El estudio se estructura en dos partes. La primera propiamente de Derecho Romano, en la que, se pretende hacer referencia a los modos de gestión directa de los servicios públicos en aquel derecho, y en especial, en el ámbito municipal. Se hace especial h
El origen histórico-jurídico de toda regulación minera hay que situarlo en la jurisprudencia clásica, concretamente en la del periodo Severiano. De la misma forma puede inferirse con claridad el concepto jurídico indeterminado de interés público. Así, la
El Derecho penal romano de Contardo Ferrini constituye un libro clásico e ineludible para el conocimiento del Derecho penal en la época romana, el cual por supuesto no aparece solo o únicamente en el Digesto, sino que se desarrolla a través de doce siglos en los que ha habido una clara evolución con notables cambios. Por eso, Ferrini en esta obra examina, desde luego, el Corpus iuris civilis, pero también acude a numerosas otras fuentes en las que se refleja el Derecho, ya sean textos legales o libros de autores, poemas, etc. El resultado constituye una obra de un gran rigor intelectual. El libro diferencia netamente dos partes; por un lado, elabora una parte general, en la que describe las cuestiones referentes al elemento objetivo y subjetivo, la relación causal, las atenuantes, las agravantes, el concurso de personas en el delito, etc. Por otro lado, expone la parte especial, donde distingue entre los delitos privados y los delitos públicos; dentro de los primeros, se refiere al hurto, el robo, iniuria y el daño; y, dentro de los segundos, al crimen maiestatis, los delitos contra las buenas costumbres, el crimen vis, el homicidio, el parricidio, la falsedad, el repetundae, el crimen annonae, el peculatus, el ambitus y termina con el delito de plagio. La lectura de este magnífico libro nos proporciona una visión exacta y profunda de lo que era el Derecho penal romano y nos permite conocer cuánto del actual Derecho penal procede del de entonces y la gran influencia que aquel ha tenido en la formación de este.
Como es sabido, la ciencia del Derecho Privado se refiere a la confusión en dos materias claramente distintas: en la doctrina de los modos originarios de adquirir la propiedad y en el campo de la extinción de las relaciones jurídicas siendo en este últim
El presente libro estudia la figura de los magos en el mundo greco-romano, con especial atención a los autores de las recetas que se recopilaron en el conjunto que conocemos como papiros mágicos griegos, copiados en el Egipto de la época imperial roman
En el libro se explica de manera clara y concisa, y siempre en clave histórica, todo el proceso de formación de un ordenamiento jurídico. Y es que hace más de 2000 años Roma descubrió para la humanidad una cultura jurídica común que se expresa en una lengua universal y que sirve a la justicia material. Es el arte de lo bueno y de lo justo. Y hoy Europa precisa de este modelo en la construcción de una realidad jurídica plurinacional. Y no solo Europa, también en Latinoamérica y en no pocos países asiáticos como Japón y China, emerge con fuerza el casuismo jurídico romano. El libro es un ensayo histórico que da buena cuenta de la excelencia intelectual de la jurisprudencia romana en la resolución de conflictos, y además enseña las singulares habilidades de los juristas en la realización de la justicia en cada una de sus obras de arte, un arte innovador que da tutela judicial efectiva a los ciudadanos. El formato del libro es francamente original: en el encabezamiento de capítulos y epígrafes aparecen uno o varios textos que sirven a la explicación teórica de la materia abordada, y también a la exégesis de los mismos para las clases prácticas. Y como docencia e investigación deben recorrer caminos paralelos con muchos puntos de encuentro, la autora ha vertido en el libro las principales conclusiones a las que ha llegado en sus publicaciones científicas sobre materias claves del ordenamiento jurídico. Y además como filóloga ha escrito la historia retrospectiva de las palabras que hoy usamos todos los juristas. En esta segunda edición se incluyen tres relatos cortos a modo de Epílogo, en los que la autora narra en el escenario social jurídico de la República historias de ayer y de hoy. Amelia Castresana es catedrática de Derecho romano de la Universidad de Salamanca.
En los estudios introductorios de Derecho Romano es frecuente que se plantee una separación entre los aspectos históricos e institucionales, presentados en tratamientos independientes. Asimismo, resulta también habitual que no se preste una atención específica a los primeros momentos de la historia del ordenamiento jurídico romano. No obstante, lo que podemos saber sobre esa época genética o primordial ha de ser considerado de extrema importancia para comprender todo el desarrollo histórico-jurídico posterior. Por otra parte, sin distinguir entre lo que cabe denominar Derecho Romano primitivo y Derecho Romano arcaico se hace muy difícil plantear un cuadro suficiente de los primeros desarrollos de esta génesis de un ordenamiento tan alejado en el tiempo. En la obra se plantea precisamente una reflexión acerca de esta materia poniendo como eje el momento de la fundación de la Ciudad a mediados del siglo VIII a.C. y presentando una síntesis del contexto histórico -prehistórico- en el que se produce la constitución de la Urbe como forma estatal, a partir del grupo étnico de los latinos de la Italia central, una sociedad basada en la mutua e igualitaria vinculación de grupos extensos de parentesco. A este análisis histórico se acompaña una interpretación de las categorías fundamentales de la antropología jurídica romana describiendo las líneas de evolución que llevan hasta la original creación del concepto de persona. Pensamos que las reflexiones contenidas en este libro pueden contribuir a una mejor compresión de los principios esenciales que sirvieron de presupuesto a la experiencia jurídica en Roma.
ÍNDICE (Resumen): Nota preliminar, por Javier Paricio. Matteo Marrone uomo scienziato professore, por Vincenzo Giuffrè. Ai miei maestri, por Matteo Marrone. Scritti giuridici. Problemi di responsabilità del debitore nel regime dellindebito: dal diritto romano ai codici italiani. Eccezione di dolo generale ed eventi sopravvenuti alla litis contestatio. Ritorno a D. 10.4.11.1 (Ulp. 24 ad ed.): a proposito di locus exhibitionis. Su rivendica e azione negatoria di usufrutto. Contributo allanalisi di D. 39.6.42pr. (Papin. 13 resp.). Riflessioni in tema di giudicato. Lautorità del giudicato e Cicerone. Sulla c. d. funzione positiva dellexceptio rei iudicatae. Alieno nomine agere e terzi nel processo romano. Dominus litis. Per il centenario degli Annali del Seminario Giuridico dellUniversità di Palermo. Intervento al Convegno su «Fondamenti del diritto europeo». IN MEMORIAM. Bernardo Albanese (Palermo, 19 maggio 1921 - 14 ottobre 2004). Ricordi di Bernardo Albanese. Gaetano Mancuso (Roma 29 settembre 1937 - Palermo 31 maggio 2007).
Reconocidos profesores de Derecho romano de toda la geografía española, cincuenta y cinco de veintiocho universidades, han colaborado en la creación de estos materiales, que pretenden ser un instrumento flexible, útil a la enseñanza-aprendizaje, y abiert
Somos memoria. Memoria personal y memoria colectiva. Y dentro de esa memoria, Sócrates se alza como un recuerdo inexpugnable, como una voz que nos ayuda a seguir siendo lo que creemos ser: hombres que abrazamos la verdad en la razón y no en el mito o en