Historia del derecho



HISTORIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. TOMO IV. SIGLO XX. VOLUMEN V. CULTURA DE LA PAZ Y GRUPOS VULNERABLES. LIBRO I. CULTURA DE LA PAZ . S. XX CULTURA DE LA PAZ Y GRUPOS VULNERABLES. (PECES-BARBA MARTÍNEZ, GREGORIO)

El volumen V de la Historia de los derechos fundamentales, siglo XX, dividido en dos libros, recoge una serie de trabajos sobre problemas que han acompañado a los derechos en el siglo XX pero que se proyectan también en este siglo XXI. Así, en el primero de los libros se reúnen investigaciones de temática variada que se proyectan bien sobre cuestiones tradicionales de la historia de los derechos que resurgen en el siglo XX, bien sobre nuevos ejes temáticos que aparecen desde la inseparable dimensión histórica que los caracteriza. Algunos de estos nuevos ejes temáticos no hacen más que apuntarse en el siglo que estudiamos y, ya en este, se están convirtiendo en algunos de los grandes desafíos contemporáneos de los derechos fundamentales. La diversidad de problemas que se abordan confirma el alcance y la proyección que poseen los derechos. Por su parte, el segundo de los libros aborda dos cuestiones esenciales y caracterizadoras de la teoría de los derechos del siglo XX, como son la lucha contra la discriminación y la defensa de la diversidad. Se trata de dos asuntos estrechamente conectados y que sirven tanto para configurar dos de los grandes procesos históricos de los derechos –el de generalización y el de especificación– como para comprender el significado de la idea de igualdad en sus dos principales proyecciones –la diferenciación negativa y la diferenciación positiva. Además, su estudio permite también dar una solución ponderada a la inseparable tensión entre lo individual y colectivo, siempre presente en la historia de los derechos. De esta forma, además del interés que posee el conocimiento de cómo ha sido la historia de personas y colectivos concretos, la lectura de este libro permite ahondar en un mayor cono-cimiento de la Teoría General de los Derechos Humanos. Es importante aclarar que algunos de los temas que tratan los estudios aquí reunidos han aparecido o volverán a aparecer a lo largo de esta obra, lo que resulta lógico si tenemos en cuenta la interconexión entre los diferentes derechos y su relación con valores, principios y normas. En suma, en el volumen V de la Historia de los derechos funda-mentales del siglo XX está compuesta por trabajos que centrados en una problemática concreta de este siglo estudiado nos proporcionan además herramientas para un conocimiento integral de los derechos.

HISTORIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. TOMO IV. SIGLO XX. VOLUMEN IV. VALORES, PRINCIPIOS Y DERECHOS HUMANOS . S. XX VALORES, PRINCIPIOS Y DERECHOS HUMANOS (PECES-BARBA MARTÍNEZ, GREGORIO)

Este volumen IV de la Historia de los derechos fundamentales, siglo XX, está dedicado al estudio de los grandes valores y principios que presiden el discurso de los derechos humanos. Se tratan en él ideas que sirven para fundamentar y justificar los derechos, para compren-der sus contenidos y también para definir la estructura de los sistemas jurídicos y políticos necesarios para la satisfacción de los derechos. Por tanto, nos encontramos antes los referentes que construyen el marco del mundo o, si se quiere de la cultura, de los derechos. El significado de estos grandes principios es el resultado de todo un proceso histórico que se inicia en el Tránsito a la Modernidad y que sirve para entender y caracterizar los discursos éticos, políticos y jurídicos contemporáneos. Muchos de ellos poseen una tradición mucho más larga que se remonta al mundo clásico. Sin embargo, el significado que los acerca al mundo de los derechos aparece, como hemos tenido ocasión de señalar en otros momentos de esta obra, en la modernidad. Al estar nuestro estudio centrado en el siglo XX, el análisis posee una orientación también prospectiva y, como no, crítica. A la cabeza de todos los principios se sitúan la dignidad humana, que es el referente esencial de los derechos, junto con la autonomía, la libertad y la igualdad. Se trata de los grandes valores que expresan una concepción sobre el ser humano y su papel en la sociedad y que sirven para definir una estructura jurídico-política acorde con los derechos y delineada, precisamente, por el resto de los principios que se estudian. La proyección de estos valores y principios en la sociedad no está exenta de problemas, conflictos y tensiones. Así, en ocasiones la protección de la libertad de todos o la satisfacción de la seguridad jurídica puede implicar la delimitación de espacios de autonomía, el logro de la igualdad puede exigir atemperar libertades individuales, la protección de la dignidad humana puede requerir ciertas limitaciones de otros principios… Sin embargo, y a pesar de ello, todos ellos en su conjunto, son la expresión de una concepción ética, de una ética pública, que es la de los derechos humanos. Así, muchos de estos valores serán concretados más adelante en forma de derechos y obligaciones. En todo caso, todos ellos configuran las bases del discurso de los derechos proporcionando las razones que sirven para guiar su devenir y para justificar el discurso de los operadores jurídicos. En definitiva, en este volumen encontramos aquello que sirve para identificar la cultura de los derechos humanos.

HISTORIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. TOMO IV. SIGLO XX. VOLUMEN V. CULTURA DE LA PAZ Y GRUPOS VULNERABLES. LIBRO II. GRUPOS VULNERABLES . S. XX CULTURA DE LA PAZ Y GRUPOS VULNERABLE (PECES-BARBA MARTÍNEZ, GREGORIO)

El volumen V de la Historia de los derechos fundamentales, siglo XX, dividido en dos libros, recoge una serie de trabajos sobre problemas que han acompañado a los derechos en el siglo XX pero que se proyectan también en este siglo XXI. Así, en el primero de los libros se reúnen investigaciones de temática variada que se proyectan bien sobre cuestiones tradicionales de la historia de los derechos que resurgen en el siglo XX, bien sobre nuevos ejes temáticos que aparecen desde la inseparable dimensión histórica que los caracteriza. Algunos de estos nuevos ejes temáticos no hacen más que apuntarse en el siglo que estudiamos y, ya en este, se están convirtiendo en algunos de los grandes desafíos contemporáneos de los derechos fundamentales. La diversidad de problemas que se abordan confirma el alcance y la proyección que poseen los derechos. Por su parte, el segundo de los libros aborda dos cuestiones esenciales y caracterizadoras de la teoría de los derechos del siglo XX, como son la lucha contra la discriminación y la defensa de la diversidad. Se trata de dos asuntos estrechamente conectados y que sirven tanto para configurar dos de los grandes procesos históricos de los derechos –el de generalización y el de especificación– como para comprender el significado de la idea de igualdad en sus dos principales proyecciones –la diferenciación negativa y la diferenciación positiva. Además, su estudio permite también dar una solución ponderada a la inseparable tensión entre lo individual y colectivo, siempre presente en la historia de los derechos. De esta forma, además del interés que posee el conocimiento de cómo ha sido la historia de personas y colectivos concretos, la lectura de este libro permite ahondar en un mayor cono-cimiento de la Teoría General de los Derechos Humanos. Es importante aclarar que algunos de los temas que tratan los estudios aquí reunidos han aparecido o volverán a aparecer a lo largo de esta obra, lo que resulta lógico si tenemos en cuenta la interconexión entre los diferentes derechos y su relación con valores, principios y normas. En suma, en el volumen V de la Historia de los derechos funda-mentales del siglo XX está compuesta por trabajos que centrados en una problemática concreta de este siglo estudiado nos proporcionan además herramientas para un conocimiento integral de los derechos.

HISTORIA. DERECHO. TERRITORIO (VALLEJO FERNÁNDEZ DE LA REGUERA, JESÚS)

