Derecho Internacional



DESAPARICIONES FORZADAS DE NIÑOS EN EUROPA Y LATINOAMÉRICA . DEL CONVENIO DE LA ONU A LAS BÚSQUEDAS A TRAVÉS DEL ADN (LÓPEZ ORTEGA, JUAN JOSÉ)
Los análisis genéticos y el convenio de la ONU contra las desa­pariciones forzadas son dos poderosas herramientas que per­miten esclarecer los orígenes biológicos y luchar contra el robo de bebés y las desapariciones forzadas de niños. Estos delitos, de una gravedad manifiesta, requieren ser examinados desde sus vertientes jurídica, filosófica, política y bioética, porque, ante una situación tan compleja y que afecta a tantas personas, una so­ciedad responsable está obligada a tomar medidas. El presente libro, que analiza estas cuestiones tanto en el contexto europeo como en el latinoamericano, es obra de especialistas vinculados a las instituciones y los comités más representativos en la materia.

EL CONTROL IUSFUNDAMENTAL DE LOS ACTOS LEGISLATIVOS DE LA UNIÓN EUROPEA. . UNA APROXIMACIÓN DESDE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA. (MARINAS SUÁREZ, DUNIA)
Es de sobra conocida la dilatada jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de derechos fundamentales. Muchos son los estudios que se le han dedicado a la misma. No obstante, hasta la fecha apenas ha habido sentencias en las que actos tales como Reglamentos o Directivas fueran invalidados por vulneración de derechos fundamentales. Este dato, lejos de ser anecdótico permitiría abordar la quaestio de los derechos fundamentales desde otro punto de vista y preguntarnos sobre la propia función tuteladora del Tribunal de Luxemburgo y su naturaleza constitucional a la hora de verificar el respeto de los derechos fundamentales por las propias instituciones europeas. No cabe duda que ahora que la Carta Europea de Derechos Fundamentales tiene plenos efectos jurídicos tras su incorporación al Derecho originario, resulta un elemento muy importante a la hora de entender la centralidad de los derechos fundamentales en el proceso de integración, y podría servir para entrever el futuro del control iusfundamental de los actos legislativos de la Unión Europea.

EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA COMO LÍMITE AL SISTEMA DE FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS (BLANCO GARCÍA, ALVARO JESÚS DEL)
La adhesión de España en la Unión Europea ha implicado una importante cesión de soberanía nacional en muchas materias. En este sentido, los artículos 3 y 4 del Tratado de Funcionamiento de la UE, delimitan los ámbitos en los que la UE tiene competencia exclusiva y aquellos en los que la misma es compartida. De lo anterior se infiere que la fiscalidad es competencia de los gobiernos nacionales. Sin embargo, esta aseveración no puede ser tomada en sentido estricto por varias razones. En primer lugar, porque la imposición indirecta se encuentra armonizada. El artículo 113 del TFUE otorga a la UE la facultad de adoptar disposiciones de armonización en materia de fiscalidad indirecta cuando sea imprescindible o necesario para el correcto funcionamiento del mercado interior. En segundo lugar, porque el Tratado y el TJUE exigen a los EEMM que ejerzan esa competencia sin crear obstáculos al ejercicio de las libertades que definen el mercado interior, es decir, en principio, los EEMM no pueden adoptar medidas que vulneren la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. Esta circunstancia implica una importante restricción a la potestad tributaria de los EEMM al no poder aprobar medidas que supongan una vulneración de las citadas libertades. En tercer lugar, el concepto amplio que el TJUE ha establecido sobre ayudas de Estado, origina que muchos beneficios fiscales aprobados por los EEMM puedan ser considerados como tales y, por tanto, contrarios al Tratado. Por último, la UE también puede adoptar Directivas en el ámbito de la fiscalidad directa, si tenemos en cuenta lo establecido en el artículo 115 del Tratado. Con ello, vemos como la potestad tributaria de los gobiernos nacionales se encuentra ampliamente limitada por el Derecho de la UE. Esta limitación abarca a los distintos niveles territoriales de los EEMM con potestad tributaria y, por ende, también a las CCAA. El impacto del Derecho de la UE en la potestad tributaria autonómica está cobrando cada vez más importancia a medida que el proceso de descentralización de las AAPP españolas ha ido avanzando. Esto se debe a la corresponsabilidad fiscal, es decir, con la finalidad de que las CCAA sean más responsables en sus políticas de gasto, en los últimos años se le ha atribuido a las CCAA un mayor grado de competencias en materia tributaria vinculadas a las cada vez mayores competencias de gasto asumidas. Las diversas reformas llevadas a cabo en el sistema de financiación autonómica han permitido dotar a las CCAA de mayores competencias tributarias pero sin tener en cuenta el Derecho de la Unión Europea. El actual modelo de financiación autonómica permite a las CCAA ejercer competencias sobre elementos tributarios cuya aprobación provoca conflictos e incluso vulnera el Derecho de la Unión Europea. Esta situación obliga a los legisladores (tanto nacionales como subnacionales) ha diseñar un nuevo modelo de financiación autonómica que respecte el marco normativo de la UE sin eliminar los principios informadores de la financiación autonómica, como son, el principio de autonomía financiera, el principio de suficiencia financiera, el principio de corresponsabilidad fiscal, el principio de solidaridad interterritorial y el principio de lealtad institucional. El próximo sistema de financiación autonómica deberá diseñarse atendiendo a los límites marcados por el Derecho de la UE, que como hemos comentado son, la armonización fiscal, las libertades comunitarias, la prohibición de ayudas de Estado y, en menor medida, el código de conducta sobre fiscalidad de empresas. Además, deberán articularse procedimientos y mecanismos que aborden los problemas derivados del incumplimiento del Derecho de la UE, como por ejemplo, la delimitación del ente territorial responsable.

