Filosofía del derecho



LEY, HISTORIA Y LIBERTAD (SOLER, SEBASTIAN)
Abundan ya los escritos sobre la crisis. Los autores han sido doblemente estimulados, pues si por una parte la crisis en si es patente para cualquier inteligencia despierta, por otro lado se palpa la honda preocupacion colectiva por el drama de nuestro t

ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Y ÉTICA DE LA VIRTUD (ARÁNGUEZ SÁNCHEZ, TASIA)
«Retórica de la virtud» es el término con el que la autora denomina a una teoría clásica, desarrollada por Cicerón y Quintiliano, que promueve la adquisición por parte de la abogacía de una amplia cultura y de un firme compromiso moral. Dicha teoría sostiene que la riqueza ética e intelectual es el camino más seguro para convertirnos en personas persuasivas. Emocionarnos primero es la vía más eficaz para emocionar después a otras personas. Ser cultos y elegantes, es el modo más certero de parecer cultos y elegantes. Sin embargo, la persuasión no es el objetivo central de la «retórica de la virtud», ya que el desarrollo de un carácter ético y complejo nos conducirá a plantearnos los fines últimos de nuestra profesión, anteponiendo otros objetivos por encima del lucro económico o de la victoria efectiva. La asunción de la «retórica de la virtud» conducirá a la práctica de la abogacía o de la judicatura comprometida con la dignidad humana y con los derechos humanos que la expresan. Las retóricas de Cicerón y Quintiliano proporcionaron abundantes técnicas de utilidad para el logro de la persuasión eficaz en los Tribunales, pero dichas técnicas se presentaban dentro de un cuerpo teórico más complejo que les aportaba un sustrato ético en consonancia con las éticas de la virtud propias de la filosofía clásica y con una concepción republicana (orientada a la acción comunitaria) de la argumentación jurídica. Este trabajo apuesta por la recuperación de aquella cultura de la retórica, que enfatizaba la centralidad de los valores en la praxis jurídica. La «retórica de la virtud» acoge sin temor la retórica de las pasiones y la elegancia del estilo. No se rechaza ninguna técnica persuasiva, dado que el carácter razonable de la argumentación descansa en los valores adquiridos por el orador y en su compromiso con la promoción del bienestar humano. La presente obra presenta una sugerente alternativa frente al relativismo axiológico de la abogacía contemporánea y frente al solipsismo ilustrado de nuestra cultura jurídica. Ofrece una aproximación original a la argumentación jurídica que se distancia de las visiones pragmadialéctica o perelmaniana dominantes. La «retórica de la virtud» enfatiza la importancia que tienen, en el trabajo de la judicatura y la abogacía, elementos como el compromiso moral, el amor por la sabiduría, la preocupación por la comunidad y la promoción de la justicia mediante el diálogo.

DERECHOS Y GARANTÍAS (LUIGI FERRAJOLI)
El constitucionalismo rígido, al conferir carácter normativo a los derechos fundamentales, ha introducido todo un sistema de límites y vínculos para la legislación. A juicio de Ferrajoli, éste es el fundamento del modelo garantista, caracterizado por un cambio estructural de doble vertiente, en el derecho y en la democracia, que se deriva de la inserción en ambos de una nueva «dimensión sustancial». La presencia de ésta hace del Estado constitucional de derecho la culminación de un laborioso proceso de erosión del viejo concepto de soberanía en el ámbito interno de los Estados, que se traduce en el imperativo jurídico de sujeción de toda forma de poder al derecho, ya no sólo en el plano de los procedimientos sino también en el del contenido de las decisiones.

LAS NOTAS DE LO JURÍDICO EN EL PENSAMIENTO ARISTOTÉLICO (LORCA MARTÍN DE VILLODRES, MARÍA ISABEL)
En el mundo griego de los siglos V y IV a. de C. encontramos los orígenes del pensamiento filosófico y de los fundamentos del Derecho. En concreto, en las obras de Aristóteles quedaron establecidas las notas esenciales de lo jurídico, como manifiesta la autora de este libro. Cuando filósofos del Derecho de la hora presente desvían sus especulaciones hacia cuestiones como la lógica formal, intentando encumbrarla a la cima del saber filosófico-jurídico, se hace perentoria la evocación del Estagirita como la fuente donde han bebido en sus construcciones tanto jurídicas como políticas los pensadores más representativos de la cultura occidental. Esta obra encierra el mérito de recordar, una vez más, el origen de los fundamentos del Derecho, cobrando por ello un alto valor pedagógico, a la vez que sirve como acicate para que los estudiosos del derecho vuelvan de nuevo a dirigir su mirada a la creatividad, nunca superada, de los magnos pensadores de la Grecia de aquellos siglos, emergiendo sobre todos ellos la figura y el pensamiento de Aristóteles.

