Derecho internacional público



LA DIMENSIÓN EXTERIOR DE UNASUR . INSTRUMENTO DE LA ACCIÓN CONCERTADA DE LOS ESTADOS SUDAMERICANOS (VACAS FERNÁNDEZ, FÉLIX / RODRÍGUEZ BARRIGÓN, JUAN MANUEL)
En los inicios del siglo XXI la integración no es ya una opción ideológica sino una auténtica necesidad objetiva si se pretende mantener un cierto grado de autonomía, de presencia y de influencia en la gobernanza global en cualquiera de los ámbitos materiales a los que la Globalización afecta –que, no lo olvidemos, son todos-. América del Sur cuenta con los mimbres para construir un proceso de integración real y efectivo: coherencia geográfica, de valores y principios compartidos, de historia y cultura común, de necesidades e intereses convergentes cuando no complementarios. Y aunque la historia latinoamericana de los procesos de integración es pródiga en fracasos –lo que muestra con claridad que los obstáculos eran, y siguen siendo también hoy, formidables-, en la actualidad hay una diferencia que, paradójicamente si se quiere, puede, y debe, inclinar hacia el éxito el actual proceso integrador sudamericano iniciado en 2000: ésta ya no es una opción, sino una necesidad. La cuestión se plantea, de este modo, ya no en términos de oportunidad política, sino de eficacia o de construcción de los mejores instrumentos de integración posibles. Así las cosas, la cuestión es si UNASUR es el instrumento adecuado para llevar a buen fin la integración necesaria, también, o quizás, sobre todo, desde la perspectiva de su dimensión exterior en el doble sentido de alcanzar una capacidad de presencia y decisión en los foros internacionales acorde con la importancia objetiva de la región, sí; pero también –y esto no se puede olvidar, sobre todo y especialmente, en el caso que nos ocupa en el que el peso de la Historia es en este sentido tan abrumador- de mantener la recién adquirida autonomía de decisión, ad intra y ad extra, respecto a la tradicionalmente poderosísima influencia externa en la región.

DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Y DERECHOS HUMANOS . REFLEXIONES SOBRE EL CONFLICTO COLOMBIANO (FERNÁNDEZ LIESA, C.R.)
Este libro es una importante contribución al análisis del Derecho internacional humanitario y de los derechos humanos. Se centra en un caso concreto, el conflicto colombiano, que dura ya más de cinco décadas y es el más prolongado y uno de los más complejos del mundo. El gobierno colombiano y las FARC están ultimando un posible acuerdo de paz. Este libro es imprescindible para comprender el papel del Derecho en la solución de los conflictos. Es un importante análisis realizado por veinticuatro académicos y especialistas, procedentes de ambos lados del Atlántico. La estructura se divide en tres ejes. El primero aborda las cuestiones generales de cualquier conflicto internacional, las tipologías y los nuevos retos. El segundo profundiza en el régimen de protección y en los problemas de las víctimas, como los desplazados, los desaparecidos, los periodistas, las ejecuciones extrajudiciales etc... El tercero aborda el difícil equilibrio entre el olvido y la lucha contra la impunidad, en el marco de las negociaciones, el derecho a la verdad, la eficacia de las normas o el papel de los Tribunales internacionales. Es el resultado de un proyecto patrocinado por el MAEC, en el que han colaborado otras Instituciones públicas y privadas de ambos lados del Atlántico. Liderado por el Instituto de estudios internacionales y europeos Francisco de Vitoria de la Universidad Carlos III de Madrid, con la colaboración de la Universidad de Medellín, la Universidad del Norte de Colombia, la Universidad Rey Juan Carlos (Centro de estudios de Iberoamérica), la Universidad de la Habana (Facultad de Derecho), el Centro de Derecho humanitario de la Cruz Roja, así como otras organizaciones públicas y privadas.