EN LOS LÍMITES DE LA EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL . EL CASO «JAKOB VON METZLER» Y EL EMPLEO DE LA TORTURA EN EL ESTADO DE DERECHO (CANO PAÑOS, MIGUEL ÁNGEL)
La tortura constituye sin duda una conducta delictiva que resulta incompatible con los estándares que caracterizan al Estado social y democrático de Derecho vigente en la amplia mayoría de las democracias occidentales. Dicha violencia física o psicológica infligida por representantes del poder estatal constituye no sólo un ilícito penal según los Textos punitivos internos, sino que, al mismo tiempo, contraviene la normativa internacional aprobada en la materia a lo largo de las últimas décadas. Sin embargo, la evolución cuantitativa y, sobre todo, cualitativa producida en determinados ámbitos de criminalidad, incluyendo la violencia terrorista, ha hecho que en no pocos países democráticos se haya discutido sobre la eventual legitimidad de la denominada «tortura de rescate», a saber, aquellos casos en los que las partes implicadas no se reducen únicamente al torturador y al destinatario de la violencia estatal, sino que más bien cabe hablar de una constelación triangular, en la cual hay que incluir también a la víctima cuya vida se encuentra en serio peligro debido a la acción cometida por la persona detenida, destinataria directa de la tortura. Teniendo en cuenta estos precedentes teóricos, el objetivo del siguiente trabajo se centra en analizar la posible justificación de la «tortura de rescate» a partir del legendario caso «Jakob von Metzler», ocurrido en Alemania en el año 2002. Para ello, el análisis va mucho más allá de una perspectiva exclusivamente jurídico-penal, abordando más bien la problemática desde aspectos tan diversos –a la vez que relevantes– como son la Criminología, la Ética, el Derecho internacional, el Derecho policial o el Derecho constitucional. Miguel Ángel Cano Paños es Profesor Titular de Derecho Penal y Criminología en la Universidad de Granada. Tras la Licenciatura en Derecho y la Diplomatura en Criminología en la Universidad de Barcelona, Caño Paños se trasladó en el año 1996 a la Universidad de Münster (Alemania), donde realizó un Máster en Derecho Penal bajo la dirección científica de Eberhard Struensee. Posteriormente, en el año 1999 se trasladó a la Universidad de Potsdam (Alemania), con el objetivo de realizar la tesis doctoral en Derecho Penal, dirigida esta vez por Wolfgang Mitsch, concluyéndola con éxito en el año 2003. Tras varias estancias postdoctorales en varios países extranjeros, Cano Paños regresó a España en el año 2008 tras haber obtenido un contrato Ramón y Cajal, siendo su destino la Universidad de Granada, donde obtuvo su plaza de Profesor Titular de Universidad en el año 2014. Posteriormente, en el año 2015 obtuvo su doctorado en Criminología en la Universidad de Murcia, siendo su tesis dirigida por Jesús Barquín Sanz. Los ámbitos de investigación de Cano Paños se centran fundamentalmente en temáticas vinculadas tanto al Derecho Penal como la Criminología, debiendo destacarse la delincuencia terrorista, el crimen organizado, las consecuencias jurídicas del delito, el Derecho penitenciario, las teorías de la criminalidad o la delincuencia juvenil y el Derecho penal de menores. En este sentido, Cano Paños cuenta con numerosas publicaciones, tanto en España como en otros países, debiendo destacarse sus monografías El futuro del Derecho Penal Juvenil Europeo (2006), Generación Yihad: La radicalización islamista de los jóvenes musulmanes en Europa (2010) o Régimen penitenciario de los terroristas en España. La prisión como arma para combatir a ETA (2012).

