ÍNDICE LEGISLACIÓN I. Consideraciones generales. Introducción II. Legislación nacional 1. Proyecto 121/000044 de Ley de Trasposición de la Directiva 2001/29/CE, de 22 de mayo, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información 1.1. Comentarios 1.2. Texto1 2. Proyecto 121/000057 de Ley de Trasposición de la Directiva 2004/48/CE, de 29 de abril, relativa al respecto de los derechos de propiedad intelectual, por el que se amplían los medios de tutela de los derechos de propiedad intelectual e industrial y se establecen normas procesales para facilitar la aplicación de diversos reglamentos comunitarios. (bocg n.º 571, de 28 de octubre de 2005) 2.1. Comentarios 2.2. Texto 3. Real Decreto 1228/2005, de 13 de octubre, por el que se crea y regula la comisión intersectorial para actuar contra las actividades vulneradoras de los derechos de propiedad intelectual. (B.O.E. n.º 258 de 28 de octubre de 2005. Págs. 35358 a 35361) 3.1. Comentarios 3.2. Texto 4. Orden del Ministerio de Cultura 1079/2005, de 21 de abril, por la que se dispone la publicación del acuerdo del consejo de ministros, de 8 de abril de 2005, por el que se aprueba el plan integral del gobierno para la disminución y la eliminación de las actividades vulneradoras de la propiedad intelectual. (B.O.E. n.º 89, de 26 de abril de 2005. Págs. 14073 a 14081) 5. Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el plan técnico nacional de la televisión digital terrestre. (B.O.E. n.º 181, de 30 de julio de 2005. Págs. 27006 a 27014) 6. Real Decreto 945/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el reglamento general de prestación del servicio de televisión digital terrestre. (B.O.E. n.º 181, de 30 de julio de 2005. Págs. 27014 a 27016) III. Derecho comunitario 1. Recomendación de la Comisión de 18 de mayo de 2005, relativa a la gestión colectiva transfronteriza de los derechos de autor y derechos afines en el ámbito de los servicios legales de música en línea (2005/737/ce). (Diario Oficial n.º l 276/54 de 21 de octubre de 2005) 2. Declaración de la Comisión sobre el artículo 2 de la Directiva 2004/48/CE del Parlamento Europeo y del consejo relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual (2005/295/CE). (Diario Oficial n.º l 94/37 de 13 de abril de 2005) 3. Estrategia para garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual en terceros países. (2005/C 129/03). (Diario Oficial n.° C 129/3 de 26 de mayo de 2005) 4. Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las medidas penales destinadas a garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual. SEC 2005, 848. 12 de julio de 2005 4.1. Comentarios 4.2. Texto 5. Propuesta de decisión marco del consejo destinada a reforzar el marco penal para la represión de las infracciones contra la propiedad intelectual de 26 de mayo de 2005 6. Decisión marco 2005/212/JAI del consejo, de 24 de febrero de 2005, relativa al decomiso de los productos, instrumentos y bienes relacionados con el delito. 15-3-2005 Diario Oficial de la Unión Europea L 68/49 7. Informe de evaluación de la Directiva 96/9/CE, sobre protección del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo, sobre la protección jurídica de las bases de datos 8. STJE sobre incumplimiento de Francia en la transposición de la Directiva 2001/29/CE IV. Iniciativas legislativas de ámbito nacional sobre el derecho de autor y derechos afines 1. ALBANIA http://portal.unesco.org/culture/es/ev.phpurl_id=15168&url_do=do_topic&url_section=201.html Ley n.º 9380, de 28 de abril de 2005, the copyright and other rights related to it 2. ARGENTINA http://www.congreso.gov.ar/ Ley 26.053 por la que se sustituye el artículo 45 de la ley 22.285 de radiodifusión, de 17 de agosto de 2005 (b.o. 14.9.2005) 3. AUSTRIA http://portal.unesco.org/culture/es/ev.phpurl_id=15168&url_do=do_topic&url_section=201.html Modificación de la Ley de derecho de autor (BGB n.º 111/1936), novelle 2005. noviembre de 2005 4. COLOMBIA http://www.presidencia.gov.co/leyes/index.htm 4.1. Proyecto de Ley sobre la ejecución pública en el derecho de autor. Gaceta del Senado n.º 335 de 2005 4.2. Proyecto de Ley sobre la condición de artistas. Gaceta del Senado n.