SPECIFIC PERFORMANCE AS THE PREFERRED REMEDY IN COMPARATIVE LAW AND CISG (ADAME MARTÍNEZ, MIGUEL ÁNGEL)
The thesis uncovers the new international trend that favors specific performance as the preferred remedy for sale of goods, and identifies this trend in the options assumed by CISG. Underlying this trend there is a new paradigm in the field of remedies for the breach of contracts, defined by the combination of several ingredients, such as a conceptual redefinition of specific performance (including repair and replacement) and its inclusion as the first listed remedy within a catalogue of them, coupled with the elaboration of a set of limits and a reinforcement of the procedural mechanisms that guarantee its delivery. The trend is verifiable at the same time across all legal traditions, reshaping their traditional divide in the field. It is originated in the combination of several heterogeneous ingredients: the reassessment of the Holmesian Dictum or both the pacta sunt servanda and the nemo ad factum præcise cogi potest; the recognition for the need of a more cooperative and more balanced solution to the breach of the contract; and the lack of certainty in the definition of its leading alternative remedy, damages, both with regard to its an and to the quantum. The second main conclusion of this research is that CISG not only adheres to the trend that expands specific performance, but it was the international legal instrument that introduced it. CISG's regulation responds to two principles, the principle of conservation of the contract and the principle of equivalency of the conditions, both of which are better served by generalizing specific performance as the preferred remedy. CISG sets up a basic catalogue of general remedies in Article 45 plus a generous recognition of specific performance in Article 46, that expands the notion of specific performance to embrace repair and replacement. CISG also includes a set of limits to the remedy (inconsistency, impossibility, proportionality / reasonableness / onerosity, cure, type and nature of the obligation). The inclusion of the traditional approach that distinguishes between civil law and common law traditions through Article 28 in the last minute has not jeopardized the preference for specific performance in CISG.

EL DOCUMENTO PÚBLICO EXTRANJERO EN ESPAÑA Y EN LA UNIÓN EUROPEA . ESTUDIOS SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS Y EFECTOS DEL DOCUMENTO PÚBLICO (FONT I MAS, MARIA)
El aumento de movilidad transfronteriza de las personas y de las empresas, en especial en ámbito intraeuropeo teniendo en cuenta las libertades de circulación de la Unión Europea, plantea a los operadores jurídicos dudas respecto la validez y eficacia de los documentos públicos emitidos por la autoridad de un Estado que deben presentarse ante las autoridades de otro Estado. Dudas como: ¿inscribirá el registrador de la propiedad una escritura notarial extranjera? ¿qué valor probatorio tiene un certificado extranjero ante el Juez español? ¿el documento tiene que estar apostillado o está exento de cualquier forma de legalización? ¿es necesario el procedimiento de exequátur para ejecutar en otro Estado de la UE un documento público que ostenta fuerza ejecutiva en España? ¿qué validez tiene el recién introducido certificado sucesorio europeo? A menudo las respuestas no están suficientemente claras en la legislación y en la jurisprudencia españolas. Además es necesario congeniar el ordenamiento autónomo español con la normativa de fuente convencional y, especialmente, con la fuente europea incluidas las interpretaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El objetivo de esta obra colectiva es presentar las distintas situaciones jurídicas y administrativas ante las que se enfrentan los ciudadanos y las empresas, y con ellos sus abogados y notarios, así como los jueces y encargados de los registros, cuando tienen que aceptar y reconocer efectos a documentos públicos emitidos por autoridades de otros Estados. Para ello resulta necesario analizar cómo la legislación española regula la validez, la aceptación y el reconocimiento de efectos de los documentos públicos no judiciales extranjeros ante nuestras autoridades registrales, judiciales o administrativas, y comprobar cómo se aplica dicha normativa ante los órganos judiciales y autoridades españolas. Con este fin, resulta imprescindible desmenuzar analíticamente la normativa y las incesantes propuestas de Reglamentos que nos llegan de la Unión Europea que afectan, o substituyen nuestra legislación interna y que necesariamente el operador jurídico tendrá que conocer y aplicar.

SOBRE LA DIGNIDAD Y LOS PRINCIPIOS – ANÁLISIS DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE BIOÉTICA Y DERECHOS HUMANOS UNESCO (CASADO, MARÍA)
El concepto dignidad humana recorre por entero la Declaración sobre Bioética y Derechos Humanos, de la UNESCO, y está presente en todos los textos que los regulan. Por esta razón, desde el Observatorio de Bioética y Derecho y la Cátedra UNESCO de Bioética de la Universidad de Barcelona, hemos analizado dicho concepto, poniendo de relieve el carácter poliédrico, transversal, multicultural e impregnado de numerosos matices que encierra, en especial en lo que se refiere a la toma de decisiones en el campo de la sanidad y en la aplicación de las biotecnologías. El resultado es el presente libro, cuyo carácter de obra colectiva le otorga un especial relieve tanto por el reconocimiento profesional de sus autores -procedentes, por otra parte, de disciplinas intelectuales bien diversas- como por variada procedencia geográfica y cultural de los mismos.

