se encuentra en la base sistemática de la presente obra, que constituye un verdadero Tratado de la Compraventa, en el que, junto con los aspectos generales, se estudian por separado y minuciosidad todas las distintas «compraventas» que existen en el ámbito jurídico-privado: 1.º) El régimen del Código Civil, circunscrito a la regulación de la venta que se lleva a cabo entre «particulares». 2.º) El régimen del Código de Comercio, dirigido a la venta celebrada «entre comerciantes», con todos los matices que ello requiere. 3.º) La venta de bienes de consumo, donde interviene el consumidor y usuario, quien es, ante todo, un contratante y, en la mayor parte de los casos, un comprador. El contrato de compraventa constituye, casi siempre, el camino de acceso para la adquisición de bienes de consumo. En consecuencia, el estudio y regulación de las ventas de consumo acaba involucrando la práctica totalidad de las relaciones de consumo. 4.º) La regulación de las ventas internacionales. El lector encontrará una exposición sistemática, concisa y fluida del modelo codificado de la compraventa, pero no sólo eso. También se atiende a los procesos de trituración y de erosión que ha conocido dicho esquema, que derivan de las profundas modificaciones en el mercado y en sus reglas, que han conducido a una verdadera mutación de las técnicas de producción (y consumo) en masa, de marketing y colocación de productos, a nuevos sistemas de integración industrial y comercial, y a los contratos de distribución. El tratamiento de la materia se aborda con unidad sistemática, homogeneidad y proporcionalidad de sus diferentes partes y el imprescindible rigor teórico, pero con preterición de estériles discusiones dogmáticas, para centrarse en los problemas prácticos y su solución a la luz de la legislación vigente, cuyo examen, comentario e interpretación ha merecido particular atención; y, especialmente, de la copiosa jurisprudencia que se cita a lo largo del texto.
Este documento, dirigido a los profesionales del ámbito educativo, padres y alumnos/ as afectados/as, pretende ser un compendio de información sobre las posibilidades de integración escolar de los niños y niñas con una enfermedad neuromuscular. La guía se ha dividido en varias secciones: la primera refleja la situación actual de la atención a la diversidad en la educación en base a la legislación establecida e incluyendo las modalidades de escolarización y las vías de acceso a la educación. En la segunda parte se exponen los diferentes tipos de recursos disponibles para la integración escolar, incluyendo los recursos humanos, productos de apoyo y accesibilidad en general. Por último, se realiza una descripción sobre las características de los/as niños/as afectados por una ENM, sus necesidades educativas, así como las pautas adecuadas para fomentar su máxima participación activa en el proceso educativo y el papel del profesional de terapia ocupacional en este ámbito.
Por primera vez en la historia de España, un texto constitucional de signo inequívocamente democrático ha podido mantener su vigencia durante un dilatado período mostrando no sólo una notable estabilidad en sus contenidos, sino también una innegable capacidad para conseguir que los mandatos y principios integrados en su texto se traduzcan, efectivamente, a la realidad jurídica y social. La presente edición de la Constitución española de 1978 actualizada con la reforma del artículo 135 publicada en el BOE con fecha 27 de septiembre de 2011, y que se une a la primera, efectuada en el artículo 13.2 persigue el objetivo de facilitar la consulta del texto fundamental en relación con las principales normas que completan o desarrollan sus preceptos. Como novedad de esta nueva edición, se incorpora la Ley Orgánica 3/2014, de 18 de junio, por la que se hace efectiva la abdicación de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos I de Borbón. Para todo ello, se acompaña un conjunto de notas relativas a la normativa legal y reglamentaria de más inmediata relevancia para la comprensión del significado de cada artículo constitucional en nuestro ordenamiento. Se incluyen igualmente un índice analítico y una introducción dirigida a situar la Constitución en relación con el resto de las normas jurídicas.
El Gobierno ha anunciado su voluntad de impulsar una reforma integral del proceso penal, que desembocará en la presentación de un nuevo proyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal. La Comisión Institucional creada a tal efecto elaboró una propuesta de texto, cuyo contenido fue sometido a un debate público. Con esa intención la Fundación Fernando Pombo, en colaboración con la UIMP, celebró un curso de verano en el que se debatió sobre la instrucción penal, el rol del juez de garantías y el nuevo papel del fiscal. Este libro recoge todas las ponencias y contribuciones en las mesas redondas realizadas en el seminario por parte de los mejores especialistas y profesionales en la materia: miembros de las distintas comisiones ministeriales que han trabajado en los distintos borradores; actuales autoridades del Ministerio de Justicia, representantes de asociaciones de jueces y fiscales y de expertos europeos en integración de legislación europea. Todo ello favoreció un intercambio plural de conocimientos y de puntos de vista. La obra constituye una contribución de indudable valor porque da cuenta del debate que se está produciendo: se necesita una nueva regulación de la fase de investigación criminal a fin de garantizar que ésta se realice con total imparcialidad y por supuesto con absoluto respeto a las garantías procesales fundamentales; se debe potenciar el papel del fiscal en la fase de instrucción, fortaleciendo previamente su autonomía funcional; se deben redefinir las funciones del Juez como director del proceso, garante del juicio justo y de los derechos de las partes. El libro propone adentrarnos en este estudio para coadyuvar en la reflexión sobre las propuestas que actualmente tenemos sobre la mesa.
