El PROTOCOLO CONCURSAL no es una obra al uso, como tampoco lo es un concurso. El concurso es más que normas jurídicas y resoluciones judiciales. Adquiere vida propia tras su declaración y no se sujeta a esquemas fijos. Un concurso no da tregua. Requiere audacia, imaginación y soluciones inmediatas. En el concurso el tiempo se traduce en pérdidas. ¿Quién no ha visto defraudadas sus expectativas al no encontrar en un manual o tratado tradicionales la solución a su problema? El PROTOCOLO CONCURSAL no defrauda: da cuanto promete. El PROTOCOLO CONCURSAL ofrece algo distinto a las obras tradicionales: respuestas. En concreto, más de 400, en las que, por encima de todo, prima la visión práctica de su autor, Alfonso Muñoz Paredes, Especialista del CGPJ, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Oviedo. El PROTOCOLO CONCURSAL condensa la experiencia adquirida por el autor en la tramitación de cientos de procedimientos concursales. En el PROTOCOLO CONCURSAL no han preocupado las construcciones doctrinales, ni aquellas cuestiones que raramente se plantean a lo largo de un concurso. Una mera lectura de su índice revela claramente cuál es su propósito: ser el libro de cabecera de quienes, como administradores concursales, concursados o deudores se ven inmersos en el complejo mundo concursal. Su estructura, especialmente novedosa, responde al esquema pregunta-respuesta, lo que facilita al lector una solución rápida a su problema. Sin rodeos ni pérdidas de tiempo. El PROTOCOLO CONCURSAL abarca todo el procedimiento concursal, desde su declaración hasta la conclusión, incluidos los mecanismos de refinanciación. Todo ello con un lenguaje claro y directo. El PROTOCOLO CONCURSAL presenta un último valor añadido: la inclusión de cientos de resoluciones judiciales inéditas, no presentes en ninguna base de datos, y, por ello, desconocidas para el profesional. Por eso es una herramienta fundamental para abogados, economistas, titulados mercantiles, auditores o censores jurados de cuentas. En definitiva, la obra de referencia para moverse con soltura en el complejo mundo concursal.
Este título se encuentra dentro de la colección "Códigos electrónicos". Los títulos de la colección pretenden abarcar todas las ramas del derecho y se ofrecen tanto en formato electrónico como en soporte papel.;Todos los códigos electrónicos, y éste en particular, se encuentran permanentemente actualizados en la página del BOE (www.boe.es/legislacion/codigos/). Las personas que lo deseen pueden recibir un correo electrónico que les avise sobre cualquier modificación que tenga el código en el futuro y acceder a la descarga de la nueva versión. Para ello basta con registrarse gratuitamente en los servicios del BOE a la Carta (www.boe.es/a_la_carta/).
This English edition, produced some 15 years after the first Spanish edition, has become the text book of reference for lawyers working in M&A in Spain. It is without doubt the reference book on the subject most often quoted, both by authors, as well as in the Courts and in Arbitrations. This has meant that the book has been gaining importance throughout the Spanish-speaking world, and this in turn has created an additional demand on the editor for an equivalent English-language text. This new English version therefore aims to offer a first-class guide to English-speaking professionals operating in M&A providing them with the same level of practical support. More than offering a pure translation, this English edition is an adaptation of the work including an update on the key subject areas which have been most affected by the legislature since the last Spanish version in 2013. Particular attention has been given to the new regimes applying to Spanish law on tax, insolvency and business restructuring.
Unidad de Mercado tiene por finalidad esencial establecer las disposiciones necesarias para hacer efectivo el principio de unidad de mercado en el territorio nacional consagrado en la Constitución. En particular, tiene por objeto garantizar la libertad de empresa, la integridad del orden económico y facilitar el aprovechamiento de economías de escala y alcance del mercado mediante el libre acceso, ejercicio y la expansión de las actividades económicas en todo el territorio nacional, garantizando su adecuada supervisión. En el presente Libro se aborda el estudio de los diversos aspectos que regula la Ley 20/2013, desde los principios que sirven para garantizar la unidad de mercado a los distintos mecanismos jurídicos de naturaleza jurídico-pública que sirven para hacer efectiva la unidad de mercado.
Una gran obra dirigida a el mundo de los profesionales del Derecho (Magistratura, Abogacía, Notariado, Registros, mediadores institucionales, etc.). Esta segunda edición ha resultado más extensa de lo que, a primera vista, pudiera parecer. Así ha sucedido en razón, sin duda a las múltiples novedades legislativas que se han producido en el último lustro. Sirvan como ejemplo, sin ánimo exhaustivo y por lo que a este tomo se refiere, la incorporación de los antiguos Corredores de Comercio al cuerpo de los Notarios; la promulgación de una nueva Ley de marcas; la recreación de la magistratura mercantil, tras un siglo y medio de inexistencia, coincidiendo con la también nueva legislación sobre arbitraje, circunstancias éstas, que se ha inducido a incorporar un nuevo Capítulo para el tema de la resolución procesal de los conflictos mercantiles; las reformas de relieve en la normativa sobre contabilidad empresarial, en el permanente deseo del legislador de encomendar a las cuentas anuales la azarosa tarea de reflejar la imagen fiel de la organización y la actividad empresarial; la nueva legislación sobre sociedades que cotizan en Bolsa, tan distintas de las llamadas sociedades cerradas y con una concesión al Derecho anglosajón, en el que esta distinción tiene su asiento; la incorporación como variante de la sociedad limitada, de la llamada «nueva empresa», todavía no suficientemente difundida, mecanismo con el que se pretende que ?permítase la imagen literaria? una organización empresarial pase «en horas veinticuatro» del mundo de los proyectos al teatro de las operaciones. Estas modificaciones legales y otras de menor entidad que nos ha deparado el quinquenio, se hallan incorporadas en esta nueva edición, junto con la ordenación actualizada de las referencias bibliografícas. En este obra consideramos las necesidades y aspiraciones de profesionales, que demandan consideraciones más precisas y datos más completos. Por eso este tomo gana algo de volumen para hacerse eco de alguna posición científica o polémica doctrinal relevantes o para citar alguna tendencia jurisprudencial con indicación de las sentencias que la sustentan. Es una obra general de primer nivel de profundidad, aunque intentemos suministrar pautas y materiales para un estudio más minucioso de cada una de las instituciones objeto de consideración. En el fondo permanecemos en la idea primera: sugerir al lector el camino que consideramos más acertado y transitable para adentrarse en el contenido institucional de la disciplina, dejándolo para que sea él quien lo recorra hasta el lugar en que la necesidad o la curiosidad le aconsejen. Por lo demás, no puede faltar en la presentación de la obra una respetuosa alusión a la figura de ese coautor e inspirador que fue el maestro, tanto del Derecho como del vivir, Rodrigo URÍA, es por ello la aparición de su nombre como coautor, y sobre todo, codirector de la obra.
THOMSON REUTERS ARANZADI publica en dos volúmenes la 37ª edición de las «Instituciones de Derecho Mercantil», de la que son autores los Catedráticos de esta materia y Abogados Fernando Sánchez Calero y Juan Sánchez-Calero Guilarte. Se trata de una obra clásica que ofrece una visión actualizada del régimen jurídico sobre esta materia, da noticia de las aportaciones de nuestra doctrina mercantilista, así como de las más importantes sentencias de la Sala 1ª de nuestro Tribunal Supremo y de las resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Esta información actualizada hace que esta obra tenga, junto a su aspecto académico, un especial interés para nuestros Jueces y Tribunales al igual que para el mundo de la Abogacía. Todos ellos encuentran en las Instituciones la orientación básica que plantea la aplicación del Derecho mercantil a la vida real.
La presente obra aborda con extraordinaria profundidad jurídica el estudio de la usura en los contratos de préstamo y de crédito, así como las consecuencias del sobreendeudamiento derivado de los elevados tipos de interés. Del mismo modo, se acomete un pormenorizado análisis de los créditos al consumo denominados revolving (préstamos o tarjetas), cuya litigiosidad se ha multiplicado en los últimos años. Se analiza en detalle la posible abusividad de esta tipología de créditos, partiendo de la jurisprudencia de referencia en la materia, a partir de la STS de 25 de noviembre de 2015. En definitiva, la obra pretende dotar al operador jurídico de una herramienta de apoyo a la hora de abordar este controvertido frente judicial en materia de consumo.
Esta obra contiene una específica y exhaustiva definición y visión aplicativa de la ejecución laboral separada, en su origen, con la reforma concursal y en el momento presente, institución concursal consistente en la indiferencia de la ejecución singular del orden jurisdiccional de lo social ante la declaración del concurso contra los bienes del concursado en determinadas condiciones, con lo que se exceptúa el efecto natural de dicha declaración, de paralización de los procesos de ejecución singular. Esta institución no tiene un equivalente en el Derecho comparado de la insolvencia, y ha conocido en Derecho español durante un cuarto de siglo un ámbito muy extenso aunque vinculado a la naturaleza del crédito y sus privilegios, mientras que desde la reforma concursal se reduce grandemente la extensión por presupuestos temporales con vinculación a la naturaleza de los bienes embargados de cara a la conservación de la actividad del deudor. La evolución ha sido de identificación con la ejecución administrativa separada, tradicionalmente ligada a un presupuesto temporal, en la que se introduce como novedoso esa consideración del concepto del bien embargado, necesario para la continuidad. Esta excepción legal, común actualmente a la ejecución laboral y a la de la Recaudación, se conceptúa como salvedad de la vis attractiva concursus de carácter ejecutivo. Por ello, el estudio de los requisitos en la norma y la jurisprudencia, así como los mecanismos de control en su dinámica, son semejantes a los del apremio separado de la Recaudación, y ahí el subtítulo de la obra. La utilización irregular, en realidad se ha producido en este ámbito administrativo. En todo caso, el empleo regular de esta ejecución separada altera sin justificación los órdenes de pago del crédito en los procedimientos concursales, y aquí se formulan propuestas que mejoran la solución clásica.