Derecho romano



DERECHO ROMANO (MIQUEL, JOAN)

La obra Derecho romano constituye una refundición debidamente concordada y actualizada de dos obras de Joan Miquel (1933-2008), Historia del Derecho romano y Derecho privado romano, sobradamente conocidas por los romanistas y por varias generaciones de estudiantes. La idea que impulsa este proyecto es poner a disposición de los estudiantes de Derecho romano, tanto los que cursan el grado de Derecho como los de otras titulaciones, un único texto que contenga de manera unitaria las exigencias de los programas de la asignatura. Los destinatarios de este volumen son por encima de todo los estudiantes, como lo han sido en las versiones anteriores, pero el texto goza también del aprecio de muchos juristas ya formados. La claridad en la exposición sistemática, la precisión en los conceptos y la profundidad de las ideas hacen que este Derecho romano mantenga hoy el vigor y la fuerza que tenía desde que en los inicios de la década de los ochenta del siglo pasado vieran la luz las anteriores versiones.

CUERPO DEL DERECHO CIVIL ROMANO (GARCÍA DEL CORRAL, ILDENFONSO)

En España, donde el Derecho Romano había ejercido siempre tanta influencia, no existía ninguna obra que recopilara los códigos romanos, desde la Instituta hasta las Novelas, el Digesto o el Código de Justiniano. En 1889, Ildefonso L. García del Corral, autor de esta cuidada edición facsímil, escribía en el prólogo de su obra: " (...) El fin que me propongo es dar a conocer y divulgar el Corpus Iuris Civilis".Con ese marcado carácter divulgativo, el autor recopiló el Cuerpo del Derecho Civil Romano traduciendo al castellano el texto de las leyes romanas, para facilitar su conocimiento, pero publicando ese mismo texto en latín, "el único que puede dar autoridad a esta edición". Editado en guáflex con estampaciones en marrón, rojo y oro, incluye una introducción redactada por José Javier de los Mozos Touya, catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Valladolid.

DICCIONARIO JURÍDICO BIZANTINO GRIEGO-ESPAÑOL . SOBRE LA BASE DE LA INTRODUCCIÓN AL DERECHO DEL PATRIARCA FOCIO Y DE LAS NOVELAS DE LEÓN VI EL SABIO (SIGNES CODOÑER, JUAN / RODRÍGUEZ MARTÍN, JOSÉ DOMINGO / ANDRÉS SANTOS, FRANCISCO JAVIER)

El léxico jurídico bizantino se fue conformando en los siglos posteriores a la codificación de Justiniano sobre la base de la lengua griega, a la que se vertieron los conceptos jurídicos del derecho romano expresados hasta entonces en latín. Es evidente

LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO DE BIENES EN ROMA (FUENTESECA DEGENEFFE, MARGARITA)

Existen en el tráfico jurídico de bienes dos conflictos que no son erradicables: la venta a non domino y la venta de una cosa gravada con un derecho real de garantía. En Derecho romano se producía siempre la reparación del perjuicio causado al adquirente a título oneroso por parte del vendedor, tanto si este no era dueño, como si vendió una cosa gravada con un derecho real, aun siendo dueño de ella. . En Roma, la seguridad del tráfico de bienes estaba garantizada cuando la forma de adquirir la propiedad era la mancipatio o la usucapio. Se protegía erga omnes el derecho del propietario y, por extensión, al poseedor de buena fe, pero siempre en ausencia de perjuicio de terceros.

MENÉNDEZ PELAYO EN EL PENSAMIENTO JURÍDICO CONTEMPORÁNEO (VALLEJO DEL CAMPO, JOSÉ ALBERTO)

