Derecho y procedimiento penal



HONOR, INJURIAS Y CALUMNIAS. LOS DELITOS CONTRA EL HONOR EN EL DERECHO HISTÓRICO Y EN EL DERECHO VIGENTE ESPAÑOL (DE PABLO SERRANO, ALEJANDRO)
El derecho al honor es una de las cuestiones que en más ocasiones ha atraído el interés de la doctrina, particularmente de la española, pues este país, antaño enredado como ningún otro en “duelos”, por razones históricas y socio-culturales ha guardado una relación especial con el derecho al honor. El tiempo no pasa en balde y actualmente el honor goza de una posición destacada como derecho fundamental, reconocido en el artículo 18 de la Constitución. Y aunque esta circunstancia no sea exclusiva del ordenamiento jurídico estatal, sino que es compartida por otras normas fundamentales (como la Ley Fundamental de Bonn, cuyo artículo 5 consagra el derecho al honor personal), es cierto que en nuestro caso, además de la consagración constitucional, es también la invocación del honor con cierta naturalidad en las relaciones sociales lo que nos diferencia de otras sociedades.La investigación que abordamos en las siguientes páginas, titulada “Honor, injurias y calumnias. Los delitos contra el honor en el Derecho histórico español y en el Derecho vigente”, pretende adentrarse en esta ciénaga y arrojar algo de luz sobre la situación que atraviesa el bien jurídico honor en la sociedad actual de los medios de información, de los mass media, en la que las actuaciones susceptibles de constituir ataques a este derecho crecen exponencial-mente, al tiempo que se exige de los jueces y tribunales la más exquisita distinción entre estos ataques y el ejercicio de una libertad de expresión quizá exagerada, provocativa e irónica, pero libertad legítima, al fin y al cabo.

EXPROPIACIÓN FORZOSA . LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA COMENTADA (MORENO GIL, ÓSCAR)
A) Para la confección de esta tercera edición el autor ha seguido los mismo criterios que en la edición anterior (año 2000) y ha mantenido la misma técnica. A cuyo fin, ha organizado el trabajo escalonadamente, de forma sucesiva, en las cuatro siguientes etapas: 1.ª.- En primer lugar, ha actualizado la normativa vigente en materia de expropiación forzosa. Ello ha implicado el estudio e inclusión, unas veces directamente en el cuerpo principal y otras veces en menciones a pie de página, de las normas relativas al tema que han sido promulgadas o modificadas desde finales del año 1999 hasta la actualidad. De tales disposiciones cabe destacar, entre otras, la trascendente Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo; la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos reales; la Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la que se regula el Régimen Especial del Municipio de Barcelona; la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial del Municipio Madrid; la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos; la Ley de Montes, núm. 43/2003, de 21 de noviembre; la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones; el Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas; etc. En total se han incluido 28 nuevas disposiciones, bien íntegramente, bien seleccionando y acotando del conjunto de sus textos la parte exclusivamente relativa a la materia expropiatoria. 2.ª.- La siguiente fase del trabajo ha consistido en depurar, en la base de datos creada por el autor, los textos de las sentencias incluidas en la edición anterior. Para ello, el autor ha leído y repasado minuciosamente todas y cada una, en un esfuerzo concentrado y meticuloso, para lograr los siguientes objetivos: -Retirar las sentencias con textos desactualizados o repetitivos (bien completamente o bien de forma parcial), principalmente con la finalidad de dar cabida a las resoluciones más recientes sin tener que hacer para ello un libro excesivamente voluminoso (o tal vez de dos tomos, más costosos tanto en el precio como en la dificultad de manejo), con lo que el número de marginales de la edición anterior, 4927, se redujo en 1088. -Repasar y mejorar erratas (es sorprendente la cantidad de erratas que pueden aparecer en un libro cuando se vuelve a releer una vez transcurrido mucho tiempo), y recolocar las sentencias restantes de acuerdo con las variaciones legislativas habidas. 3.ª.- Después el autor ha procedido a estudiar las sentencias del Tribunal Supremo publicadas desde la fecha de cierre de la 2.ª edición (20-7-1998) hasta la última en la fecha de cierre de la presente edición (14-5-2008). Son unas 1600. De ellas, las seleccionadas han dado lugar a 430 nuevos números marginales, entre un total de 4269 de que consta esta tercera edición. Las no seleccionadas por reiterativas y las retiradas de la anterior edición han sido plasmadas en notas a pie de página en número de 593. Con frecuencia cada una de las notas mencionan gran número sentencias concordantes, que a veces superan el centenar. 4.ª.- La técnica colocación de las resoluciones ha consistido, como en ocasiones anteriores, en preceder el texto seleccionado con un breve comentario principal identificativo, a modo de glosa, en letra cursiva. Cuando se ha considerado procedente, tal comentario, con las variantes que en cada caso se han estimado oportunas, ha sido reseñado al mismo tiempo en otros artículos o en otros textos legales. Para facilitar la localización de las sentencias, en cada uno de estos comentarios secundarios figura el número marginal correspondiente al principal. Con esa técnica se logran dos interesantes objetivos: se ahorra espacio, al evitar la repetición de cada sentencia en cada artículo o disposición concordante y se da una visión natural del entramado legislativo en que se apoya cada resolución. B) Para facilitar el manejo del libro y el fácil seguimiento de los textos legales y de la jurisprudencia, el autor (además del sumario, de un índice cronológico de disposiciones y de un detallado índice analítico) ha confeccionado un completo índice cronológico de sentencias, en el que constan, tras unas breves palabras identificativas, los números marginales donde las sentencias están colocadas. Los números marginales en negrita indican el lugar en que se encuentra el texto de la resolución. Los demás números remiten al resto de los artículos y textos legales en que se han hecho referencias concordantes.