Contiene este volumen cuarenta y cinco sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, seleccionadas como básicas por los motivos que explica el Estudio Preliminar (el cual, actualizado como la bibliografía básica, completa y puntualiza con sus anotaciones a pie de página, sin pretensión de exhaustividad, la doctrina del Tribunal de Justicia que deriva de las seleccionadas como básicas). El orden por el que se recogen en la Parte Documental es el que, en esencia, correspondería a un Curso de Derecho de la Unión Europea dedicado a su Parte General, esto es, centrado en su naturaleza, las competencias de la Unión Europea y su sistema político explicado a través del proceso decisorio, su sistema de fuentes y de control jurisdiccional, y, finalmente, los principios rectores de sus relaciones con los Derechos de los Estados miembros. El autor Ricardo Alonso García es Doctor en Derecho (Premio Extraordinario) por la Universidad Complutense de Madrid, y Doctor Honoris Causa por las Universidades argentinas de Buenos Aires y Siglo 21. Académico de Número de la Real de Jurisprudencia y Legislación (España), y Académico Correspondiente de la Nacional de Derecho y Ciencias Sociales (Argentina), codirige la Revista Española de Derecho Europeo y ejerce como Catedrático de Derecho Administrativo y de la Unión Europea, y Director del Instituto de Derecho Europeo e Integración Regional (Universidad Complutense).
Esta obra es una compilación de legislación eclesiástica; es decir, un conjunto selectivo y sistematizado de normas que regulan la proyección social del factor religioso en el ámbito civil. Tales normas son: -Artículos de la Constitución Española -Disposiciones de Declaraciones, Tratados y Convenios internacionales -Los Acuerdos entre la Iglesia Católica y el Estado Español -La Ley Orgánica de Libertad Religiosa y sus normas de desarrollo -Los Acuerdos de cooperación con las Confesiones minoritarias (Entidades evangélicas, Comunidades judías, Comisión islámica) -Normas sectoriales sobre materias específicas (enseñanza, asistencia religiosa, protección penal, matrimonio, objeción de conciencia, financiación) -Normas de Derecho canónico En relación con este último apartado, se incluye una selección de normas del Código de Derecho Canónico por dos razones: la primera, porque en nuestro sistema de Derecho eclesiástico se producen no pocas remisiones a lo regulado por el Derecho canónico; la segunda, porque así una necesidad real queda solucionada por la vía de la simplificación funcional, al hacer accesibles en un solo volumen estas normas jurídicas, pese a su distinta naturaleza, a los estudiantes de las Facultades de Derecho y a todos los interesados en la materia. Se trata, por consiguiente, de una opción basada en razones prácticas, que la experiencia docente avala con claridad. La obra termina con un sistema de índices, muy completo, que facilita la consulta de las disposiciones jurídicas aplicables a una determinada materia.
Este código recoge la legislación que regula la mediación en España, que iniciada por las Comunidades Autónomas culmina con la publicación de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que por fin la regula a nivel estatal, así como su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre. Es la Ley la que define la mediación como «aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador». La Ley incorpora al Derecho español la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles. La mediación se configura como un sistema alternativo al proceso judicial o a la vía arbitral, de los que se ha de deslindar con claridad. La mediación está construida en torno a la intervención de un profesional neutral que facilita la resolución del conflicto por las propias partes, de una forma equitativa, permitiendo el mantenimiento de las relaciones subyacentes y conservando el control sobre el final del conflicto. En el presente código se incluye la legislación estatal y la autonómica tanto de la mediación familiar, que es la más desarrollada, como de la mediación en general. Además la mediación en materia de protección de menores, la parte relativa a la mediación en conflictos surgidos en el ámbito de los centros educativos de Cataluña, la mediación en materia de consumo, tanto estatal como autonómica, en materia laboral, la parte de la Ley de la Jurisdicción Social, y por último, y sin ánimo de confundir al lector, la Ley de Arbitraje. La obra finaliza con el índice analítico de conceptos.
La aparición de un nuevo plan en el 2007, provocó un cambio importante en nuestro ordenamiento contable. La necesaria armonización a los nuevos planteamientos europeos, provocó esta situación: que ya se había iniciado en el 2005 para determinadas sociedades que elaboraban cuentas consolidadas. La adaptación que los gestores empresariales tuvieron que realizar a esta nueva legislación, no acabaría aquí: ya que los distintos desarrollos que había experimentado el anterior Plan, seguirían estando en vigor en tanto no entraran en contradicción con la nueva normativa publicada; por lo que se preveía una necesaria revisión de las Resoluciones del ICAC existentes, así como la emisión de otras nuevas ante la nueva realidad que planteaba la reciente regulación. Así, nos hemos ido encontrando: - RICAC 29/ 12/10, sobre la información que debe contener la memoria en relación a los pagos a proveedores. - RICAC 1/3/13, sobre normas de registro y valoración del Inmovilizado Material e Inversiones Inmobiliarias. - RICAC 28/5/13, sobre normas de registro y valoración a incluir en memoria del Inmovilizado Intangible. - RICAC 19/9/13, sobre normas registro y valoración de la corrección de valor por deterioro. - RICAC 18/10/13 sobre el marco de información financiera cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento. En la presente obra hemos querido abordar, de una forma eminentemente práctica a través de ejercicios de aplicación, todos estos desarrollos que ha tenido el nuevo plan desde su publicación en el 2007. Igualmente, se ha incluido aquellas modificaciones que afectan a diversas Normas de Valoración y que se realizaron a través del RD 1159/2010, de 17 de septiembre. Todo ello completado con cuadros-esquemas sobre la normativa estudiada, así como las Consultas al ICAC relacionadas con los temas tratados. Debido a su interés, se ha incluido un capítulo relativo a la actualización de balances del 2012. El conjunto, configura este libro como un instrumento que esperemos ayude a acercar y simplificar la, a veces, complicada legislación contable.
Es la primera vez que en el «Synodicon hispanum» se edita un sínodo que estuvo presidido por un santo canonizado, como es el caso del sínodo que en Valencia celebró santo Tomás de Villanueva en 1548. Y es también la primera vez que se edita el sínodo de un obispo cardenal, que antes había sido General de su Orden, como es el caso del sínodo que en Sigüenza celebró García de Loaisa el 30 de septiembre de 1533, quien había sido General de la Orden de Predicadores (1518-1523). Sin embargo nada verdaderamente especial y totalmente distinto contiene ninguno de estos dos sínodos, ni siquiera en el del santo arzobispo, lo cual significa que los restantes sínodos del volumen y de toda la colección son tan importantes y valiosos, con sus respectivas normas, como lo son estos dos, que resultan ser más llamativos por sus autores. Hay en este volumen un elevado número de sínodos, muchos de ellos de los siglos XIII y XIV, pero la mayor parte de sus páginas contienen el texto de tres sínodos de Osma, los sínodos de los años 1444, 1511 y 1536, con la particularidad de que una notable parte de esta legislación de Osma pasó al sínodo de Canarias de 1514, como ya se destacó en el volumen precedente al editar los sínodos de Canarias.
Han transcurrido casi treinta años desde la aprobación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG). Desde entonces se han aprobado diecisiete modificaciones de esta norma y se ha ido acuñando una amplia doctrina de la Junta Electoral Central así como un sólido acervo jurisprudencial que ha confirmado y corregido la actuación de la Administración electoral. En esta obra se aborda un análisis jurídico sistemático de la citada LOREG, examen que se ha extendido también a la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de Referéndum (LOR). Se trata de un importante esfuerzo editorial, no realizado hasta ahora desde la publicación de unos comentarios análogos tras la aprobación de la LOREG. Para ello, se ha contado con un elenco de autores que, además de contar con una preparación y experiencia jurídicas contrastadas, incluye a algunos que están considerados entre los mayores expertos en Derecho electoral. El análisis jurídico se realiza de forma sistemática, artículo por artículo, primero de la LOREG y después de la LOR. Por regla general, en un primer apartado se examina el objeto y significado general del precepto examinado, aclarando su inserción sistemática en la Ley, así como los antecedentes históricos y legislativos y los datos de Derecho comparado que el autor ha entendido que puedan resultar de utilidad para la mejor comprensión del precepto. Después, se han analizado los problemas interpretativos y de aplicación de la materia regulada en dicho precepto. La obra se acompaña de un índice sistemático al principio, y de otro analítico al final, este último particularmente útil para el lector que no esté familiarizado con la legislación electoral.