º 345 de 2005 4.3. Proyecto de Ley por el que se adoptan normas para contrarrestar la pirateria editorial y fomentar la lectura. Gaceta del Senado n.º 362 de 2005. Se prorroga el plazo para la reglamentación de la Ley n.° 28131 del artista intérprete y ejecutante. 1305-2004 5. ESTADOS UNIDOS http://www.copyright.gov/ 5.1. Family entertainment and copyright act of 2005. De 27 de abril de 2005. Public law 109-9 5.2. Intellectual property jurisdiction clarification act of 2005 (introduced in house). De 16 de junio de 2005. hr 2955-109 congress. Determina que la corte de apelación tiene jurisdicción exclusiva sobre las apelaciones relativas a patentes, protección de especies de flora y derechos de autor 6. GHANA http://www.parliament.gh/ Ley n.º 690 sobre copyright, de 17 de mayo de 2005. Modifica la Ley anterior de 1985 (P.N.D.C.L. 110) 7. ITALIA http://portal.unesco.org/culture/es/ev.php-url_id=15168&url do=do_topic&url_section=201.html Decreto Ley n.º 63, de adaptación a la Ley n.º 109 de 25 de junio de 2005. Art. 2.º contiene disposiciones referentes a la política del derecho de autor 8. POLONIA http://portal.unesco.org/culture/es/ev.php-url_id=15168&url do=do_topic&url_section=201.html Act on copyright and related rights (Act of 4 de febrero de 1994 enmendada en febrero de 2005) 9. SERBIA Y MONTENEGRO http://portal.unesco.org/culture/es/ev.php-url_id=15168&url do=do_topic&url_section=201.html Ley sobre copyright and related rights, de 1 de septiembre de 2005 10. SUECIA http://portal.unesco.org/culture/es/ev.php-url_id=15168&url do=do_topic&url_section=201.html Act on copyright in literary and artistic works, de modificación de la ley de copyright (Act n.º 729, de 30 de diciembre de 1960), de 1 de julio de 2005 V. Otras referencias legislativas sobre derechos de propiedad industrial 1. ARGENTINA http://www.congreso.gov.ar/ Ley 26.047 por la que se regirán el registro nacional de sociedades por acciones, los registros nacionales de sociedades extranjeras y de asociaciones civiles y fundaciones y el registro nacional de sociedades no accionarias, de 7 de julio de 2005 (B.O. 2.08.2005) 2. CHILE http://www.bcn.cl/portada.html Ley 19.996 de 11 de febrero de 2005 de modificación de la ley 19.039 de propiedad industrial (B.O. 25.03.2005) Decreto n.º 100 por el que se fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile, de 17 de septiembre de 2005 (B.O. 22 de septiembre de 2005) 3. INDIA http://parliamentofindia.nic.in/ Ley de Patentes (enmienda), n.º 15, de 4 de abril de 2005 Reglamento de Patentes (enmienda), de 2005 4. MÉXICO http://www.diputados.gob.mx/leyinfo/norma.htm Decreto por el que se aprueban y adicionan diversas disposiciones de la ley de propiedad industrial, de 31 de mayo de 2005 (Diario Oficial de 16 de junio de 2005) JURISPRUDENCIA 1. JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO 1.1. STS (Sala 1.ª) de 1 de febrero de 2005 1.2. STS (Sala 3.ª) de 8 de febrero de 2005 1.3. STS (Sala 1.ª) de 17 de febrero de 2005 1.4. STS (Sala 1.ª) de 16 de marzo de 2005 1.5. STS (Sala 1.ª) de 16 de mayo de 2005 1.6. STS (Sala 1.ª) de 31 mayo de 2005 1.7. STS (Sala 3.ª) de 26 de septiembre de 2005 1.8. STS (Sala 1.ª) de 25 de octubre de 2005 2. JURISPRUDENCIA MENOR 2.1. SAP Madrid (Sección 25) de 21 de julio de 2005 BIBLIOGRAFÍA CRÓNICA DE ACTUALIDAD DOCTRINA "Libertad de expresión, libertad de información y derecho de autor", por Susana Navas Navarro "Copias privadas y calamidades públicas", por Miguel Lacruz Mantecón "La autoría figurada y el negro", por Renato Alberto Landeira Prado
Danilo Castellano, catedrático de Filosofía del Derecho y de la Política en la Universidad de Udine (Italia), de cuya Facultad de Derecho es decano, es una de las autoridades más reputadas en nuestros días de la tradición del derecho natural clásico, que cultiva de manera tan original como incisiva. Vinculado desde hace casi veinte años al mundo hispano, es también académico honorario de la Real de Jurisprudencia y Legislación y correspondiente de la Real de Ciencias Morales y Políticas. En este libro, segundo de los suyos que ve la luz en la colección Prudentia iuris, desarrolla y tematiza el ligamen natural, y por ello necesario, entre moral y derecho.
