El volumen V de la Historia de los derechos fundamentales, siglo XX, dividido en dos libros, recoge una serie de trabajos sobre problemas que han acompañado a los derechos en el siglo XX pero que se proyectan también en este siglo XXI. Así, en el primero de los libros se reúnen investigaciones de temática variada que se proyectan bien sobre cuestiones tradicionales de la historia de los derechos que resurgen en el siglo XX, bien sobre nuevos ejes temáticos que aparecen desde la inseparable dimensión histórica que los caracteriza. Algunos de estos nuevos ejes temáticos no hacen más que apuntarse en el siglo que estudiamos y, ya en este, se están convirtiendo en algunos de los grandes desafíos contemporáneos de los derechos fundamentales. La diversidad de problemas que se abordan confirma el alcance y la proyección que poseen los derechos. Por su parte, el segundo de los libros aborda dos cuestiones esenciales y caracterizadoras de la teoría de los derechos del siglo XX, como son la lucha contra la discriminación y la defensa de la diversidad. Se trata de dos asuntos estrechamente conectados y que sirven tanto para configurar dos de los grandes procesos históricos de los derechos el de generalización y el de especificación como para comprender el significado de la idea de igualdad en sus dos principales proyecciones la diferenciación negativa y la diferenciación positiva. Además, su estudio permite también dar una solución ponderada a la inseparable tensión entre lo individual y colectivo, siempre presente en la historia de los derechos. De esta forma, además del interés que posee el conocimiento de cómo ha sido la historia de personas y colectivos concretos, la lectura de este libro permite ahondar en un mayor cono-cimiento de la Teoría General de los Derechos Humanos. Es importante aclarar que algunos de los temas que tratan los estudios aquí reunidos han aparecido o volverán a aparecer a lo largo de esta obra, lo que resulta lógico si tenemos en cuenta la interconexión entre los diferentes derechos y su relación con valores, principios y normas. En suma, en el volumen V de la Historia de los derechos funda-mentales del siglo XX está compuesta por trabajos que centrados en una problemática concreta de este siglo estudiado nos proporcionan además herramientas para un conocimiento integral de los derechos.
En Bien jurídico penal y Derecho penal mínimo de los derechos humanos se sostiene que el bien jurídico debe cumplir la función político-criminal de limitar el poder punitivo del Estado. Frente a la pretendida crisis del bien jurídico, la autora, catedrática de Derecho penal en la Universidad de Valladolid, argumenta en favor de un concepto material y procedimental, discursivo, de bien jurídico, fundamentado dentro del marco referencial de los derechos humanos en tanto realidades históricas antepuestas a las Constituciones modernas. Los diferentes estudios sientan las bases de un Derecho penal mínimo en el que encuentran cabida bienes jurídicos individuales y colectivos. El marco referencial de los derechos humanos permite abordar razonadamente cuestiones como la de los bienes jurídicos en la sociedad multicultural o intercultural, la protección penal de la dignidad, la protección penal de la igualdad o la protección penal de bienes jurídicos colectivos reales. Pero también rechazar la protección penal de sentimientos, la protección de bienes jurídicos colectivos aparentes, los delitos de riesgo, los delitos de peligro abstracto puro y otras manifestaciones del Derecho penal del exceso.
