Derecho y procedimiento penal



CLASIFICACIÓN PENITENCIARIA, PERMISOS DE SALIDA Y EXTRANJEROS EN PRISIÓN. NUEVO RÉGIMEN JURÍDICO
Los permisos ordinarios de salida, la clasificación en tercer grado de tratamiento penitenciario y la libertad condicional y, efectivamente, todos devienen caracterizados por posibilitar que el interno, de una forma o de otra, puede abandonar el centro donde está cumpliendo condena para reintegrarse de forma temporal o permanente a la comunidad social y todos apuntan hacia la libertad para cuyo uso, mediante el tratamiento penitenciario, se debe preparar o capacitar al interno. Por tanto es conveniente separar en una futura reforma o capacidad al interno. Por tanto es conveniente separar en una futura reforma de la LOGP la regulación de los permisos extraordinarios de los ordinarios, figurando éstos en el Título del Tratamiento Penitenciario, al ser un elemento fundamental para el mismo. Consideramos necesaria y urgente la reforma de la LOGP pues aunque su flexibilidad y sus miras le ha permitido cumplir su XXX aniversario, no cabe duda que cuando se aprobó no podía prever instituciones o situaciones que afectan a la clasificación y permisos de salida que se han ido creando con la práctica penitenciaria (unidades dependientes, cumplimiento en centros extrapenitenciarios, controles temáticos, etc.) que cuentan con respaldo en sede reglamentaria pero que carecen de cobertura legal; y por ello deben ser reguladas en la propia LOGP porque afectan a derechos fundamentales y a libertades públicas. Esta reforma debería abarcar a otras aéreas penitenciarias que también tendrían que estar regulas en sede legal.ÍndiceINTRODUCCIÓN PRIMERA PARTE LA CLASIFICACIÓN PENITENCIARIA: REQUISITOS LEGALES Y PROCEDIMIENTO 1. Definición 2. Naturaleza y fines 3. El sistema de individualización científica 4. Derecho comparado 5. Los grados de clasificación penitenciaria 6. Criterios generales para la clasificación 7. Criterios específicos de cada grado 7.1 Primer grado 7.1.1 Departamentos cerrados 7.1.2 Departamentos especiales 7.1.3 Aplicación artículo 10 a internos preventivos 7.1.4 Régimen de vida 7.2 Segundo grado 7.2.1 Régimen ordinario 7.3 Tercer grado 7.3.1 El periodo de seguridad 7.3.2 Las limitaciones del art. 78 CP 7.3.3 La responsabilidad civil 7.3.4 Terrorismo y/o delincuencia organizada 7.3.5 Normas para la tramitación del tercer grado 7.3.6 Modalidades de vida de régimen abierto 7.3.6.1Régimen abierto pleno 7.3.6.2Régimen abierto restringido 7.3.7 Excepciones a la ejecución en prisión 7.3.7.1 Unidades dependientes 7.3.7.2 Unidades extrapenitenciarias 7.3.7.3 Controles telemáticos 7.3.8 Supuestos especiales 7.3.8.1 Enfermos incurables 7.3.8.2 Septuagenarios 7.3.8.3 Extranjeros no residentes legalmente 8. El procedimiento de clasificación 8.1 Clasificación inicial 9. 2 Revisiones de grado 9.2.1 Mantenimiento 9.2.2 Progresión 9.2.3 Regresión 9.2.4 Procedimiento progresiones y regresiones FORMULARIO: INFORME JURÍDICO CLASIFICACIÓN PENITENCIARIA SEGUNDA PARTE LA INTERVENCIÓN JUDICIAL EN LA CLASIFICACIÓN PENITENCIARIA 1. El control jurisdiccional de la clasificación 2. Recursos 2.1 Alzada 2.2 Reforma 2.3 Apelación 2.4 Queja 2.5 Casación 2.6 Amparo 2.7. Ante el Tribunal Europeo de derechos humanos 3. Los efectos de los recursos 4. La representación y defensa 5.Intervención de otras partes 6. Recurso contra asignación establecimiento FORMULARIO: RECURSO ANTE EL JUEZ DE VIGILANCIA TERCERA PARTE LA LIBERTAD CONDICIONAL 1. Concepto 2. Naturaleza jurídica 3. Regulación actual 4. Tipos especiales de libertad condicional 5. El procedimiento de la libertad condicional 6. El control del liberado condicional 7. Revocación de la libertad condicional Procedimiento 8. Supuestos especiales 9. La responsabilidad patrimonial FORMULARIO : INFORME PRONÓSTICO LIBERTAD CONDICIONAL CUARTA PARTE: LOS PERMISOS DE SALIDA 1. Introducción 2. Antecedentes legales 2. 