El libro Derecho Civil de Cataluña. Derechos reales contiene una exposición del derecho de bienes vigente en Cataluña. El núcleo de esta obra está formado por las instituciones reguladas en el Libro V del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 5/2006, de 10 de mayo. Esta ley ha significado un paso decisivo en el camino hacia la codificación del Derecho civil catalán, pues regula de manera exhaustiva y moderna una de las partes fundamentales del Derecho civil de Cataluña. Junto a las instituciones de Derecho civil catalán, en la obra se tratan también las materias que, ya sea en concepto de normas de aplicación directa (por ejemplo, la regulación del Registro de la Propiedad o la de la propiedad intelectual) o como Derecho supletorio (así, gran parte de la hipoteca), se hallan vigentes en Cataluña. Con ello se atiende básicamente al interés del alumno de Derecho, que de esta manera encontrará, en un solo volumen, todos los materiales que constituyen el objeto de la asignatura que estudia la propiedad y los derechos reales. Además, este libro puede resultar igualmente útil para el profesional del Derecho, por lo que no se ha renunciado a ofrecer un estudio de la materia y de la jurisprudencia relevante con una mayor profundidad que la que sería estrictamente recomendable para un manual universitario.
SUMARIO Tít. I. De la relación individual de trabajo . Tít. II. De los derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores en la empresa Tít. III. De la negociación colectiva y de los Convenios Colectivos Tít. IV. Infracciones laborales (Derogado por RD Legislativo 5/2000, de 4-5) Disposición adicional primera. Fomento de la contratación indefinida de los contratos en prácticas y de aprendizaje. (Derogada por RD Legislativo 8/1997, de 16-5) . Disposición adicional segunda. Contratos formativos celebrados con trabajadores minusválidos . Disposición adicional tercera. Programas de fomento del empleo. (Derogada por RD Legislativo 8/1997, de 16-5) Disposición adicional cuarta. Conceptos retributivos . Disposición adicional quinta. Personal de alta dirección . Disposición adicional sexta. Representación institucional de los empresarios Disposición adicional séptima. Regulación de condiciones por rama de actividad Disposición adicional octava. Código de Trabajo . Disposición adicional novena. Anticipos reintegrables . Disposición adicional décima. Cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación Disposición adicional undécima. Acreditación de la capacidad representativa . Disposición adicional duodécima. Preavisos . Disposición adicional decimotercera. Solución no judicial de conflictos . Disposición adicional decimocuarta. Sustitución de trabajadores excedentes por cuidado de familiares . Disposición adicional decimoquinta. Aplicación de los límites de duración del contrato por obra o servicios determinados y el encadenamiento de contratos en las administraciones públicas. Disposición adicional decimosexta. Derogada por RD Ley 43/2006, de 29-12 Disposición adicional decimoséptima. Discrepancias en materia de conciliación Disposición adicional decimoctava. Cálculo de indemnizaciones en determinados supuestos de jornada reducida Disposición transitoria primera. Contratos de aprendizaje Disposición transitoria segunda. Contratos celebrados antes del 8 de diciembre de 1993 Disposición transitoria tercera. Contratos celebrados antes del 24 de mayo de 1994 . Disposición transitoria cuarta. Vigencia de disposiciones reglamentarias . Disposición transitoria quinta. Vigencia de normas sobre jornadas y descansos . Disposición transitoria sexta. Ordenanzas de trabajo . Disposición transitoria séptima. Extinciones anteriores a 12 de junio de 1994. Disposición transitoria octava. Elecciones a representantes de los trabajadores . Disposición transitoria novena. Participación institucional . Disposición transitoria décima. Incapacidad laboral transitoria e invalidez provisional. Disposición transitoria undécima. Excedencias por cuidado de hijos anteriores al día 13 de abril de 1995 . Disposición derogatoria única . Disposición final primera. Trabajo por cuenta propia . Disposición final segunda. Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos . Disposición final tercera. Normas de aplicación del Título II . Disposición final cuarta. Tipo de cotización del Fondo de Garantía Salarial . Disposición final quinta. Disposiciones de desarrollo . ÍNDICE ANALÍTICO .
