Una perspectiva de análisis jurídico de los medios de comunicación digitales, tanto a nivel interno como comparado, permite concluir que se plantean similares problemáticas en los diversos Estados, como pueden ser la de determinar si procede una idéntica protección constitucional y jurídica a los medios tradicionales y a los cibermedios, la corrección jurídica de medidas restrictivas como el cierre de páginas webs o blogs, la aplicación de la protección de derechos de terceras personas como mecanismo de los juicios paralelos y el alcance del derecho al olvido. Estas problemáticas demuestra la dificultad de regulación específica de la temática de los medios de comunicación digitales y sobre todo el establecimiento de mecanismos de control de su actividad. La estructuración de sistemas de control o supervisión de cibermedios requiere de unas pautas y parámetros específicos, con articulación subjetiva y objetiva de mecanismos de autorregulación y unas reglas de conducta explicitadas y publicadas en el propio medio con carácter más genérico.
La extraordinaria extensión de las materias que la ciencia del Derecho Constitucional comprende, exige a sus estudiosos un minucioso conocimiento de la evolución de las instituciones jurídico-políticas. Así, pues, el constitucionalismo histórico adquiere en el seno de esta ciencia una carta de naturaleza propia y específica, hasta el punto de convertirse en parte irrenunciable de la misma. Desde los albores del Derecho Político español, antecedente inmediato del actual Derecho Constitucional, los autores de la disciplina han dedicado especial atención a los documentos y textos constitucionales que sucesivamente estuvieron vigentes en España. Ahora bien, los hechos constitucionales son hechos históricos, de manera que para comprender un sistema político concreto es preciso conocer los precedentes normativos que rigieron con carácter fundamental la organización del Estado. Sin embargo, junto a las sucesivas Constituciones aprobadas, se encuentran una seria de Proyectos que nunca entraron en vigor. También ellos forman parte de la historia, y su exposición sistemática y ordenada contribuye al enriquecimiento científico de la historia constitucional española. Conscientes de esta realidad, se ha elaborado la presente obra, con la convicción de que su contenido puede cubrir una carencia apreciada en la extensa bibliografía del Derecho Constitucional de España.
En la segunda década del siglo XXI la duda, la incertidumbre y la desorientación ante el futuro, recorren las sociedades occidentales. Los derechos sociales se debilitan, el Estado del Bienestar se agrieta, los otrora fuertes pilares de nuestro mundo parecen estar cercanos al derrumbe. ¿Qué es lo que sucede? ¿Por qué sucede? ¿A dónde nos dirigimos? Los miedos son cada vez mayores y nada parece ser capaz de frenar el devenir de los acontecimientos. Las manifestaciones recorren las calles, los debates son ruidosos y confusos. El desconcierto se generaliza. ¿Es posible elaborar una teoría que trate de ayudar a comprender la realidad que nos desborda? En esta obra se pretende construir y proponer dicha teoría. Tal vez acertada. Tal vez errada. Pero valiente. Arriesgada. Decidida. Una respuesta que no sabe si será creída, pero que al menos tratará de ser oída. El grito de Casandra. Alfredo Ramírez Nárdiz es doctor en Derecho por la Universidad de Alicante (España), profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Libre, Seccional Barranquilla (Colombia). Ha escrito diversas monografías, capítulos de libros y artículos jurídicos y ha sido ponente en más de treinta congresos internacionales. Fue finalista del Premio Azorín de Novela 2011 y es columnista del diario La Opinión de Murcia.