1 En España 2. 2. Normativa internacional 3. Naturaleza jurídica 4. Clases 4.1 Permisos ordinarios 4.1.2 Requisitos objetivos 4.1.3 Procedimiento 4.1.4 Estudio y preparación de los permisos 4.1.5 Tablas de variables y de circunstancias de riesgo 4.1.5.1. Tabla de variables de riesgo 4.1.5.2 Tabla de circunstancias peculiares 4.1.6 Concesión y Autorización 4.1.7 Modo de desarrollo de los permisos 4.1.8 Suspensión y revocación de permisos de salida 4.1. 9. Valoración del disfrute del permiso 4. 2. Permisos extraordinarios 4.2.1 Tramitación 5. Salidas programadas 6. Salidas programadas especializadas 7. Salidas de fin de semana 8. No reincorporación de los permisos de salida 8.1. Consecuencias penitenciarias 8.2. Efectos penales 9. Recursos 9.1 Recurso de alzada (queja) 9.2 Recurso de reforma 9.3 Recurso de apelación 9.4 Recurso de queja 9.5 Recurso de casación 9.6 Recurso de amparo 9.7 Recurso ante el Tribunal Europeo de derechos humanos 10. La responsabilidad patrimonial FORMULARIO : INFORME DE PERMISO DE SALIDA QUINTA PARTE: EXTRANJEROS EN PRISIÓN Introducción. 1. Ingreso de libertad y traslado de centro penitenciario de un extranjero. 1. Ingreso de libertad. 2. Traslado de Centro penitenciario de un extranjero. 3. Expediente penitenciario del extranjero. 4. Notificación del fallecimiento. 2. Preventivos extranjeros con expulsión autorizada por el Juez a cuya disposición se encuentra (art. 57.7 LO 4/2000). 1. Requisitos subjetivos. 2. Las causas administrativas de expulsión. 3. Entidad de los delitos objeto del proceso penal. 4. Actuación penitenciaria. 3. Penados extranjeros a quienes se ha sustituido la pena inferior a seis años por expulsión (art. 89.1 CP). 1. Fundamento de la expulsión sustitutiva de la pena. 2. Naturaleza jurídica de la «expulsión sustitutiva» de la pena. 3. Requisitos de la sustitución de la pena por la expulsión. 4. La motivación de la resolución. 5. Actuación penitenciaria. 4. Penados extranjeros a quienes se ha sustituido la pena igual o superior a seis años por expulsión al acceder al tercer grado o al cumplimiento de las tres cuartas partes (art. 89.1 CP). 1. Clasificación en tercer grado. 2. Alcanzar las tres cuartas partes de la condena. 3. Ámbito penitenciario. 5. Penados extranjeros a quienes no les ha sido sustituida la pena por la expulsión. 6. Expulsión administrativa al cumplimiento de la condena. 7. Permisos de salida. 8. Autorización de trabajo para los penados extranjeros. 9. Extradición y clasificación penitenciaria. 10. Traslado de personas extranjeras condenadas a sus países de origen, para continuar cumpliendo su condena por el Convenio de Estrasburgo y otros Convenios Bilaterales. 1. Condiciones para realizar el traslado. 2. Requisitos. 3. Pena a cumplir después de efectuado el traslado. 4. Persecución por otras infracciones. 5. Indulto, amnistía y conmutación de la pena. 6. Revisión de la sentencia inicial. 7. Cesación de la ejecución o cumplimiento de la pena. 8. Procedimiento. 9. Tramitación penitenciaria. 11. Cumplimiento de la libertad condicional en su país de residencia. 12. Ejecución de condenas impuestas por tribunales penales internacionales. 1. Normativa vigente. 2. Autoridades competentes. 3. Ejecución de penas privativas de libertad. FORMULARIOS PARA EXTRANJEROS BIBLIOGRAFÍA