CUESTIONES ACTUALES DE LA PROTECCIÓN DE LA VIDA Y LA INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL (HUERTA TOCILDO, SUSANA / PÉREZ MANZANO, MERCEDES)
Este libro responde, ante todo, a la pretensión de abordar algunas cuestiones penales de máxima actualidad (despenalización del aborto, violencia de género, torturas) con la profundidad que requiere su enorme trascendencia social. Para ello se ha contado con la colaboración inestimable de un conjunto de especialistas que han expuesto sus saberes en materia penal, constitucional, filosófica e internacional a un debate interdisciplinar de cuya seriedad y enjundia dan buena cuenta los resultados logrados que aquí se reflejan con absoluto respeto a la forma en que fueron obtenidos. La multiplicidad de los puntos de vista sostenidos, la conectividad metodológica de su tratamiento a través de un análisis conjunto de sus evidentes implicaciones constitucionales, la dimensión práctica alcanzada mediante el estudio pormenorizado de las resoluciones adoptadas al respecto por distintos organismos nacionales e internacionales y la aportación de conocimientos técnicos no jurídicos -en materia de aborto y de prevención de la tortura-, son todas ellas características de una obra cuyo objetivo principal es ofrecer respuestas jurídicas razonables y desapasionadas a temas cuyo indudable calado social les expone con frecuencia a un alto e indeseable grado de emotividad.

INTERESES, COSTAS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS EN EL PROCESO PENAL . BIBLIOTECA BÁSICA DE PRÁCTICA PROCESAL Nº 261. INCLUYE CONTENIDOS COMPLEMENTARIOS ON-LINE (CORDERO LOZANO, CARLOS)
Dentro de los cuantiosos gastos que motiva el proceso penal, las costas procesales constituyen la parte susceptible de ser reintegrada a quien los ha soportado indebidamente. La resolución procesal que contiene el pronunciamiento en costas (Sentencia, Auto o Decreto, según los casos) es un título ejecutivo ilíquido, que precisa un ulterior procedimiento de liquidación para fijar definitivamente su cuantía y posibilitar su ejecución. Los trámites necesarios para practicar la tasación de costas, se recogen tanto en la LECrim como en la LEC, por remisión normativa. En la presente obra se hace especial hincapié en las particularidades de la reclamación de honorarios en el proceso penal, partiendo de la confusa regulación de las costas en este ámbito y sin olvidar que, tanto la doctrina procesalista actual como la jurisprudencia, coinciden en destacar su naturaleza procesal, cuyo fundamento no es el punitivo sino el resarcimiento de los gastos procesales indebidamente soportados.

DERECHO PENAL JUVENIL (HIGUERA GUIMERÁ, J.F.)
PARTE I. DERECHO PENAL JUVENIL ESPAÑOLCAPÍTULO 1. Introducción. Concepto. Los modelos de Justicia penal juvenil. Las posibles configuraciones del Derecho penal (material) juvenil. Naturaleza jurídica1. Introducción A) Concepto de Derecho Penal juvenil