Este trabajo ofrece un estudio interdisciplinar de las diferentes instituciones del ordenamiento jurídico español que contemplan la familia desde la promulgación de la Constitución española de 1978. La legislación del último cuarto del siglo XX en materia de familia y persona gira en torno al eje matrimonial, consecuencia necesaria de una uniformidad de valores y principios. A continuación, comienza otra etapa, caracterizada por la heterogeneidad familiar, que parte de un debilitamiento de la institución matrimonial, de un cambio en la concepción de igualdad basada en la ideología de género, y de las relaciones paterno-filiales, entre otros aspectos. Así, en el marco constitucional, hemos pasado de una concepción de la familia basada mayoritariamente en el matrimonio a la hegemonía de la diversidad, evolución que se plasma en la presencia de varias relaciones familiares. Es la culminación de la autonomía individual. El estudio está centrado en la primera etapa, y presenta una novedad en cuanto al enfoque: se trata de una perspectiva interdisciplinar. Sólo su epílogo versa sobre el comienzo de la segunda etapa desde una perspectiva civilista, por considerar que nos faltan diez o quince años para acabar de tener una visión más completa de esta evolución y poder estudiar las consecuencias de la diversidad familiar y la autonomía individual. Irene Lorenzo-Rego es Doctora en Derecho por la Universidad de Alcalá y Máster en Derecho Sanitario y Bioética por la Universidad de Castilla-La Mancha. Estudió Derecho en la Universidad Autónoma de Madrid, fue asesora académica en la Universidad Francisco de Vitoria, y realizó estancias de investigación en la Université Bordeaux IV, en la Bibliotèque Cujas de París y en la Université Robert Schuman de Estrasburgo. Actualmente imparte Derecho Civil en la Universitat Rovira i Virgili, y es miembro del Comité de Ética Asistencial del Institut Català de la Salut, en el Camp de Tarragona. Concilia su labor profesional con la dedicación a su familia.
Los sistemas de información jurídica son una herramienta de trabajo útil para cualquier profesional del Derecho. Más conocidos como " bases de datos " por los profesionales del sector, constituyen una materia básica de la Informática jurídica. Junto a ellos, el conocimiento de aspectos básicos relacionados con la seguridad en las nuevas tecnologías permite comprender las implicaciones que una buena o mala utilización de estos elementos puede tener. En un contexto donde el uso de las tecnologías de la información gana relevancia en todos los ámbitos, éstos son dos campos donde un mayor conocimiento permitirá al futuro profesional moverse con mayor soltura y confianza. Este manual responde a una concepción práctica del proceso de aprendizaje donde el estudiante consolida las materias estudiadas mediante la realización de casos. Para ello, cada capítulo contiene una práctica final en la cual el estudiante debe poner en aplicación los conocimientos adquiridos en el capítulo. Se persigue así ofrecer una obra útil que facilite la adquisición de conocimientos para los estudiantes de Derecho en una materia que se aleja de los contenidos usuales de las disciplinas jurídicas, pero de suma importancia en la sociedad actual.
En el actual contexto de globalización, la humanidad se encuentra ante enormes desafíos, que podrían dar lugar a extraordinarias construcciones en la historia del espíritu humano, como, por ejemplo, una economía civil y respetuosa del medio ambiente y una democracia global, basada en una ética mundial, que permitiera una paz justa en todo el planeta. Es en este apasionante contexto en el que los autores del libro, todos ellos miembros del Grupo de Pensamiento Social Cristiano de UNIJES (Universidades Jesuitas de España), presentan algunos de los conceptos más importantes del pensamiento social cristiano en general, y de la doctrina social de la Iglesia en particular, y lo hacen tomando como eje central la encíclica Caritas in veritate (2009), del papa Benedicto XVI, sin duda la gran encíclica social del inicio del siglo XXI, incluyendo estudios de los documentos más importantes de la moderna doctrina social de la Iglesia, desde Rerum novarum (1891), de León XIII, hasta Evangelii gaudium (2013), del papa Francisco. Los autores son profesores de la Universidad Pontificia Comillas, de la Universidad de Deusto, del IQS, de la Universidad Loyola Andalucía, de ESADE y de la Facultad de Teología de Granada, y tienen además una estrecha colaboración con otros centros de UNIJES. Son también profesores invitados en universidades del extranjero, especialmente en Europa, en Estados Unidos y en América Latina. Con este libro quieren mostrar cómo el pensamiento social cristiano está ya contribuyendo a la construcción de un mundo más humano y más justo en este siglo XXI. JOSÉ SOLS, doctor en Teología, director de la Cátedra de Ética y Pensamiento Cristiano del IQS (Universidad Ramon Llull); coordinador del Grupo de Pensamiento Social Cristiano de UNIJES. RICARDO AGUADO, doctor en Economía, profesor de la Universidad de Deusto. JOSÉ MANUEL APARICIO, doctor en Teología, profesor de la Universidad Pontificia Comillas. JOSÉ MANUEL CAAMAÑO, doctor en Teología, profesor de la Universidad Pontificia Comillas. ILDEFONSO CAMACHO, SJ, doctor en Teología, profesor de la Facultad de Teología de Granada. FERNANDO DE LA IGLESIA, SJ, doctor en Economía, profesor de la Universidad de Deusto. JOSEP M. MARGENAT, SJ, doctor en Historia, profesor de la Universidad Loyola Andalucía. JULIO L. MARTÍNEZ, SJ, doctor en Teología, Rector de la Universidad Pontificia Comillas. M.ª DOLORS OLLER, doctora en Derecho, profesora de ESADE (Universidad Ramon Llull).