Este Código Civil comentado y con jurisprudencia y concordancias es una obra con una importante base teórica y con gran utilidad práctica. El Código Civil, como tal texto legal, está perfectamente al día, incluso con las últimas reformas habidas en el segundo semestre del año 2015. En concreto, en ese período, su articulado ha sido modificado por las Leyes 12/2015 (concesión de la nacionalidad española a los sefardíes), 15/2015 (jurisdicción voluntaria), 19/2015 (reforma de la Administración de Justicia y el Registro Civil), 26/2015 (protección a la infancia y la adolescencia) y 42/2015 (reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Tras cada artículo viene un comentario del mismo, breve, que expone e interpreta el texto legal de forma clara y práctica. Muchos artículos lo necesitan especialmente, ya que contienen expresiones técnicamente incorrectas, o imprecisiones, o incluso normas vacías de contenido. A continuación se incluye la jurisprudencia, todas ellas sentencias dictadas por la Sala 1ª del Tribunal Supremo. No se pretende, ni tampoco sería posible, el recoger todas las sentencias que tratan del artículo correspondiente, de forma exhaustiva, sino las que se consideran más relevantes. El propósito es recoger su texto literal, el más esencial respecto al artículo que se interpreta. Finalmente, la obra se complementa con las pertinentes concordancias y las oportunas notas de vigencia a cada artículo que ha sido modificado en el transcurso del tiempo. El interés que puede tener este Código es pragmático y dogmático. Junto con el comentario, de interés teórico y práctico, la jurisprudencia será muy útil al investigador y al jurista que, conectado a la realidad social, debe aplicar la rica normativa del Código, que no siempre es tan clara como debería ser.
Tras cuatro años de aplicación judicial de la reforma laboral de 2012, es momento para hacer un balance global. En estos años se han dictado centenares de sentencias que concretan, modulan o, incluso, corrigen la voluntad del legislador de cambiar la vieja seguridad en el empleo por la nueva mayor adaptabilidad de las condiciones laborales a la necesidad de gestión competitiva de las empresas. Aunque no hay un patrón común de política judicial del Derecho del Trabajo, sí se ha abierto una gran brecha interpretativa: entre la valoración del Tribunal Constitucional -SSTCO 119/2014 y 8/2015-, avalándola letra a letra, y la del Tribunal Supremo, corrigiendo las propuestas de corte más liberal -SSTS 17 de julio de 2014 (doctrina Sic Lázaro), 16 de julio de 2015 (doctrina Hewlett Packard)-, no sin algunos momentos de duda -STS 20 de septiembre de 2013, primera del culebrón jurídico-laboral Celsa Atlantic-. El Gobierno cosecha más reveses (ultra-actividad -SSTS 22 de diciembre de 2014 y 17 de marzo de 2015-; despidos colectivos -Talleres López Gallego; Coca-Cola; Telemadrid, -; reducción de jornada por razón de conciliación -SAN 49/2015, 23 de marzo-), que avales (SSTS 27 de mayo de 2013, doctrina Arcelor Mittal; 27 de enero de 2014, Cortefiel; 25 de mayo de 2015, Grandes Almacenes, ). Un estudio detenido de la copiosa jurisprudencia ofrece sorpresas y exige una valoración más matizada, pues no son infrecuentes los casos en que la jurisprudencia se alinea con el Nuevo Derecho Legislado. En ese tiempo, un nuevo actor jurisprudencial ha readquirido protagonismo: el TJUE. A menudo llamado por los jueces españoles, una serie de fallos están rompiendo con algunas regulaciones asentadas en nuestro Derecho [SSTJUE 11 de diciembre de 2014, asunto C-576/13 (ilegitimidad del régimen de estiba y desestiba); 13 de mayo de 2014, Asunto C-392/13, Rabal Cañas (el cómputo de los despidos colectivos debe ser por centros de trabajo, no por empresa); 10 de septiembre de 2015, C-266/2014, que corrige la STS de 12 de junio de 2015 (tiempo de trabajo efectivo); ATJUE 11 de diciembre de 2014 (que motiva la innovadora STS de 6 de octubre de 2015 en materia de contratación temporal) ]. De toda esa vasta y determinante producción jurisprudencial, se da cuenta en este libro. Pero se presenta de forma ordenada y sistemática, seleccionando la más relevante a través de la identificación de tan sólo 50 resoluciones judiciales que actúan como leader case. A partir de ellas, se concreta el estado actual de comprensión judicial de cada punto crítico la reforma laboral. De ahí su originalidad y su relevancia, sobre todo práctica, para el laboralista, y no solo.