Mi dilatada actuación profesional en los Tribunales civiles y canónicos me enseñó que era urgente exhibir «otra verdad»: la que brota de la vida de las personas, la que fluye del impacto de la aplicación formal de las normas a sus destinatarios. Lo he intentado respecto a las causas de nulidad del matrimonio con ¿El divorcio católico? Un sitio a la verdad, Palma 1998, respecto a la guarda y custodia de los hijos con La custodia de los hijos. La guarda compartida: opción preferente, Pamplona 2010, y, ahora, respecto de los abusos sexuales contra menores por parte del clero católico con La investigación previa -La respuesta de la Iglesia al delito de abuso sexual-. La verdad oculta que he encontrado en el procedimiento de La investigación previa (cc. 1717-1719) me ha parecido que debía sacarla a la luz. En este sentido, he querido contrastar esa práctica con las exigencias derivadas de la formulación de algunos principios básicos como la búsqueda y el respeto a la verdad, como la realización de la justicia y la preocupación por el bien común eclesial, como el respeto a las normas vigentes y la colaboración con la autoridad civil, como el secreto y diligencia en la realización de las actuaciones. El resultado configura un procedimiento que muy poco tiene que ver con el vigente. La anterior perspectiva resulta aún más confirmada al verificar el modo como ahora se tutelan en dicho procedimiento derechos como los siguientes: a una investigación justa y equitativa, a la presunción de inocencia, a la información al denunciado, a la propia defensa, a la buena fama, a la asistencia al denunciado, al apoyo a las víctimas. La formulación doctrinal no se compadece en muchos casos con las actuaciones concretas que se llevan a cabo. Todo un largo camino a recorrer. A partir de la luz que deriva de tales principios y derechos, todo cambia en el itinerario concreto que ha de seguir el procedimiento, tanto en su fase de instrucción como conclusiva. Hemos otorgado una atención preferente al último discernimiento del Obispo, que siempre puede tener una doble salida: archivo del procedimiento o remisión a la Santa Sede en espera de recibir instrucciones. No es necesario subrayar que el trabajo está lleno de sugerencias de reforma de cara al futuro. Es urgente superar el modo como actualmente se procede, que no se compadece con la cultura actual. La Iglesia también en este terreno ha de dar testimonio y mostrar que, en su ámbito, se respetan, de modo real y efectivo, los derechos humanos y del fiel. Todo un abanico de propuestas de reforma urgente.
La renovada formulación de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional a finales de 2012 (Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses) ha dado lugar a un intenso y sonado debate sobre el papel que han de desempeñar las tasas judiciales y su encaje en nuestro sistema judicial. Hace falta por eso mismo tratar de ajustar y perfilar los contornos de esta figura, y con este propósito el libro propone un recorrido inspirado por dos ideas fuerza: de un lado, la necesidad de explicar la complejidad y el grado de precisión y tino que se requiere para alcanzar una convivencia armónica entre el derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de acceso a la justicia, que es la primera de todas las demás, y las tasas judiciales, poniendo especial acento en las enseñanzas que proporciona la dilatada y rica jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos al respecto. De otro, la importancia de advertir la significación y el impacto particulares de las tasas judiciales en el contexto de una justicia tan singular como es la administrativa, donde está en juego mucho más que la defensa del interés particular del recurrente. Una especialidad que el legislador no ha acertado a retratar en toda su extensión y que, en combinación con otros obstáculos en el acceso al proceso como la reforma de las costas procesales en la primera instancia, puede hacer perder vitalidad al control judicial de nuestras Administraciones Públicas.
Tras varios años de supervivencia en Bilbao, Touré recibe la llamada de su hija Sira en la que le anuncia su inminente llegada a Hendaya para pasar unos días junto a él. Con ánimo de sortear las dificultades inherentes a la falta de papeles, Touré envía a su amante Sa Kené a recogerla, pero Sira no aparece a la hora convenida. En esta tercera entrega de las aventuras del detective-vidente Touré, Arretxe da un giro de tuerca y nos narra la cruda realidad del periplo al que se ven forzados los emigrantes subsaharianos. Ya no hay sonrisas, no hay situaciones hilarantes, no hay pesquisas absurdas. La larga travesía de los desplazados hasta las puertas del Edén, la intervención de las mafias, las violaciones de derechos humanos relegan la ironía y el humor a un segundo plano. Una historia verosímil, donde no falta la intriga, que obliga al protagonista a enfrentarse a enemigos más poderosos, acompañado siempre por los pocos, pero incondicionales, compañeros de la Pequeña África de San Francisco. Una vez más, Arretxe se sirve de la narrativa policíaca como herramienta útil para dar a conocer las diferencias sociales y la xenofobia existentes en nuestro mundo injusto.
Una sociedad inclusiva se basa en el desarrollo de los derechos humanos que promueven la justicia social y la igualdad de oportunidades.Esta obra nace como proyecto del Comité Paralímpico Español para promocionar la noción de inclusión en la sociedad. Siguiendo esta premisa el libro proporciona modelos de prácticas que facilitan estrategias y recursos para implementar la inclusión de las personas con discapacidad en los programas de Educación Física en las etapas educativas de infantil, primaria y secundaria, así como en las actividades desarrolladas en los centros deportivos y clubes.El DVD que acompaña al libro ofrece ejemplos de buenas prácticas que resultan estimulantes para el lector.