Recoge, en 21 parágrafos, toda la normativa básica de la Seguridad Privada en España. La obra se presenta por temas afines desglosados en bloques temáticos: Normas generales, Empresas de Seguridad, Personal de Seguridad, Medidas de Seguridad y Comisiones Mixtas de Coordinación. Junto a la nueva Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada que entrará en vigor el 5 de junio de 2014, se ha recogido la anterior Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada. Este título se encuentra dentro de la colección "Códigos electrónicos". Los títulos de la colección pretenden abarcar todas las ramas del derecho y se ofrecen tanto en formato electrónico como en soporte papel. Todos los códigos electrónicos, y éste en particular, se encuentran permanentemente actualizados en la página del BOE (www.boe.es/legislacion/codigos/). Las personas que lo deseen pueden recibir un correo electrónico que les avise sobre cualquier modificación que tenga el código en el futuro y acceder a la descarga de la nueva versión. Para ello basta con registrarse gratuitamente en los servicios del BOE a la Carta (www.boe.es/a_la_carta/).
Julio González de Buitrago, jefe de cocina del Palacio de la Moncloa durante más de treinta años, nos descubre la trastienda culinaria de la Presidencia del Gobierno, la historia gastronómica de la democracia. De sus fogones, que no cuentan con estrellas Michelin, han salido los más selectos menús degustados por hombres y mujeres de Estado de los cinco continentes y por los personajes más mediáticos que han visitado ofi cialmente España, convirtiendo la sede del poder Ejecutivo en el escaparate de la mejor cocina española. Un relato vivo, salpicado de anécdotas y curiosidades, una llamada de atención sobre la eventual relación entre la toma de decisiones políticas y la oportunidad de un menú certero. El «arriba y abajo» del centro político de nuestro país, al que se suma una cuidada selección de recetas dignas del mejor gourmet, que, desde ahora, también formará parte, por derecho propio, de nuestra historia reciente.
La presente obra colectiva analiza la nueva Ley 20/2013, de garantía de la unidad de mercado. Esta norma resulta de importancia capital para el Derecho Administrativo económico en un Estado autonómico, su intención es loable y la finalidad perseguida absolutamente necesaria; ahora bien, la misma no está exenta de polémica en cuanto a la instrumentación concreta de la unidad de mercado que contiene. Especialmente problemáticos pueden ser algunos aspectos; fundamentalmente, la aplicación en todo el territorio nacional de la normativa de origen, que choca con el principio de territorialidad de las normas locales y autonómicas. Pero no es el único aspecto problemático. El nuevo proceso contencioso-administrativo en defensa de la unidad de mercado -que copia el modelo del procedimiento para la protección de derechos fundamentales- es un botón de muestra, con aspectos problemáticos como la acumulación obligatoria de recursos ante la Audiencia Nacional, entre otros. O también resulta polémica la regulación del nuevo procedimiento administrativo en defensa de la unidad de mercado, cuya articulación técnica quizá no resulte del todo adecuada. Otros aspectos, como las evaluaciones de impacto normativo y los mecanismos de seguimiento, aunque loables, apenas se esbozan en la Ley. En el caso de las evaluaciones de impacto, a ello se suma que el RD 1083/2009 sólo se aplica al Estado, si bien algunas CC.AA., como la catalana, ofrecen en este aspecto regulaciones muy avanzadas. En cualquier caso, la obra no consiste en un análisis precepto por precepto de la Ley 20/2013. Se trata, por el contrario, de un estudio sistemático, donde se aborda de forma conjunta cada uno de los problemas que la Ley plantea; algunos de ellos tan cruciales como el principio de proporcionalidad y otros tan novedosos como el nuevo entramado institucional que se diseña para la defensa y garantía de la unidad de mercado. Además, se analizan cuestiones de importancia capital, como el marco jurídico del Derecho de la Unión Europea; o lo que es lo mismo, cuál es el alcance de las libertades de establecimiento y circulación, en especial en cuanto a mercancías y servicios. También se estudian los distintos títulos competenciales invocados por el legislador estatal. Pero, además, se incluyen varios capítulos relativos a la incidencia de la Ley en algunos sectores materiales concretos como contratación pública, comercio interior o sectores eléctrico y gasista, entre otros.