"Historia. Derecho. Territorio" recoge una selección de trabajos de Carmen Muñoz de Bustillo, profesora de Historia del Derecho y de las Instituciones en la Universidad de Sevilla hasta su muerte reciente y prematura. Todos ellos tienen que ver con uno de los problemas a los que dedicó más tiempo de reflexión e investigación: los modos de relación del derecho con el territorio, los argumentos e instrumentos jurídicos que fueron históricamente imaginándose para someter, ordenar y dominar la tierra en la que una comunidad se asienta. El libro se divide en cuatro secciones. La primera de ellas, “Asturias”, incluye contribuciones que suponen un enriquecimiento sustancial para el conocimiento de la diversidad jurídica e institucional de la Castilla Moderna, en una cronología que se extiende hasta los primeros períodos constitucionales. La segunda, “Vizcaya”, está compuesta por los extensos trabajos que redactó sobre la invención y la consolidación doctrinal del concepto de hidalguía universal, que tanta trascendencia tuvo en la conformación y en el arraigo de la foralidad vasca moderna y contemporánea. La tercera, “Jerez”, reúne artículos sobre el régimen comunal de la tierra en una localidad a la que la autora estuvo vitalmente muy ligada, analizando los condicionamientos y vicisitudes de la explotación comunitaria de la rica campiña jerezana. La sección final, “Diputaciones”, agrupa los artículos en los que estudió el desenvolvimiento histórico de una institución a la que durante mucho tiempo quiso dedicar una extensa y profunda monografía que quedó ya para siempre pendiente.

IL LATO OSCURO DEI DIRITTI UMANI (VV AA)

È in una dimensione chiaroscura che l’esperienza dei diritti umani si lascia comprendere. Questi infatti prendono forma da un complesso gioco di rifrazioni in cui le esigenze emancipatorie si intrecciano a logiche di dominio. Dal punto di vista fenomenologico i diritti sembrano essere attraversati da tensioni dicotomiche per cui la loro universalità non modifica (e forse consolida) il dato della loro ineffettività, la loro generalità non risolve (e forse nasconde) dinamiche discriminatorie, la loro moltiplicazione diventa momento di contrapposizione, piuttosto che di pacificazione sociale. I regimi giuridici dei diritti vengono del resto interessati anche da una trasformazione del stesso processo di produzione; ciò è dovuto al complicarsi del rapporto tra politica e giustizia, che tende allo stesso tempo ad una giurisdizionalizzazione della politca e ad una politicizzazione della giurisdizione. I profondi mutamenti in atto nel mondo contemporaneo, configurando una nuova spazialità geopolitica e un inedito pluralismo dei valori nel segno della diversità di culture, agiscono come fattori di cambiamento di senso nel discorso dei diritti umani. Le analisi contenute in questo volume si svolgono su diversi terreni disciplinari giuridici e filosofici. Partendo dall’esame diretto di alcune questioni chiave, esse evidenziano tali complessi nodi problematici e segnalano l’urgenza di una riflessione sulle possibili vie per corrispondere alla rivendicazione di giustizia (oltre che di libertà), che la domanda di diritti esprime. La experiencia de los derechos humanos se manifiesta a través de luces y sombras, pues los derechos adquieren su forma en un complejo juego de reflejos en el cual las exigencias de emancipación se enlazan con las lógicas de dominio. Desde un punto de vista fenomenológico, los derechos parecen estar atravesados por una dicotomía a través de la cual la universalidad no modifica (quizás consolida) el hecho de su inefectividad, la generalidad no resuelve (quizás esconde) dinámicas discriminadoras, la multiplicación más que paz social produce contraposición. Los regímenes jurídicos de los derechos se interesan también por la transformación del mismo proceso de producción; esto deriva de una complicación de la relación entre política y justicia: al mismo tiempo que la política se judicializa, la justicia se politiza. Los profundos cambios presentes en el mundo contemporáneo, que configuran un nuevo espacio geopolítico y un inédito pluralismo de los valores en un contexto de diversidad cultural, actúan como factores que modifican el sentido del discurso de los derechos humanos. Los análisis contenidos en este volumen se desarrollan sobre distintas áreas jurídicas y filosóficas. Partiendo del examen directo de algunas cuestiones clave, ponen de relieve esos problemas complejos y señalan la urgente necesidad de una reflexión sobre las posibles vías para corresponder a las reivindicaciones de libertad y de justicia expresadas en la demanda de los derechos.