LA CONSTITUCIÓN DE EUROPA (HABERMAS, JÜRGEN)
La persistente crisis financiera y la reacción falta de coraje y perspectiva de las élites políticas hacen temer un fracaso del proyecto histórico de construcción europea. Sin embargo, la arquitectónica a la vez supraestatal y democrática de la Unión Europea, fruto de una evolución jurídica sin precedentes, autoriza a pensar en una coordinación de las decisiones de los Estados de la unión monetaria que no obedezca al modelo, seguido hasta ahora, de un ejercicio intergubernamental y posdemocrático del poder. La Unión Europea del Tratado de Lisboa no está alejada de la forma de una democracia transnacional, pues se inscribe en un proceso de juridificación y civilización del poder estatal que posibilita la creación de capacidades de actuación política más allá de los Estados nacionales. El actual derrumbe de las ilusiones neoliberales ha promovido la comprensión de que los sistemas funcionales de la sociedad mundial (incluidos los mercados financieros) ya no pueden ser controlados individualmente por los Estados o por coaliciones de Estados. Como afirma Jürgen Habermas: «En cierto modo, la política como tal, la política en singular, se ve desafiada por esta necesidad de regulación: la comunidad internacional de Estados tiene que desarrollarse en el sentido de una comunidad cosmopolita de Estados y ciudadanos del mundo». El presente ensayo sobre la constitución de Europa va precedido por un estudio de la relación entre los derechos humanos y el concepto de dignidad humana en el que se muestra cómo la dinámica combativa de indignación, nacida de las experiencias de vulneración de la dignidad humana, impulsa la esperanza razonable de una institucionalización mundial de los derechos humanos.

TEXTOS NORMATIVOS DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (TORRES UGENA, NILA)
Como en ediciones anteriores, en la presente recopilación se recogen normas de Derecho Internacional Público vigentes en España, y normas de Derecho interno español de clara conexión con el ordenamiento jurídico internacional, plasmándose respecto de los textos recogidos cómo y con qué Estados España está vinculada internacionalmente. En esta decimotercera edición, en general, puesta al día a julio de 2012, se han actualizado, como se ha venido haciendo en las precedentes, los textos internacionales e internos recogidos, incluyendo múltiples referencias a otras disposiciones normativas en función de los compromisos internacionales e internos que va adquiriendo España. El Derecho de la Unión Europea con el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea figuran en las versiones consolidadas después de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el 1 de diciembre de 2009, recogiéndose igualmente la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Todo ello, amplía considerablemente la presente edición, completándola y enriqueciéndola, además de convertirla en una obra práctica de gran utilidad que se recomienda, fundamentalmente, a estudiantes, juristas en general, profesionales del Derecho o personas interesadas en las relaciones internacionales.

INSTITUCIONES DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (DIEZ DE VELASCO, MANUEL)
Para esta 18.ª edición se ha realizado una revisión y actualización de la obra en su conjunto, tanto de la parte general del Derecho Internacional Público, como de la mayoría de las Instituciones en concreto, lo que se refleja tanto en los diferentes capítulos, como en la bibliografía citada y en la complementaria, recogida en ella, además, la jurisprudencia de los distintos tribunales internacionales. De esta forma, se ha pretendido incorporar tanto los desarrollos normativos, como los jurisprudenciales y doctrinales habidos a lo largo de estos dos años. Por otro lado, debemos destacar el especial cuidado puesto en la revisión de cada uno de los capítulos del libro, incorporando los nuevos tratados concluidos, la práctica internacional jurídicamente relevante producida durante estos años y las últimas sentencias internacionales en interpretación de las normas internacionales. Igualmente se han actualizado los trabajos de las diversas instancias codificadoras del Derecho Internacional, en especial de la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas. Tampoco se ha olvidado la perspectiva española, no sólo haciendo referencia específica a los actos de manifestación del consentimiento de España en obligarse por los diversos tratados, sino incorporando también las nuevas normas tanto de la Unión Europea como del ordenamiento español relevantes en cada uno de los capítulos, así como la jurisprudencia de nuestros tribunales, recogiendo la práctica española más relevante en el ámbito de cada una de las Instituciones internacionales. Queremos poner también de relieve la utilidad de los Índices de Decisiones Judiciales, de materias y de autores, que hacen más fácil la utilización del libro que presentamos.