Esta nueva edición, anotada y puesta al día, ofrece el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, con todas las modificaciones introducidas en el mismo, incluidas las efectuadas por la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, y, sobre todo, los 36 cambios generados por la Ley 6/2014, de 7 de abril. Se incorpora como legislación complementaria la siguiente normativa legal: Ley de Bases sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Anexos del Reglamento General de Vehículos, que modifican los conceptos contenidos en la Ley sobre Tráfico. Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regulan el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico. Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Anexo I del Reglamento General de Circulación, con 72 páginas de papel especial en las que se reproduce, en colores y tamaño grande, la totalidad de las actuales señales de tráfico, incluidas las de nueva creación y las que han sufrido modificaciones en su diseño. La edición se completa con un índice sistemático de desarrollo de la Ley y otro analítico de materias que facilita la consulta de su articulado.
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, es considerada desde las propias instancias gubernamentales como la ley más importante de la actual legislatura, y ciertamente lo es pues comporta el cambio más significativo para las Administraciones públicas españolas desde la incorporación al inicio de la etapa constitucional de los Gobiernos democráticos a la dirección de las Administraciones. En efecto, esta ley supone ni más ni menos que la quiebra de una tradición secular de opacidad en la gestión de los asuntos públicos, que ha constituido un serio déficit de la democracia española con consecuencias en todos los órdenes, incluido el fenómeno de la corrupción que tanto inquieta a la sociedad española. Se trata, por tanto, de una ley vinculada a la calidad democrática, llamada a cumplir un papel central en el Derecho público español, tal como ha sucedido en el resto de los países que cuentan con una norma similar. Esta edición, que incorpora las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, ofrece como valor añadido las concordancias imprescindibles para situar la Ley 19/2013 en el conjunto del ordenamiento español, así como un completo índice analítico de materias que complementa la utilidad del volumen.
El enorme potencial importador de alimentos de la China ha hecho que el interés de juristas, productores, exportadores, etc. por conocer la normativa vigente relativa al sector alimentario en dicho país haya aumentado exponencialmente en estos últimos años. Sin embargo, la legislación china aplicable a los productos alimenticios y alimentarios se presenta como una realidad extremadamente compleja y en constante evolución; además, su dificultad se ve acentuada por los inestables criterios de aplicación a nivel local por parte de las autoridades competentes. La presente obra se ha concebido con un carácter primordialmente informativo y práctico: aunque en principio, la tarea no parecía fácil, el abogado Nicola Aporti, que reside en Shangai desde el año 2006, y es en la actualidad el director del departamento de Food Regulation del bufete chino HFG, accedió a redactar esta «Introducción al Derecho alimentario en China» partiendo de un enfoque general, descriptivo, sin olvidar las referencias a los aspectos prácticos de su aplicación en un país tan extenso y poco conocido como es la China. Como complemento de la citada «Introducción» se incluyen dos disposiciones fundamentales del Ordenamiento jurídico chino por lo que se refiere al sector alimentario: la Ley sobre la Seguridad Alimentaria (LSA) y los Reglamentos administrativos para el registro de productores extranjeros de productos alimenticios importados. El contenido de la segunda parte del libro consiste en diversos comentarios o notas breves sobre la presunta (¿o efectiva?) internacionalización del Derecho en general y del alimentario en particular. Los autores de dichas consideraciones, profesionales de prestigio y experiencia especializados en diversas ramas del Derecho o en la gestión de exportaciones/importaciones, aportan desde sus diversos puntos de vista un complemento cualificado a la obra en cuestión.
El Tribunal Constitucional ha dictado hasta hoy más de 7.000 sentencias, que el autor ha resumido desde la STC 1/81 en más 12.000 fichas que las sintetizan. Su importancia es fundamental porque el TC es el único órgano que puede interpretar la Constitución, siendo su doctrina obligatoria para todos los Jueces y Tribunales (art. 5 LOPJ). El propósito de esta obra es que todos los profesionales del Derecho (abogados, jueces, notarios, funcionarios, etc.) dispongan de un medio de fácil consulta para saber con rapidez cual es la doctrina del TC en todos aquellos aspectos de la vida procesal que pueden afectarles, sean cuestiones civiles, penales, sociales, contencioso-administrativas e incluso en materia de sanciones administrativas. La utilidad de la obra es doble. En primer lugar saber cuál es la doctrina constitucional vigente. Y en segundo lugar, la posibilidad de citarla directamente en cualquier escrito, resolución o recurso al que se desee incorporar esa doctrina. Es, por ello, un vademécum esencialmente práctico, rápido y de aplicación directa, especialmente útil para quiénes nos movemos diariamente en el marasmo de una legislación creciente, confusa y muchas veces contradictoria. Seguro que su utilización generalizada lo convertirá en una herramienta de gran aplicación.