LA PENA DE CONFISCACIÓN DE BIENES EN EL DERECHO HISTÓRICO ESPAÑOL (PINO ABAD, MIGUEL)

La obra hace un estudio de la confiscación desde sus primeras manifestaciones en el Derecho romano, algo que a la postre ha demostrado, una vez más, la línea de continuidad de este sistema jurídico ya que gran parte de las soluciones adoptadas en aquellos siglos se trasplantaron a épocas posteriores, sobre todo desde la Baja Edad Media con la difusión del Derecho común y su implantación progresiva a nivel territorial... El punto final del iter se ha encontrado en la Constitución gaditana de 1812 donde quedó proscrita esta pena para la posteridad…

PERSECUCIÓN Y CASTIGO DE LA EXPORTACIÓN ILEGAL DE BIENES EN CASTILLA (SIGLOS XIII-XVIII) (PINO ABAD, MIGUEL)

Durante los siglos medievales y modernos, Castilla apareció fundamentalmente como una tierra exportadora de materias primas a otros reinos e importadora de productos manufacturados, provocando con ello un evidente desequilibrio económico en su balanza comercial, que padecieron especialmente los súbditos, sobre todo porque gran parte de las exportaciones se centraron en bienes básicos para su sustento. Ante esta tesitura, los diferentes monarcas se vieron forzados a arbitrar una serie de medidas protectoras que, a costa de poner trabas a la libre circulación de mercancías, garantizase el abastecimiento a precios controlados a favor de los naturales, para que éstos no se viesen desprovistos de esos objetos, estimados imprescindibles en su desarrollo vital. Desde el reinado de Alfonso X aparece en los textos de Derecho territorial castellano una prolija relación de preceptos dedicados a la regulación de esta materia de interés general, algo que, a su vez, parece indicar que las normas eran por diversos motivos incumplidas, lo que acarreaba que cada poco tiempo hubiese que promulgar nuevas disposiciones con las que se intentase poner freno a una práctica tan perniciosa. Esos motivos de peso, que justificaban sobradamente las peticiones de los procuradores en las Cortes y los positivos propósitos de los monarcas, de poco hubiesen servido si la legislación no hubiera estado acompañada de un completo organigrama de oficiales encargados de preservar su correcta ejecución. Así, desde las Cortes de Burgos de 1301 se nombraron guardas para que actuasen en los puertos de las villas fronterizas, siendo sustituidos algunos años después por los alcaldes de sacas. No obstante, la experiencia demostró que la privacidad competencial de los alcaldes de sacas en la persecución de este delito, lejos de reportar los beneficios esperados, no hizo sino acrecentar el problema que ya existía antes de su aparición. La solución a este problema se encauzó por dos vías: de una parte, concediendo también competencia en esta materia a los corregidores; de otra, permitiendo a éstos reparar los agravios que los alcaldes hubiesen cometido contra los particulares. Finalmente, se analizan las penas tipificadas en las normas sobre esta materia. Penas que se caracterizaron por su extraordinaria severidad, algo que quedaba justificado si tenemos presente que, para los juristas de la época, se trataba de un delito susceptible de ser encajado dentro de las diferentes manifestaciones de la traición y, por ello, sus partícipes se hacían acreedores a recibir las máximas sanciones tanto desde el punto de vista corporal como patrimonial. La paternidad de este libro corresponde a Miguel Pino Abad, profesor titular de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Universidad de Córdoba y secretario de la Facultad de Derecho y Ciencias Económicas y Empresariales de dicha Universidad desde el año 2002. A lo largo de su carrera académica, ha publicado numerosos estudios sobre Historia del Derecho Penal a los que ahora se suma esta monografía sobre la extracción de bienes vedados en la Castilla medieval y moderna, que ve la luz en el marco del proyecto de investigación «Delincuencia y represión jurídica en España: Teoría y praxis histórica de las figuras delictivas» (II), con referencia DER201231098, financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad.