Este volumen pertenece a un género preciso: el de la paráfrasis. En él se resumen, se comentan y reordenan, toda una serie de obras que han tomado a su cargo ofrecer al lector razonables y razonados argumentos de las teorías narrativas y narratológicas con la única intención de presentar con la mayor sencillez posible toda una serie de elementos que ayuden al lector a comprender mejor cómo entendemos los textos narrativos, para lo que su autor se ha apoyado en obras anteriores que pretendieron cubrir objetivos similares. Autor: ZUNZUNEGUI DÍEZ, SANTOS Escritor e historiador del cine español, es licenciado en Derecho y economista por la U. de Deusto y catedrático de comunicación audiovisual de la Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación en la U. del País Vasco, de la que ha sido decano. Asimismo, ha sido profesor invitado en la Paris-Sorbonne Nouvelle, la École Normale Supérieure, y Ginebra, entre otras. Paralelamente a su labor docente y ensayística, colaboró en la revista de cine Contracampo, y recientemente en el suplemento Cultural de ABC y el Cultural de La Vanguardia y con su columna "Lo viejo y lo nuevo" en Cahiers du cinéma-España / Caimán Cuadernos de Cine. Son especialmente reconocidos sus ensayos. Es autor, además, de varios guiones cinematográficos, uno de ellos con P. Viota, y su película Contactos.
Un manual imprescindible para escribir bien.Un libro de estilo no es una gramática ni un diccionario para el público en general, sino simplemente un código interno de la Redacción. Su propósito consiste en unificar sistemas y formas expresivas, con el fin de dar personalidad al propio medio y facilitar la tarea de los lectores.El libro de estilo de El País, fruto de la experiencia de 38 años de trabajo, se compone de dos partes: en la primera se exponen los principios éticos del periódico y las normas de redacción, tanto en lo que se refiere a sistemas de trabajo como a la preparación y presentación de originales. La segunda está compuesta básicamente por un diccionario de palabras y otro de siglas. Ambos incluyen las expresiones que el periódico escoge para sí, sin que ello signifique descalificar las demás para el uso general o particular. Se trata por tanto de regular un estilo concreto dentro de los posibles, no de dictar normas para todos los hablantes del español. Y estas decisiones adoptadas mediante autorregulación se ofrecen al público como compromiso de EL PAÍS con sus lectores. Se trata de un código muy autoexigente, tanto en los principios éticos como en el intento de emplear una escritura correcta y precisa, con el máximo respeto al idioma español.Esta edición, por otra parte, se adapta por primera vez de manera integral a la nueva era de Internet, con normas concretas para la edición de los textos en elpais.com que incluyen reglas sobre el manejo de vídeos, las noticias multimedia, los comentarios de los lectores y, lógicamente, los problemas éticos que se derivan de las nuevas tecnologías. Asimismo, esta edición establece con mayor rigor la distinción de géneros periodísticos como garantía para el lector, de modo que la información, la interpretación, el análisis y los artículos de opinión queden claramente diferenciados.Comentarios:«La propia dinámica del periódico seguirá indicándonos fallos y proponiendo nuevas soluciones a los problemas con que nos encontraremos (...). No sólo no rechazamos sino que anhelamos vivamente la colaboración de cuantos en este terreno quieran ayudarnos».Juan Luis Cebrián, 1980«En EL PAÍS se ha considerado que son los lectores los propietarios últimos de la información, y los periodistas tan sólo los mediadores entre aquéllos y ésta».Joaquín Estefanía, 1990«Este texto nos compromete a todos cuantos hacemos EL PAÍS, y el lector está en su derecho de demandarnos un cumplimiento riguroso».Jesús Ceberio, 2002«En este viaje a la globalidad ofrecemos un proyecto de modernización y progreso social, de consolidación de los derechos ciudadanos y avance económico, de equidad y respeto a las minorías que es esencialmente el que hemos compartido con los españoles desde hace décadas».Javier Moreno, 2014