LA PREEMINENCIA DEL DERECHO EN EL DERECHO INTERNACIONAL (VILLEGAS DELGADO, CÉSAR)
Es un hecho notorio que la preocupación por promover la sumisión del poder público al Derecho y a la legalidad ha trascendido las fronteras nacionales. Desde mediados del Siglo XVIII es posible constatar la aplicación de ciertos principios liberales derivados de la Ilustración -como el Estado de Derecho y el Rule of Law- al análisis de las relaciones interestatales. Sin embargo, no sería sino hasta hace escasos años cuando el estudio de la sumisión del poder público al Derecho, desde un punto de vista estrictamente internacional, comenzaría a tomar impulso, convirtiéndose en un tema recurrente de estudio para la comunidad científica. En efecto, podemos identificar actualmente el empleo de términos tales como «International Rule of Law» o «Rule of Law among Nations», no sólo en la doctrina sino también en la práctica de algunas organizaciones internacionales, para enunciar el imperio de la ley en las relaciones internacionales. A pesar de ello, no existe consenso alguno en torno a su alcance y contenido. Con independencia de que dichas expresiones suelan ser utilizadas -generalmente- como sinónimos, lo cierto es que entre ambas existen apreciables diferencias que es preciso distinguir con rigor. En este libro se analiza particularmente la vertiente material o sustancial de la sumisión del poder público al Derecho en el ámbito internacional, a la que hemos denominado preeminencia del Derecho, que complementa al International Rule of Law defendido, desde una perspectiva eminentemente formal, por la mayor parte de la doctrina anglosajona. En este sentido, identificaremos los elementos estructurales de la preeminencia del Derecho en Derecho internacional para, posteriormente, elaborar una definición de este principio que nos permita determinar, además, su naturaleza jurídica.

EL BANCO MUNDIAL, EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL Y LOS DERECHOS HUMANOS (LÓPEZ-JACOISTE DÍAZ, EUGENIA)
En este mundo global, las instituciones financieras internacionales -en concreto, el Banco Mundial y el FMI- han adquirido un particular poder económico y político. Desde su creación en 1944, hasta nuestros días, estas instituciones han ido adaptándose a los requerimientos de la comunidad internacional, en general, y a la causa de los derechos humanos, en particular. Esta monografía analiza, desde el punto de vista del Derecho internacional, cómo se ha producido esta evolución, sus causas y limitaciones jurídicas y políticas, así como las respuestas concretas del Banco Mundial y del FMI al incorporar en sus políticas operacionales y programas de préstamos las obligaciones internacionales de derechos humanos, en particular, de los derechos económicos, sociales y culturales. Con ocasión de la actual crisis económica, el FMI ha flexibilizado la condicionalidad de sus préstamos y ha creado nuevas líneas de crédito; mientras que el Banco Mundial exige el cumplimiento de determinados requisitos materiales de derechos humanos como condición necesaria para la concesión de financiación.

NUEVE ESTUDIOS PARA INFORMAR UN PROCESO PENAL EUROPEO Y UN CÓDIGO MODELA PARA POTENCIAR LA COOPERACIÓN JURISDICCIONAL IBEROAMÉRICA. (ROBLES GARZÓN, JUAN ANTONIO)
El tercer pilar sobre el que se construye la Unión Europea es el espacio de libertad, seguridad y justicia. En este ámbito, la UE viene desarrollando una legislación común tendente a armonizar las legislaciones de los países miembros en cuanto al respeto a los derechos fundamentales y libertades públicas contenidas en el Tratado de la Unión y en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, y en particular, en lo que interesa a este trabajo, respecto de las garantías procesales, sobre todo, en materia penal. El mismo ofrece al lector una visión panorámica sobre las instituciones más relevantes en relación con esas garantías en la normativa y jurisprudencia emanada de la UE. La obra está escrita por los miembros del Departamento de Derecho Procesal de la Universidad de Málaga, entre cuyas líneas de investigación se incluye una con clara vocación internacionalista, contando además con la colaboración de una profesora de la Universidad de Zaragoza y de dos profesores y juristas brasileños que enriquecen el estudio ofreciendo una visión iberoamericana sobre la cooperación judicial internacional debido a la incansable labor que sobre esta materia emana continuamente del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. El análisis jurídico presentado será útil tanto al teórico del derecho como al práctico, pues no sólo incluye consideraciones científicas y dogmáticas, sino también teórico-prácticas que ayudarán al profesional a comprender y utilizar mejor los instrumentos que establecen las garantías procesales emanadas de la legislación y jurisprudencia europeas.