EL JUEZ LEGAL . UNA COMPARACIÓN HISTÓRICA, DESDE EL DERECHO CANÓNICO HASTA LA CONVENCIÓN EUROPEA DE LOS DERECHOS HUMANOS, CON ESPECIAL ÉNFASIS EN EL DESARROLLO DEL DERECHO EN ALEMANIA, INGLATERRA Y FRANCIA (MÜßIG (ALEMANA), ULRIKE)

La cuestión de una tradición constitucional europea de la garantía al juez le-gal se investiga mediante una comparación histórica de su desarrollo, tanto en el Derecho canónico, como en Francia, Inglaterra y Alemania. Durante la creación del poder papal, el Derecho Canónico desarrolla la consecuencia de nulidad para la sentencia de un juez no competente. El conflicto francés entre el centralismo monárquico y los derechos estamentales de autogestión caracteriza los opuestos de oficio de justicia y mandato, que sigue siendo perceptible en las garantías posteriores a 1789. Contra el absolutismo de los Estuardo en Inglaterra, se formula la primacía del derecho sobre la prerrogativa real, imponiéndose en 1689. Las garantías alemanas del constitucionalismo temprano siguen la tradición de las autovinculaciones de los soberanos de los diferentes estados alemanes hasta que la arbitrariedad de la justicia de la Restauración hace surgir con fuerza a las reivindicaciones liberales de una reserva de derecho jurídica-judicial. La tradición constitucional común en contra de los tribunales extraordinarios se confirma en las deliberaciones sobre los derechos nacional y europeo actuales. Ulrike Müßig, de soltera Seif, nació en 1968. Estudió Derecho en Würzburgo (Alemania), Cambridge (Reino Unido) y París (Francia), doctorado en 1995, en 2000 obtuvo la habilitación para acceder a las cátedras de universidad de Historia del Derecho alemana y europea, Derecho Civil, Derecho comparado y Derecho Privado Internacional. Es desde el año 2000 titular de la Cátedra de Derecho Civil, así como de Historia del Derecho alemana y europea de la Universidad de Passau, teniendo también la oferta de las cátedras de las universidades de Bielefeld y Berna. Fue galardonada con el premio de promoción en el acceso a una cátedra de universidad de Baviera en 1996 y con el premio Heisenberg de la DFG (Sociedad alemana de Investigación) en 2000, y nominada para el premio Gerda Henkel en 2008. De 2010 a 2012 fue Decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de Passau. De entre sus publicaciones destacar: So-bre la historia constitucional europea la edición de textos junto a Dietmar Willoweit, Múnich, 2003; Konstitutionalismus und Verfassungskonflikt (Constitucionalismo y conflicto constitucional) 2005, Verfassungsdiskussion des 18. Jahrhunderts (La discusión constitucional en el siglo XVIII, Tübingen 2008); sobre la teoría constitucional: Der mißverstandene Montesquieu (Montesquieu malentendido), ZNR 2000, Constitutional conflicts in seventeenth-century England, TRG, 2008; sobre la historia de la justicia: Der gesetzliche Richter ohne Rechtsstaat? (¿El juez legal sin Estado de Derecho?) Berlín 2007, Höchstgerichte im frühneuzeitlichen Frankreich und England (Tribunales supremos en Francia e Inglaterra de la temprana era moderna), Viena 2007 y Baden-Baden 2008 y del derecho hereditario medieval: Römisch-kano-nisches Erbrecht in mittelalterlichen deutschen Rechtsaufzeichnungen (Derecho de sucesión romano-canónico en las notas jurídicas alemanas de la Edad Media), ZRG 2005; Verfügungen von Todes wegen in den hallischen Schöffenbüchern (Disposiciones por causa de muerte en los libros de escabinos de Halle), Halle 2012.

DERECHO ROMANO (MIQUEL, JOAN)

La obra Derecho romano constituye una refundición debidamente concordada y actualizada de dos obras de Joan Miquel (1933-2008), Historia del Derecho romano y Derecho privado romano, sobradamente conocidas por los romanistas y por varias generaciones de estudiantes. La idea que impulsa este proyecto es poner a disposición de los estudiantes de Derecho romano, tanto los que cursan el grado de Derecho como los de otras titulaciones, un único texto que contenga de manera unitaria las exigencias de los programas de la asignatura. Los destinatarios de este volumen son por encima de todo los estudiantes, como lo han sido en las versiones anteriores, pero el texto goza también del aprecio de muchos juristas ya formados. La claridad en la exposición sistemática, la precisión en los conceptos y la profundidad de las ideas hacen que este Derecho romano mantenga hoy el vigor y la fuerza que tenía desde que en los inicios de la década de los ochenta del siglo pasado vieran la luz las anteriores versiones.