Esta obra se centra en el delito contra la seguridad e higiene en el trabajo desde la perspectiva de un práctico del Derecho. El detenido análisis de sus elementos típicos, la atenta consideración de la jurisprudencia que lo aplica, la ponderación de las
Derecho Mercantil es una obra colectiva fruto del trabajo en equipo de un grupo de profesionales universitarios de la disciplina. Unitaria por su inspiración en unos mismos principios, conceptos fundamentales, método y sistema, la pluralidad de su autoría le aporta una rica variedad doctrinal que, sin demérito de la homogeneidad de la obra, contribuye a una más completa exposición de las cuestiones que se abordan en ella. Estructurada en diez volúmenes (cada uno de ellos dedicado a uno de los grandes sectores de la disciplina concepto, fuentes, empresa y empresario; Derecho industrial y de la competencia; sociedades mercantiles; títulos-valores; obligaciones y contratos mercantiles; mercado de valores; contratos bancarios; transportes; contratos de seguro; Derecho concursal), esta obra pretende contener un tratamiento sustantivo de todo el Derecho mercantil, con un carácter sintético y científico, pero global, real y actual. El texto refleja el Derecho positivo vigente en las materias estudiadas (dimanante del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la Unión Europea y de Tratados y Convenios Internacionales), así como las líneas fundamentales de la jurisprudencia y de las resoluciones administrativas de interés para el Derecho mercantil. Una cuidada selección bibliográfica en cada capítulo permite descargar el texto de citas y polémicas doctrinales. Atenta a la realidad del tráfico mercantil y a los intereses que en él se encuentran, la obra ofrece una visión viva del Derecho, íntimamente conectada con las exigencias de la práctica y con los cambios políticos, legislativos, sociales y económicos que han afectado a esta rama del Ordenamiento jurídico. De ahí su interés para el estudio, interpretación y aplicación del moderno Derecho mercantil y su utilidad en la Universidad y en el ejercicio de profesiones jurídicas.
Derecho Mercantil es una obra colectiva fruto del trabajo en equipo de un grupo de profesionales universitarios de la disciplina. Unitaria por su inspiración en unos mismos principios, conceptos fundamentales, método y sistema, la pluralidad de su autoría le aporta una rica variedad doctrinal que, sin demérito de la homogeneidad de la obra, contribuye a una más completa exposición de las cuestiones que se abordan en ella. Estructurada en diez volúmenes (cada uno de ellos dedicado a uno de los grandes sectores de la disciplina concepto, fuentes, empresa y empresario; Derecho industrial y de la competencia; sociedades mercantiles; títulos-valores; obligaciones y contratos mercantiles; mercado de valores; contratos bancarios; transportes; contratos de seguro; Derecho concursal), esta obra pretende contener un tratamiento sustantivo de todo el Derecho mercantil, con un carácter sintético y científico, pero global, real y actual. El texto refleja el Derecho positivo vigente en las materias estudiadas (dimanante del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la Unión Europea y de Tratados y Convenios Internacionales), así como las líneas fundamentales de la jurisprudencia y de las resoluciones administrativas de interés para el Derecho mercantil. Una cuidada selección bibliográfica en cada capítulo permite descargar el texto de citas y polémicas doctrinales. Atenta a la realidad del tráfico mercantil y a los intereses que en él se encuentran, la obra ofrece una visión viva del Derecho, íntimamente conectada con las exigencias de la práctica y con los cambios políticos, legislativos, sociales y económicos que han afectado a esta rama del Ordenamiento jurídico. De ahí su interés para el estudio, interpretación y aplicación del moderno Derecho mercantil y su utilidad en la Universidad y en el ejercicio de profesiones jurídicas.