PROPIEDAD Y DERECHOS REALES . UNA INTRODUCCIÓN AL SISTEMA JURÍDICO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (MERRILL, THOMAS W. / SMITH, HENRY E.)
La propiedad es una institución que ocupa un lugar central del derecho, la política, la economía, la filosofía y la vida cotidiana. Los profesores Thomas W. Merrill (Columbia) y Henry E. Smith (Harvard) nos proporcionan un análisis razonado y coherente tanto de cómo funciona el derecho de propiedad como de cuáles son sus efectos en la autonomía privada, la teoría de la personalidad y la organización económica de un país. Se trata de una obra breve pero fundamental para comprender los principios jurídicos y económicos del derecho de propiedad, y ha sido escrita por dos de los especialistas de derecho inmobiliario que gozan de mayor reputación académica en los Estados Unidos. El libro que el lector tiene entre sus manos es un excelente trabajo de síntesis, riguroso y preciso, redactado con una belleza expresiva inusual, y que ilustra como ningún otro los fundamentos jurídicos y económicos de la regulación de la propiedad. La obra se divide en nueve capítulos en los que se trata desde las formas de adquisición del dominio hasta los límites del derecho de propiedad en el derecho público y privado. El extenso índice situado al final de la obra facilita la localización de los conceptos, las reglas, los casos judiciales y las leyes aplicables. Los profesores Josep Santdiumenge y Marian Gili, de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, han realizado una cuidadosa traducción del original en inglés y han puesto un especial interés en la adaptación de la peculiar terminología jurídica del common law a los términos empleados habitualmente en el derecho inmobiliario y urbanístico español para facilitar su comprensión. El derecho de propiedad anglosajón no es un derecho codificado como sucede por lo general en el derecho europeo continental o el latinoamericano. El derecho de propiedad en los Estados Unidos de América es heredero del derecho inglés y éste, a su vez, lo fue del sistema de propiedad feudal, cuyo aparato conceptual está a caballo entre los derechos reales y el derecho de sucesiones. Sólo así se explica la existencia de las fiducias (trusts) y las obligaciones contractuales impuestas a la propiedad (covenants) que, en nuestra cultura jurídica actual, son difíciles de ubicar en el ámbito de los derechos reales. Otro elemento característico del derecho de propiedad anglosajón es el recurso a la equidad, que ha permitido a los tribunales resolver controversias jurídicas que la rígida aplicación formal de la ley no permitía. En el capítulo dedicado a la seguridad jurídica, los autores afirman que definitivamente la calificación registral de los derechos es la más adecuada para dar respuesta a los problemas derivados de las titularidades de los bienes -superando al modelo de registro de documentos (deeds)- y reconocen que los países que recientemente han decidido optar por un sistema de seguridad jurídica registral lo han hecho estableciendo un modelo de registro de derechos en lugar de uno de documentos.