EL DELITO DE MALOS TRATOS EN EL ÁMBITO FAMILIAR
La Ley Orgánica 14/1999, de 9 de junio, en respuesta a un Plan de Acción de Gobierno contra la violencia doméstica y a una aparente crecida de ésta, modifica el delito de malos tratos en el ámbito familiar incorporado, junto a la tipificación del ejercici

EL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETOS DOCUMENTALES Y DE LAS TELECOMUNICACIONES
Los atentados contra la intimidad cometidos a través del delito de descubrimiento y revelación de secretos, no fueron objeto de estudio en profundidad por la dogmática española hasta una fecha relativamente reciente, que puede fijarse en la mitad del siglo pasado. Advertida la necesidad acuciante de adaptar la normativa existente a las nuevas amenazas, pues pocos delitos se han visto tan afectados por el desarrollo tecnológico que los que se van a estudiar en este trabajo, el legislador tipifica, en primer lugar, las escuchas telefónicas, ampliándose después a cualquier telecomunicación y a la protección de los datos personales, siendo, por ahora, el final de esta evolución, la unificación, en un solo Título, artículos 197 a 204, que hace el Código penal actual de los distintos atentados contra la intimidad. Este proceso ha provocado que la primera conducta que el legislador consideró apta para atentar contra la intimidad, el apoderamiento documental, quedara, por así decirlo, en “tierra de nadie” ya que no fue estudiada en profundidad en su momento. Aunque la conducta de apoderamiento pueda suponer el objeto central del trabajo, también se ha considerado que si el análisis se redujera a aquella, éste podría entenderse como escaso y limitado. Por eso, se tratan el resto de las conductas que aparecen en el párrafo 1º del artículo 197, como la de interceptación de telecomunicaciones y la utilización de artificios técnicos de escucha, grabación y reproducción, haciéndose especial referencia a la interceptación de las comunicaciones orales y de un modo más tangencial, a la violación de la imagen.Índice1. Introducción 2. El bien jurídico protegido en los tipos de descubrimiento y revelación de secretos documentales y de las telecomunicaciones 3. El juicio de antijuridicidad 4. El juicio de culpabilidad 5. Formas de aparición del delito 6. La persiguibilidad de los tipos estudiados. El artículo 201 del Código Penal 7. Las consecuencias jurídicas de los delitos 8. Los tipos agravados y el tipo autónomo del párrafo 2º del artículo 197.3º

SOBRE EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD
ÍndiceA) Fundamento político del principio de legalidad penal 1. La ficción 2. La realidad B) La legalidad de la pena 1. Fundamento y consecuencias 2. El Estatuto del Tribunal Penal Internacional C) La taxatividad de las descripciones típicas en el Código Penal y en el Estatuto del Tribunal Penal Internacional 1. El principio de determinación y el Tribunal Constitucional 2. El caso de las normas del Estatuto del Tribunal Penal Internacional D) La proporcionalidad E) La pérdida de autoridad del Código Penal y de la misma idea de la Ley, y la proliferación de fuentes a las que debe acudir el Juez para dictar la norma particular F) Continuas modificaciones en la concepción del dolo eventual G) Causalidad, legalidad y omisión impropia 1. Causalidad 2. Omisión impropia H) La Jurisprudencia 1. La interpretación de las normas 2. Los intentos de equiparar, en autoridad, la Jurisprudencia del Tribunal Supremo a la del Tribunal Constitucional, y su significado 3. La pérdida de autoridad de la ley 4. El asalto a las competencias del Ejecutivo y de los Parlamentos por parte del Poder Judicial 5. La atenuante analógica y la interpretación extensiva 6. Los Acuerdos de los Plenos No Jurisdiccionales 7. La rebeldía del Tribunal Supremo contra todo lo que no le gusta I) La construcción del sistema al margen de los Principios 1. Principios en abstracto y Principios en concreto 2. Las normas de cultura y la aceptación social 3. El cambio de orientación de los principios 4. El retorcimiento de los elementos típicos del delito de genocidio 5. La presunción de inocencia de capa caída 6. El retroceso de los derechos fundamentales J) Las personales convicciones de los Jueces K) El valor del precedente L) El Ordenamiento de la Unión Europea

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CÓDIGO PENITENCIARIO
Este código recoge la normativa vigente estatal en materia penitenciaria respondiendo a la necesidad de poner a disposición del público interesado un material cada día más imprescindible dado el desarrollo normativo y jurisprudencial que se ha ido produciendo en el ámbito del Derecho penitenciario y sin el cual no es posible una compensación acabada del sistema penal español. La obra va dirigida a diversos profesionales relacionados con la aplicación de este sector del Ordenamiento Jurídico, ya sean jueces, fiscales, abogados penalistas o juristas-criminólogos, entre otros, sin olvidar los opositores o los estudiantes de Derecho o criminología. La obra contiene la Ley General Penitenciaria (Ley Orgánica 1/1979, de 26 septiembre) y su Reglamento de desarrollo (Real Decreto 190/1996, de 9 febrero); normativa que establece las circunstancias de ejecución de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad y de localización permanente en centro penitenciario, de determinadas medidas de seguridad, así como de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad y sustitución de penas (Real Decreto 840/2011, de 17 junio); normativa que regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de la seguridad social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad (Real Decreto 782/2001, de 6 julio) y por último el reglamento de organización y funcionamiento de los servicios de ejecución penal de Cataluña (Decreto 329/2006, de 5 septiembre). La recopilación incluye un completo y riguroso sistema de índice cronológico de disposiciones citadas y otro analítico de conceptos.

EL DELITO DE HURTO
La presente monografía aborda el análisis de los elementos del delito de hurto en el Código Penal de 1995. Algunas de las diferencias respecto al Código anterior permiten una revisión del bien jurídico orientada a la mayor consideración de la posesión, lo

EL DELITO DE PUBLICIDAD FRAUDULENTA
Presentado como una de las novedades más sobresalientes de la parte especial del nuevo Código penal, el delito de publicidad fraudulenta plantea, como el resto de las infracciones contra el orden socioeconómico, numerosas y sugerentes incógnitas en torno