È in una dimensione chiaroscura che lesperienza dei diritti umani si lascia comprendere. Questi infatti prendono forma da un complesso gioco di rifrazioni in cui le esigenze emancipatorie si intrecciano a logiche di dominio. Dal punto di vista fenomenologico i diritti sembrano essere attraversati da tensioni dicotomiche per cui la loro universalità non modifica (e forse consolida) il dato della loro ineffettività, la loro generalità non risolve (e forse nasconde) dinamiche discriminatorie, la loro moltiplicazione diventa momento di contrapposizione, piuttosto che di pacificazione sociale. I regimi giuridici dei diritti vengono del resto interessati anche da una trasformazione del stesso processo di produzione; ciò è dovuto al complicarsi del rapporto tra politica e giustizia, che tende allo stesso tempo ad una giurisdizionalizzazione della politca e ad una politicizzazione della giurisdizione. I profondi mutamenti in atto nel mondo contemporaneo, configurando una nuova spazialità geopolitica e un inedito pluralismo dei valori nel segno della diversità di culture, agiscono come fattori di cambiamento di senso nel discorso dei diritti umani. Le analisi contenute in questo volume si svolgono su diversi terreni disciplinari giuridici e filosofici. Partendo dallesame diretto di alcune questioni chiave, esse evidenziano tali complessi nodi problematici e segnalano lurgenza di una riflessione sulle possibili vie per corrispondere alla rivendicazione di giustizia (oltre che di libertà), che la domanda di diritti esprime. La experiencia de los derechos humanos se manifiesta a través de luces y sombras, pues los derechos adquieren su forma en un complejo juego de reflejos en el cual las exigencias de emancipación se enlazan con las lógicas de dominio. Desde un punto de vista fenomenológico, los derechos parecen estar atravesados por una dicotomía a través de la cual la universalidad no modifica (quizás consolida) el hecho de su inefectividad, la generalidad no resuelve (quizás esconde) dinámicas discriminadoras, la multiplicación más que paz social produce contraposición. Los regímenes jurídicos de los derechos se interesan también por la transformación del mismo proceso de producción; esto deriva de una complicación de la relación entre política y justicia: al mismo tiempo que la política se judicializa, la justicia se politiza. Los profundos cambios presentes en el mundo contemporáneo, que configuran un nuevo espacio geopolítico y un inédito pluralismo de los valores en un contexto de diversidad cultural, actúan como factores que modifican el sentido del discurso de los derechos humanos. Los análisis contenidos en este volumen se desarrollan sobre distintas áreas jurídicas y filosóficas. Partiendo del examen directo de algunas cuestiones clave, ponen de relieve esos problemas complejos y señalan la urgente necesidad de una reflexión sobre las posibles vías para corresponder a las reivindicaciones de libertad y de justicia expresadas en la demanda de los derechos.
Se abordan en este libro dos grandes bloques temáticos. El primero sobre los derechos de los grupos, con particular referencia a los derechos de los pueblos indígenas; el segundo sobre la inmigración. Tanto las comunidades indígenas como los grupos de inmigrantes constituyen, con frecuencia, grupos minoritarios de personas con rasgos étnicos y culturales distintos a los de la mayoría de la sociedad en que se incardinan. Estos grupos se han incorporado a la lucha por los derechos humanos reclamando el respeto por sus peculiaridades culturales y por su integridad colectiva. Se añaden para formar el libro tres trabajos más sobre otros aspectos del mismo problema. Uno sobre la dimensión relacional de la autonomía individual que la secular y persistente discriminación de las mujeres ha puesto de relieve; el segundo sobre la contraposición entre el derecho de las personas individuales a la intimidad y la exigencia de transparencia de las administraciones públicas; el tercero, que abre el libro, trata de argumentar que la tensión autonomía individual-autonomía colectiva está latente en la teoría y en la práctica de los derechos humanos desde el momento mismo de su invención, invención encaminada a proteger la autonomía individual. En todos estos problemas se manifiesta esa tensión no definitivamente resuelta entre la autonomía individual y la autonomía colectiva, entre los derechos del individuo y la soberanía del Estado, entre unos derechos que se conciben y proclaman como universales pero cuya satisfacción y protección queda en gran parte circunscrita al ámbito particular de la ciudadanía. Estas tensiones están hoy día determinando en gran medida la agenda filosófica y la agenda política.
