Derecho y procedimiento penal



LA MEDICION DEL DELITO EN LA SEGURIDAD PUBLICA
El t¡tulo de esta monograf¡a presenta, ya de entrada, un interrogante que preocupa tanto a la opini¢n generalizada como a la acad‚mica. Ordinariamente, la cuantificaci¢n de las infracciones penales se relaciona con la seguridad ciudadana en tanto que ‚sta se relaciona a su vez con la delincuencia. Parecer¡a m s adecuado, en principio, la sustituci¢n de la expresi¢n seguridad p£blica por seguridad ciudadana, pero tampoco esta propuesta es totalmente satisfactoria. Lo cierto es que ambas expresiones se conectan por parte de la doctrina con la noci¢n de polic¡a administrativa y eso nos parece acertado, pero el abuso de la noci¢n de polic¡a administrativa y de orden p£blico en los reg¡menes autocr ticos, y en particular el que ha presidido nuestra historia reciente, no justifica que desde el dise¿o constitucional y hasta ahora no exista un mayor claridad al respecto, al menos en el campo cient¡fico.Índice1. Enfoques metodol¢gicos en la mediaci¢n del delito 2. Tipos de m‚todos cuantitativos 3. Problem ticas en el estudio estad¡stico de la seguridad p£blica: la cifra negra, obscura u oscura 4. Estudio pormenorizado sobre el proceso de elaboraci¢n de las estad¡sticas policiales en la seguridad p£blica 5. Delincuencia en Espa¿a: descripci¢n de las tasas delictivas 6. Conclusiones

FRAUDE INFORMÁTICO Y ESTAFA
En nuestros días, la criminalidad económica que tiene mayor trascendencia es aquella que se apoya en medios fraudulentos. Estos se adaptan a las nuevas formas de delinquir que han surgido con los avances técnicos, especialmente los que se deben a la informática. A estudiar este reciente realidad defraudatoria es a lo que se orienta el presente libro.

LECCIONES DE DERECHO PENITENCIARIO
Esta obra se dirige especialmente a todos aquellos que se inician en el derecho penitenciario español. Se trata de ofrecer una interesante visión de los antecedentes históricos del derecho penitenciario y de los elementos y herramientas de nuestras instituciones penitenciarias en pleno siglo XXI, ajustándose a la generalidad de los planes de estudios de las distintas universidades españolas que incluyen esta asignatura de carácter oficial. El manual se compone de 10 distinguidos capítulos que tratan los bloques más importantes del derecho penitenciario: régimen y tratamiento, así como los aspectos esenciales del actual sistema de ejecución de condenas, que no es otro que el de la individualización científica, destacando la relevancia de determinadas instituciones, tales como los permisos de salida, la libertad condicional y los beneficios penitenciarios. En último término, se pretende mostrar los principales rasgos del procedimiento disciplinario de los reclusos y la figura del juez de vigilancia penitenciaria. Este trabajo ha sido adaptado a las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

EL CONCEPTO DOGMÁTICO DEL DOLO Y LA CULPA PENAL
El estudio, que realizamos lo hacemos en dos elementos de la dogmatica del delito, como son el dolo y la culpa, siendo estos tan distantes y tan cercanos, como el caso del Dolus Eventualis, su cercanía con la culpa consiente. Tanto en el dolo, como en la culpa, hacemos un estudio de las principales doctrinas, que se encargan de dar fundamento a cada uno, y acogido, para nosotros la que señala que el dolo, es un elemento subjetivo, voluntario y querido, por el sujeto activo, mientras que la culpa no tiene la intención, es decir no es voluntaria ni querida por el sujeto activo, de ahí que se caracteriza por su menor pena, se fundamenta en la impericia, imprudencia, negligencia, o observancia de órdenes, reglamentos, o normativas, por parte del sujeto activo. Es aquí donde radica la diferencia de ambas conductas. Es tan subjetivo el dolo, que viendo un ejemplo sencillo lo dejamos demostrado, como el caso del ciudadano, que va al supermercado y sustrae un producto, camina por todo el supermercado con el producto en la mano, se dirige a la caja, cancela el resto de los productos y sale del supermercado, es en ese momento donde se percata, de que sustrajo este producto, a los ojos de cualquier escéptico, se cometió un hurto sin violencia, pero al no tener intención de cometerlo, desaparece el dolo y en consecuencia el delito. Este es el ejemplo típico, de que el dolo es un elemento de naturaleza subjetiva. En cuanto al dolo eventual, se estudia diversas teorías, que le dieron su origen, incluso las alemanas, donde tiene su origen. Se hace énfasis en la doctrina denominada la correa de cuero, para llegar de esta manera al análisis de los elementos definitorios, que se imprimen en nuestro Código penal, como son: .sido prevista como probable y su no producción se deja librada al azar. En esta definición, se hace bastante difícil delimitar las fronteras entre el dolo y la culpa, inclinándose algunos doctrinarios por la culpa consciente. Siguiendo con el estudio de la culpa, analizamos su naturaleza, sus doctrinas, las diferentes posiciones de los doctrinarios, tanto nacionales como foráneos. Dejamos clara la postura, de que la culpa no admite dispositivos amplificadores, o dicho en otras palabras no se puede hablar en los delitos culposos de tentativa, frustración o delito continuado, y que para esto no se requiere intención, y de haber intencionalidad estaríamos en dolo, no en culpa -otra de las diferencias básicas-. Dejamos finalmente claro como lo señala nuestra legislación, la doctrina y la jurisprudencia, que los delitos dolosos, son las reglas y los culposos son excepción, y los mismos lo tipifica previamente el legislador.

LECCIONES DE DERECHO PROCESAL PENAL
La presente obra, Lecciones de Derecho Procesal Penal, se presenta a los alumnos del Grado en Derecho de la Universidad de las Islas Baleares con la finalidad de ofrecerles una visión clara y sencilla, a la vez que rigurosa, de nuestro proceso penal. Las Lecciones nacen adaptadas a las exigencias y consecuentes modificaciones que el Plan Bolonia ha introducido en los Planes de Estudios de nuestras Universidades. Sin duda, la nueva forma de transmisión del conocimiento que se desprende del citado Plan Bolonia pone de manifiesto con mayor fuerza, si cabe, la utilidad de una obra de esta naturaleza. En efecto, la reducción del número de las llamadas clases magistrales exige que muchos de los contenidos del curso deban ser transmitidos de una forma más práctica. Entendemos que las Lecciones compensan en cierta forma aquella pérdida, pues en las mismas el alumno accede al discurso sistemático y exhaustivo del profesor sobre todos los contenidos que integran el programa de la asignatura.

ASPECTOS PENALES DE LA NUEVA LEY CONCURSAL
Análisis del nuevo art 260 del Código Penal en el ámbito de las insolvencias punibles.Análisis del nuevo art 259 del C.P. Los actos de disposición patriminial del concursado tras la admisión del concurso.Análisis del nuevo art 261 C.P.La articulación de falsedades en la contabilidad para la declaración del concurso.Análiis del nuevo art.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio.La intervención del fiscal en los delitos contra el patrimonio y el orden socio-económico y su relación con situaciones de insolvencia.La calificación del concursado.El delito de alzamiento de bienes,Análisis de los art 257/258 C.P.Posición actual de la jurisprudencia.Efectos del concurso sobre los derechos fundamentales del concursado.Calificación del concurso

DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD MORAL
Introducción; Planteamiento; La creación de un nuevo grupo de infracciones: orígenes de los delitos con la integridad moral; Capítulo 1: Estructura del Título VII del Libro II del Código Penal; Capítulo 2: El delito de grave trato degradante; Orientación