Menéndez Pelayo en el pensamiento jurídico contemporáneo es una muy apretada síntesis de la tesis doctoral en Derecho del autor titulada El pensamiento jurídico de Menéndez Pelayo en el contexto de la reflexión histórico-jurídica y iusfilosófica contemporánea, que fue dirigida por el catedrático de Derecho Constitucional José Peña González y que obtuvo la calificación de Sobresaliente cum laude ante un tribunal formado por el catedrático de Derecho Procesal Pablo Gutiérrez de Cabiedes (Presidente), los catedráticos José Manuel Cuenca Toribio de Historia Moderna y Contemporánea de España (Universidad de Córdoba), Juan Baró Pazos de Historia del Derecho (Universidad de Cantabria), el magistrado y doctor en Filosofía Víctor-Rafael Rivas Carreras (Audiencia Provincial de Toledo) y el profesor de Derecho Constitucional Pablo Gallego González (Universidad CEU-San Pablo). El trabajo pretende dar a conocer las principales contribuciones del padre de la historiografía española, Marcelino Menéndez Pelayo, a la idea del Derecho y de la Justicia, expuestas a lo largo de toda su obra y concernientes al Derecho Romano, Historia y Filosofía del Derecho, Derecho Político y Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho de Gentes y Derecho Penal para concluir que el historiador de Santander, si bien no fue jurista de profesión, sí fue un muy estimable jurista de formación, cuyas ideas sobre la contextualización histórica del Derecho influyeron en reputados juristas sedicentes discípulos suyos como Eduardo de Hinojosa, Rafael de Ureña, Rafael Altamira, Adolfo Bonilla y San Martín, Eloy Bullón o Gabriel Maura.

NE BIS IN IDEM (PAPEL + E-BOOK) . HECHOS, PENAS, SANCIONES (CABALLERO SALINAS, JOSÉ MARÍA / MUÑOZ CLARES, JOSÉ)

Aportación original a la historia y contenido del principio jurídico Ne bis in idem, con vigencia en todo el sistema jurídico, cuyo origen griego se fija en la Athenaion Politeia (Siglo VI a. de C.), trazando su continuidad en el Derecho romano (Corpus Iuris Civilis, Codex y Digesto), Ley VII de las Partidas, Vª enmienda de la Constitución americana y Código penal español de 1928. Destaca el actual estado recesivo como consecuencia de determinadas sentencias del Tribunal Constitucional español dictadas al margen de la nueva configuración del principio por los criterios Engel (1976) y las resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), especialmente resoluciones Zolotoukhine contra Rusia y Ruotsalainen contra Finlandia de 2009. El Ne bis in idem pretende impedir que el Estado multiplique las consecuencias sancionadoras derivadas de un solo hecho, o rescate un hecho previamente sancionado para imponer una nueva sanción. Contiene un Excursus sobre la dudosa constitucionalidad de los exámenes tipo test con merma por respuestas erróneas.

¿QUÉ ES EL DERECHO GLOBAL? (DOMINGO OSLÉ, RAFAEL)

En este ensayo, galardonado con el premio Rafael Martínez Emperador del Consejo General del Poder Judicial, el autor traza las líneas maestras de lo que él considera ha de ser el nuevo Derecho global, superador del Derecho internacional moderno y del Derecho de gentes antiguo. Tras una exposición histórica, en la que deja constancia de que ?a cada época corresponde su Derecho?, se señalan los principios informadores de este incipiente sistema jurídico, propio de la sociedad globalizada en la que vivimos. Rafael Domingo Oslé es catedrático de Derecho romano de la Universidad de Navarra, de cuya Facultad de Derecho fue Decano. Director de la Cátedra Garrigues de Derecho Global, presidente de la Fundación Maiestas y director para Europa del Gertrude Ryan Law Observatory, también coordina desde su fundación The Global Law Collection de Thomson Aranzadi, en la que ha publicado cinco obrasEn este ensayo, galardonado con el premio Rafael Martínez Emperador del Consejo General del Poder Judicial, el autor traza las líneas maestras de lo que él considera ha de ser el nuevo Derecho global, superador del Derecho internacional moderno y del Derecho de gentes antiguo. Tras una exposición histórica, en la que deja constancia de que ?a cada época corresponde su Derecho?, se señalan los principios informadores de este incipiente sistema jurídico, propio de la sociedad globalizada en la que vivimos. Rafael Domingo Oslé es catedrático de Derecho romano de la Universidad de Navarra, de cuya Facultad de Derecho fue Decano. Director de la Cátedra Garrigues de Derecho Global, presidente de la Fundación Maiestas y director para Europa del Gertrude Ryan Law Observatory, también coordina desde su fundación The Global Law Collection de Thomson Aranzadi, en la que ha publicado cinco obras.