España, 1978. La amnesia constituyente se ocupa de una historia de presente, de un pasado tan palpitante que se mantiene activo por mucho que se multipliquen y esfuercen los intentos por reducirlo literalmente a cenizas. Parte de las amnistías de 1976 y 1977 para llegar a los apuros que actualmente atraviesa España ante instancias de derechos humanos de las Naciones Unidas pasando por La Constitución, deteniéndose en ésta como el obligado punto de referencia para el problema de la amnesia que ha transformado las medidas de amnistía en ley de punto final inadmisible para el derecho internacional. Se trata de un libro de historia. Se trata de un libro de derecho. Es un libro sobre la Constitución española, Constitución que ya es historia y Constitución que todavía es derecho. Es historia que atraviesa episodios de amnesia y que incluso puede que se cimente en olvido afectando a la Constitución misma.
Carlos R. Fernández Liesa es catedrático de Derecho internacional público y Director del Instituto de estudios internacionales y europeos Francisco de Vitoria de la Universidad Carlos III de Madrid. En este libro se analiza desde diversas perspectivas de Derecho internacional la guerra civil española de 1936-39 y sus consecuencias posteriores. Se inicia la obra con una indagación en el derecho aplicable a la guerra civil, así como de la reacción que tuvo la Comunidad internacional entonces y en tiempos posteriores. Algunos prismas son especialmente innovadores, como el análisis desde el Derecho internacional de la República en el exilio, o las aportaciones del conflicto al Derecho internacional humanitario, o al derecho de asilo. Otros son de gran actualidad, como los análisis de la guerra civil desde la perspectiva de las violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos que se cometieron, sobre los que hay polémica tanto desde la perspectiva jurídica como política. En definitiva se trata de un análisis actual e innovador realizado desde el Derecho internacional, y que tiene en cuenta el caudal tan importante de investigaciones recientes y de los archivos que han aparecido, sobre la guerra civil vista desde el orden jurídico internacional de los años treinta y de principios del siglo XXI.
Este no es un libro de predicación y promoción de derechos humanos o, al menos, no lo es en forma directa y paladina. Se dedica a su historia hasta el presente, marcando las distancias entre filosofía, política e historia de los derechos a los efectos de dejar constancia de que el autor no se hace ilusiones sobre lo que la profesión de la historiografía pueda conseguir. Sin embargo, convencido de que nada, ni siquiera los derechos, escapa a la historia, propone una vía de trabajo que quiere contribuir a la historiografía crítica sobre aquellos concretos derechos que se predican distintivamente como humanos. La historiografía del derecho internacional en general y, muy en particular, aquella que concierne a su cuerpo normativo de derechos humanos, no suelen hacerse mucho eco de incertidumbres ni perplejidades. Ha de decirse que, al menos la segunda, no resulta por lo común muy realista. Si se la confronta con la historia sin más, con sus evidencias palmarias, la historiografía convencional de los derechos humanos suele ser sencillamente inverosímil. Pero las formas idealizadas de escapismo cultural guardan una especial capacidad de resistencia frente a la dura realidad. Bien estaría si resultasen inocentes. Pero el caso es que, igual que encubren la historia de un ayer más o menos ya remoto, puede que igualmente ofrezcan cobertura a los peores desafueros de hoy. El camino hacia las políticas más inhumanas está empedrado de las intenciones más humanitarias. Con esto, inhumanidad y humanidad se funden, lo que es más que confundirse y confundir. Por su parte, a estas alturas, la historia idealista de los derechos humanos es uno de los mecanismos que sirven más eficazmente, como mínimo, para enervar y, como máximo, para neutralizar su defensa y promoción. El camino de la inhumanidad también lo asfalta la academia. Este libro quiere salir al paso, con historia en la mano, de tales derivas.
El presente trabajo tiene por objeto analizar la forma en la que producen efectos en el Derecho español aquellas Sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que declaran que un poder público español ha vulnerado alguno de los derechos o libertade