Con la primera edición en la editorial Reus de este Código Penal y legislación complementaria es para nosotros un placer presentar aquí nuestro trabajo, ya conocido en buena medida pues hemos hecho otro similar para distintas editoriales en el pasado. Esperamos que la colaboración sea fructífera y agradecemos a la editorial Reus, y en especial al miembro de su Consejo asesor para Derecho penal, nuestro muy querido amigo y compañero el Prof. Dr. D. Agustín Jorge Barreiro, la disposición tan excelente que han tenido para acoger esta obra en su fondo editorial.Esperamos que sea de utilidad para los usuarios de distintos ámbitos, tanto profesionales del Derecho como estudiantes universitarios.Para ambas clases de destinatarios nos parece que una característica distintiva de esta edición del Código Penal y demás legislación penal complementaria, y que es de especialísima utilidad, para encontrar de inmediato los preceptos relativos a cualquier materia penal o conexa, la constituye el hecho de que la obra ofrezca un Índice analítico muy completo y detallado, bastante más de lo habitual en otras ediciones, que a veces presentan numerosas e incomprensibles lagunas en las voces o en los preceptos a los que remiten. Dicho índice debe permitir la localización, lo más completa y precisa posible, de los diversos preceptos de las leyes penales (o de la CE en su caso) que contengan o hagan referencia a los conceptos contenidos en las voces del índice analítico. Y siendo así, puede sustituir en gran medida las remisiones a otros preceptos dentro del articulado.Por otra parte, esta edición del Código Penal y legislación penal complementaria más importante pretende fundamentalmente ofrecer un texto de consulta y manejo sencillos del texto legal y de fácil localización de su contenido para ambos públicos de estudiantes y profesionales.Por eso se prescinde de densas notas con largas remisiones a preceptos concordantes de la múltiple normativa conexa legal y reglamentaria, y por supuesto se prescinde de las citas de jurisprudencia o de los comentarios, que dificultarían la fácil lectura de los preceptos y que son propias de obras de consulta más reposada y especializada. Y por lo mismo también se pretende que el tamaño total del libro no sea excesivo para su cómodo uso y traslado manual. Para ello hemos seleccionado para la edición impresa, además del propio Código, únicamente las leyes (y algunos reglamentos) propiamente penales más importantes, seguidas del texto básico del ordenamiento, la Constitución, cuya constante consulta resulta obligada para el jurista.La fácil localización e identificación de los textos legales se permite con un inicial sumario en el que a cada texto legal se le asigna un número de parágrafo: así el § 1 es el CP actual; o el § 7.1 corresponde a la LO de Responsabilidad Penal de los Menores, y el § 7.2 a su reglamento. Dicho número de § es el que figura en los laterales exteriores en la parte superior de las páginas, con lo que se ve o se encuentra de inmediato la ley que se está consultando; y también en las referencias de las voces del índice analítico, en las que el núm. de los arts. de cada ley va precedido (salvo en el CP) del núm del § correspondiente a la misma.Por otra parte, como ya hemos hecho en ediciones anteriores, al añadir, en el índice sistemático que precede a cada texto legal, entre paréntesis el núm. de los arts. que contiene cada capítulo o sección, se le permite al usuario (sobre todo cuando el profesional del foro, el profesor o el estudiante tienen que realizar una exposición o informe oral) una visión inmediata de la numeración del articulado que corresponde a cada parte del código o texto legal, sin tener que ir a consultar abriendo el texto por la paginación o el orden de los caps. o seccs. de cada Título.