MANUAL DE HISTORIA DEL DERECHO ESPAÑOL (TOMÁS Y VALIENTE, FRANCISCO)
El presente volumen ha procurado adecuar el contenido del libro a las necesidades docentes de la disciplina, pero lo ha hecho concediendo mucha más importancia a las épocas recientes que a las remotas. Por otra parte, es de destacar el punto de partida metodólogico del texto, exponiendo siempre las raíces sociopolíticas, económicas e ideológicas desde las cuales se ha ido creando Derecho en cada etapa, en cada tipo de sociedad.

EL LEGADO FILOSÓFICO DE HANNAH ARENDT (BRUNKHORST, HAUKE)
El célebre estudio Los orígenes del totalitarismo, publicado en 1951, es la clave de toda la obra de Hannah Arendt, que aúna la filosofía, la teoría política y la reflexión sobre el destino de los judíos. tras un capítulo introductoria sobre la vida de la autora y sobre sus primeras obras, una parte importante de esta obra de Hauke Brunkhorst está dedicada al estudio sobre el totalitarismo. Brunkhorst analiza minuciosamente las oscilaciones del republicanismo de Hannah Arendt e ilumina por primera vez los aspectos de su obra relevantes para la filosofía del derecho y la teoría constitucional. El estrecho vínculo entre experiencia personal y pensamiento, reconocible desde las obras de juventud hasta el reportaje sobre el proceso contra Eichmann (Eichmann en Jerusalén, 1963) así como la sensibilidad de Arendt para la integridad y autenticidad de la vida, confieren su impronta inconfundible a los escritos de esta outsider programática.

INTRODUCCIÓN AL ANÁLISIS DEL DERECHO (NINO, CARLOS SANTIAGO)
Seamos o no creyentes, el cristianismo impregna, de forma más o menos evidente, nuestra vida cotidiana, nuestra cultura y nuestros valores. No se pueden entender sin tener en cuenta su influencia ciertos ritos que han pervivido hasta nuestros días, buena parte de la historia del arte occidental o el paisaje de nuestras ciudades. Disfrutar a fondo de la catedral de Notredame, los monumentos de Roma, la música de Bach, las obras de los maestros del renacimiento italiano o la poesía de San Juan dela Cruzes imposible sin ser capaces de descifrar las esenciales referencias cristianas que impregnan esas obras. Este libro dirigido por el prestigioso historiador Alain Corbin en el que han participado sesenta especialistas en la materia, es una aproximación rigurosa y ágil a los grandes temas del cristianismo.

COMPRENSIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL (PAPAYANNIS, DIEGO M.)
La pregunta más básica de la filosofía de la responsabilidad extracontractual es qué explica el deber de compensar los daños que causamos a otros. Esta cuestión ha sido abordada desde dos perspectivas bien diferentes. Por un lado, los partidarios del análisis económico del derecho adoptan una visión instrumentalista de las prácticas jurídicas, y adscriben a la responsabilidad civil el objetivo de reducir hasta un nivel razonable el coste de los accidentes. Los teóricos de la justicia correctiva, en cambio, sostienen que la práctica cobra su mayor sentido cuando se la interpreta a la luz de la rectificación de las interacciones injustas. La moral interna de la práctica está asociada a la justicia entre particulares y no al logro de objetivos sociales. Después de realizar una evaluación crítica de ambas teorías, este libro defiende un enfoque plural, de acuerdo con el cual el derecho de daños implementa un conjunto de consideraciones distributivas y correctivas que solo puede comprenderse totalmente cuando se advierte la importancia conceptual de los derechos y deberes de indemnidad en la regulación y la rectificación de las interacciones privadas.