DERECHOS HUMANOS: ELEMENTOS PARA UN NUEVO MARCO CONCEPTUAL (VEGA GUTIÉRREZ, ANA Mª)
La Declaración y Programa de Acción de Viena, aprobada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena, 1993), marcó el comienzo de un esfuerzo renovado de protección y promoción de los derechos humanos y se considera uno de los documentos de derechos humanos más significativos de los últimos 25 años. Los extraordinarios acontecimientos políticos, sociales y económicos de los dos últimos decenios han ayudado a desbloquear el potencial de la Declaración Universal de Derechos Humanos, revitalizando el movimiento en pro de esos derechos y generando progresos en la aplicación de los principios correspondientes en el derecho consuetudinario a un ritmo que pocos habrían imaginado en 1993. En estas dos décadas hemos asistido a progresos fundamentales en el adelanto de los derechos de la mujer, el desarrollo de la legislación internacional para lograr la rendición de cuentas por abusos de los derechos humanos, la protección y la promoción de los derechos culturales y de los derechos de los grupos marginados (migrantes, indígenas, minorías, discapacitados, etc.), y una comprensión mucho mayor de la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos. Esta obra pretende rendir homenaje al 20º aniversario de la Conferencia Mundial de los derechos humanos, incidiendo en el nuevo marco conceptual que propició este evento. Desde una óptica interdisciplinar e internacional, se analizan algunos de los progresos más relevantes en materia de derechos humanos, tomando como ejes referenciales la revisión del paradigma en el que se asentó su protección y promoción durante las décadas de la Guerra Fría y los desafíos que tales derechos plantean a la democracia, la ciudadanía y la identidad. Desfilan así, en la primera parte del libro, cuestiones vinculadas a una forma más integradora de entender e interpretar los derechos sociales, económicos y culturales, con claras y positivas repercusiones en los derechos de la mujer y de los discapacitados así como en las políticas migratorias y de gestión de la diversidad religiosa y cultural. Se aborda también desde perspectivas diferentes el derecho a la educación y la educación en derechos humanos, en cuanto constituye un derecho esencial para el desarrollo humano y para el progreso de la democracia. La segunda parte de la obra se detiene en algunos de los retos actuales en la construcción de la ciudadanía nacional y europea, coincidiendo con la celebración de las elecciones europeas de 2014. Estamos ante un libro de máximo interés por la actualidad del tema, por su utilidad para diseñar políticas basadas en los derechos humanos y por la riqueza de sus aportaciones, en las que confluyen preocupaciones y prioridades de investigadores de diferentes Universidades y cátedras UNESCO del mundo.

INTERESES PÚBLICOS, INTERESES PRIVADOS, SU DEFENSA Y COLISIÓN EN EL DERECHO INTERNACIONAL (BOLLO AROCENA, Mª DOLORES / QUEL LÓPEZ, F. JAVIER)
La presente obra es parte del trabajo realizado por un grupo de profesores de la UPV/EHU, que conforma el Grupo de Investigación del Gobierno Vasco (IT 496-10), y cuyo Investigador Principal es el Dr. Fco. Javier Quel López, gracias a cuya financiación ha podido desarrollar un importante número de iniciativas en el período 2010-2012, la última de las cuales es la presente Obra Colectiva. Los profesores J.J. Álvarez Rubio y J.M Velázquez Gardeta abordan sus respectivos trabajos desde la perspectiva del Derecho Internacional Privado. El Dr. Álvarez Rubio reflexiona en torno a la dimensión internacional de las crisis matrimoniales en el marco del proceso de integración normativa Europeo/Comunitaria. El Dr. Velázquez Gardeta analiza los nuevos retos jurídicos planteados por las relaciones de consumo online. Por su parte, el Dr. Iruretagoiena Agirrezabalaga realiza un estudio en torno a la protección que brindan los Tratados de inversión a los inversores extranjeros en situaciones de crisis económica, financiera y social de los Estados cuando estos últimos recurren a argumentos basados en la «necesidad» para justificar el incumplimiento de sus obligaciones. Desde una perspectiva más estrictamente iusinternacionalpublicista, los profesores Bollo Arocena y Abalde Cantero abordan sendos estudios en torno a dos jurisdicciones internacionales: por una parte, la Dra. Bollo Arocena reflexiona en torno a los efectos de las resoluciones de remisión de situaciones a la CPI por parte del Consejo de Seguridad, y en torno a la aplicabilidad (o no) de la institución de la inmunidad de jurisdicción penal ante los tribunales penales internacionales, en el marco del caso del Jefe de Estado de Sudán, Omar Al Bashir. Por su parte, el profesor Abalde Cantero analiza las limitaciones de la CIJ, derivadas de los textos que regulan su función y funcionamiento, a la hora de afrontar una efectiva protección de los derechos humanos. Situados en el marco de la Unión Europea, el Dr. Juan Soroeta Liceras analiza la política de cooperación al desarrollo de la UE en relación con los países del Mediterráneo meridional, y el Dr. Nicolás Alonso Moreda analiza los problemas derivados de la aplicación del principio de reconocimiento mutuo en tres concretas situaciones: «ne bis in idem», reincidencia y delito continuado.