A HUMAN RIGHTS-BASED APPROACH IN HIGHER EDUCATION (PAPEL + E-BOOK) . A COMPARATIVE STUDY OF EUROPE AND THE MAGHREB (ABDELLATIF MAMI, NAOUEL / BEN LAGHA, FATEN / BRUNELLI, MICHELLE / COMBALÍA SOLÍS, ZOILA / EL OUAZZANI, ABDESSALAM / FERREIRO, JUAN / HOUFAIDI SETTAR, JAMILA / KATRAMI, PARESH / MOUELHI, ABDESSATAR /)
The International community has expressed, with a growing consensus, that education in human rights contributes positively to their implementation. Consistent with this objective, on the 10th of December 2004, the United Nations General Assembly announced the World Programme for Human Rights Education. Higher education represents one of the two priority areas within the second phase of this global programme. Through its basic functions (research, teaching and the provision of community services), higher education institutions carry out the social responsibility of providing ethical education to citizens committed to peace building and defending human rights and democratic values. In addition, they are also committed to generating global knowledge to face the current challenges of human rights, such as eradicating poverty and discrimination, post-conflict reconstruction, sustainable development and multi-cultural understanding. However, most university institutions pay little attention to this issue and in very few cases are these objectives included in the concept of quality education. This work is the result of a European Project TEMPUS Approche basée sur des droits dans l'enseignement supérieur au Maghreb (Human rights-based approach to higher education in the Maghreb - ABDEM). The project intends to contribute to enrich higher education programmes in the Maghreb region by introducing a human rights-based approach. This perspective, which is very new in all the countries, introduces considerable progress in the university institution as it intends to generate new impetus in society, that can promote democratisation and the adoption of human rights within cultural and social-political contexts in the Maghreb, from the standpoint of training, management and governance of the university institutions. This work addresses a balance of the twelve European and Maghreb institutions that participate in the project, using a new tool that consists of the construction and selection of a group of indicators. Regarding the assessment tool, indicators are devised as an input to provide knowledge and evidence in matters such as performance and good practices for decision makers in the field of Higher Education, both at the corresponding national and individual university level. As such, the indicators should contribute, not just to assess interventions, but also to provide an aggregate value so the processes leading to decisions that contribute to improving current and future activities, projects, programmes, strategies and politics linked to the integration of the Human Rights-based Approach in Higher Education.

LA POLÍTICA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE DERECHO DE LAS INVERSIONES INTERNACIONALES . EU POLICY ON INTERNATIONAL INVESTMENT LAW (FACH GÓMEZ, KATIA)
La política de la Unión Europea en materia de derecho de las inversiones internacionales es un tema jurídico multidisciplinar. En su apasionante estudio confluyen el derecho comunitario, el derecho internacional, el derecho económico internacional y el derecho procesal internacional, entre otros. Todas estas facetas están presentes en esta obra colectiva, elaborada por un selecto conjunto de académicos españoles y extranjeros expertos en las referidas materias. El resultado es un trabajo científico muy cuidado, que aborda un tema novedoso y con gran proyección de futuro. The European Union's policy on international investment law is a multi-disciplinary legal topic. EU law, international law, international economic law and international procedural law, among others, come together in this captivating study. These facets are present in this collective work, which brings together a select group of Spanish and international scholarly experts. The result is a thorough scientific work, which tackles a novel subject with a great future ahead.

DERECHO INTERNACIONAL (CASADO RAIGÓN, RAFAEL)
Concebido para la enseñanza en el Espacio Europeo de Educación Superior y adaptado a las exigencias del Grado en Derecho, este libro constituye una síntesis de la evolución histórica, estructura, dinámica y funciones del Derecho internacional. Para el trabajo y el estudio, se ofrece al alumno de la asignatura de Derecho internacional público una clara y sistemática exposición de sus principales conceptos, instituciones y problemas. El autor, Rafael Casado Raigón, es Catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales y Titular de la Cátedra Jean Monnet de Derecho Europeo del Mar (UE). Ha sido Decano de la Facultad de Derecho de Córdoba, presidente de la Association internationale du droit de la mer y vicepresidente de la Asociación Española de Profesores de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales.