Este libro está dirigido a interesados en conocer y acercarse a la Antropología Ambiental desde la perspectiva de las migraciones en el ámbito de la seguridad y la sostenibilidad. Los aspectos antropológicos y ambientales son inmensos ámbitos y conforman un extraordinario campo de estudio, investigación y reflexión. Subyace constantemente la compleja, mutua y recíproca influencia entre los actores de la trama de relaciones. La Antropología Ambiental interpreta, estudia y analiza la trama de relaciones desde un enfoque global profundamente enraizado en la interdisciplinariedad y transversalidad científica, donde Naturaleza y cultura mutuamente seinfluyen, condicionan, determinan y limitan.
La presente obra se divide en siete claras y nítidas partes (Capítulos), que se corresponden, en su estructura y contenido, con los Títulos homónimos en que igualmente se divide la vigente Ley 22/2011, de 28 de Julio, de Residuos y Suelos Contaminados. Las Disposiciones Adicionales, Transitorias, Derogatoria y Finales con que cuenta dicha norma, así como los múltiples Anexos que acompañan a la misma, han sido integrados en cada uno de los Capítulos, atendiendo a su relación, amén de oportunidad y conveniencia, con cada uno de ellos, al considerar que desde un punto de vista metodológico y sistemático, esta era para el lector la mejor de las soluciones posibles. Partiendo de tal estructura hemos pretendido desde un principio y creemos haber logrado finalmente, completar un vacío existente sobre tal materia, al ser esta la primera obra que como Comentario Sistemático se lleva a cabo sobre la vigente Ley 22/2011, de 28 de Julio, de Residuos y Suelos Contaminados. Del mismo modo, consideramos que hemos alcanzado el objetivo de acercar tan importante y transcendente materia, desde el contenido didáctico, no exento de rigurosidad y profundidad, tanto al público en general, como a los estudiosos y eruditos de tal temática, y dentro de esta, en particular, los aspectos más novedosos y vanguardistas que comporta, a la vez que todas aquellas cuestiones controvertidas o problemáticas, que desde antaño, o en la actualidad, se suscitan en torno a la misma, que, como es sabido, integra y por méritos propios, se erige, en pieza esencial del Derecho Medioambiental.
Adaptado a: Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad Directrices comunitarias sobre ayudas estatales a favor del medio ambiente, publicadas en el DOUE 82/1, de 1 de abril de 2008 Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector p£blico Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protecci¢n de la atm¢sfera Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural Real Decreto 1370/2006, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignaci¢n de derechos de emisi¢n de gases de efecto invernadero, 2008-2012, modificado por el Real Decreto 1030/2007, de 20 de julio y por el Real Decreto 1402/2007, de 29 de octubre Real Decreto 1031/2007, de 20 de julio, por el que se desarrolla el marco de participaci¢n en los mecanismos de flexibilidad del Protocolo de Kioto Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura org nica b sica de los departamentos ministeriales Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura org nica b sica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
Pronto hará veinte años desde que se definió, de forma oficial, el concepto de desarrollo sostenible. En este intervalo de tiempo que ha transcurrido desde el Informe Brundtland hay quién ha contabilizado más de doscientas interpretaciones distintas del término; para unos se trata de una perogrullada, un cliché, una frase hecha y hasta un engaño. Para otros, es útil porque define una filosofía y se ha conseguido que el desarrollo sostenible se convierta en un objetivo planetario al que, en la actualidad, se han adherido prácticamente todos los países porque, es bien cierto, nadie puede estar en contra de una idea de naturaleza intrínseca tan positivista: el desarrollo sin degradación. El problema de fondo radica en si, en general, los gobiernos de todo el mundo, incluyendo autoridades regionales y locales, son conscientes de a qué se han comprometido y a que se comprometen. Porque el desarrollo sostenible, además de partir de valores y prioridades distintas a la planificación económica tradicional, se mueve en horizontes temporales y espaciales muy diferentes. Esta publicación tiene por finalidad profundizar en estas cuestiones. En primer lugar, trata de aclarar el concepto, su evolución y los sistemas de medición alternativos y propios del desarrollo sostenible, centrándose en la huella ecológica como indicador sintético de sostenibilidad fuerte para, a continuación, proceder a su cálculo y aplicación, por vez primera, a la comunidad gallega. La segunda parte ofrece explicaciones alternativas a los resultados, tanto desde un punto de vista estructural como de gestión energética, culminando con un análisis de las políticas económicas medioambientales actuales y las perspectivas de futuro ante la inminente aplicación del Protocolo de Kioto.