Jurisprudencia



NUEVOS ENSAYOS SOBRE EL ENTENDIMIENTO (LEIBNIZ, G. W.)
Cuando nacemos, ¿nuestra alma está completamente vacía o contiene ya los principios de la ley divina? ¿Nuestros conocimientos provienen de la experiencia? Este es el punto de partida delos Nuevos ensayos sobre el entendimiento, escritos por G. W. Leibniz entre 1703 y 1704 con el propósito de refutar las ideas de John Locke expuestas, unos años antes, en sus famosos Ensayos sobre el entendimiento humano. La obra tiene la forma de un diálogo entre dos personajes: Filaletes, defensor de los postulados empiristas de Locke, y Teófilo, seguidor de la corriente racionalista y alter ego de Leibniz. Con una nueva traducción, profusamente revisada y anotada, el editor de estos Nuevos ensayos pone de manifiesto la enorme riqueza intelectual de Leibniz, uno de los pensadores más relevantes de la historia intelectual del mundo moderno, y más especialmente si se tienen en cuenta sus notabilísimas aportaciones a ámbitos del conocimiento tan amplios como los de la metafísica, la epistemología, la lógica, las matemáticas, la física, la jurisprudencia o la historia.

DERECHO DE LA FUNCIÓN PUBLICA (PARADA VAZQUEZ,RAMON)
El presente Manual sobre el Derecho de la Función Pública constituye una exposición completa, exhaustiva, sistemática y actualizada del régimen jurídico de la Función Pública en España. Redactado desde las exigencias metodológicas propias de la enseñanza a distancia y del Espacio Europeo de Educación Superior, con objeto de constituir el material docente de la asignatura “Derecho de la Función Pública”, del tercer curso del Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas que imparte la UNED, trasciende no obstante aquellas finalidades por la aproximación crítica que lleva a cabo sobre la normativa de Función Pública, por las valoraciones de la práctica y de la gestión de personal, por la ampliación de su ámbito de estudio a todas las Administraciones (estatal, autonómicas y locales) y por el seguimiento de la jurisprudencia de los distintos Tribunales, puntualmente reflejada en cada parte del libro. Por todo ello, el libro se erige en un referente imprescindible para los estudiosos de la Función Pública, para todos los empleados públicos que quieran comprender el régimen jurídico que se les aplica y para los estudiantes que acometan el estudio de la normativa de las Administraciones Públicas y, en particular, de la Función Pública. Libro de texto en UNED (bibliografía básica).

LA DISCRIMINACIÓN EN EL ACCESO AL EMPLEO POR RAZÓN DE NACIONALIDAD (DA ROCHA BRANDAO, DANIELA)
La realidad social sobre la que se construye el derecho fundamental a no ser discriminado por razón de nacionalidad en el acceso al empleo es el mercado de trabajo europeo. El conjunto de normas sobre las que se asienta este derecho se refiere a los siguientes ámbitos del Derecho social de la Unión Europea: el mercado de trabajo europeo, la libre circulación de trabajadores y el intercambio de ofertas y demandas de empleo. En los tres capítulos que siguen se ofrece un tratamiento del anterior derecho fundamental y, a la vez, principio del Derecho de la Unión Europea, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia. La interpretación de la no discriminación en el acceso al empleo por razón de nacionalidad seguida por dicho Tribunal es el objeto del presente estudio. Se deja fuera de él la no discriminación por razón de nacionalidad de los nacionales de los terceros países, así como la discusión sobre posibles discriminaciones por razón de nacionalidad con origen en la doble imposición fiscal, cuestión bastante común en el trabajo transfronterizo. La regla de la no discriminación por razón de nacionalidad en el acceso al empleo prevista en el art. 45.2 TFUE y en las disposiciones del Reglamento (UE) n.° 492/2011 posee aplicación, efecto y vinculación directa. De la serie de procedimientos de los que conoce el Tribunal de Justicia, las cuestiones objeto de esta memoria asentadas en aquel precepto del TFUE pueden ser de cuatro tipos. Dos de ellas son horizontales: Comisión o Estado contra otro Estado en aplicación de los arts. 258 y 259 TFUE (antiguos arts. 226 y 227 TCE) y un particular contra otro ante un Tribunal nacional. Y dos verticales: un Estado contra un particular ante un Tribunal nacional y un particular contra un Estado ante un Tribunal nacional.