El objeto del trabajo es averiguar el alcance y contenido de los denominados ?motivos económicos válidos? para lo que se estudia, primero, el fenómeno de la elusión fiscal y, en concreto, si es o no posible realizar negocios cuya única finalidad es el ahorro de impuestos. Tras analizar la doctrina científica al respecto y comprobar que, a pesar de que la frontera que separa la economía de opción y la elusión es conceptualmente clara, se observa que, en la práctica, es muy difusa. Partiendo del reconocimiento jurisprudencial del derecho a la planificación fiscal, se analiza qué se entiende por ?ahorro fiscal?, su legitimidad constitucional, su consideración como ?motivo? económico, y su íntima vinculación con las decisiones que el contribuyente adopta en su quehacer diario. Desde el análisis causal del negocio, la causa, en opinión del autor da respuesta a la confusa distinción entre economía de opción, fraude de ley, negocio indirecto, y conflicto en la aplicación de la norma tributaria. En definitiva, no hay que confundir el resultado que se consigue incumpliendo el ordenamiento, con el que se obtiene reduciendo la tributación mediante el uso libre y adecuado de las distintas figuras negociales. Mientras que el primer caso se trata de una conducta ilícita, el segundo, de una conducta lícita. Los conceptos de causa y de ?motivos económicos válidos?, responden, así, una misma realidad contemplada desde dos perspectivas jurídicas diferentes: un sistema causalista, y otro anticausalista. El único límite a la autonomía de la voluntad está pues en el uso adecuado de las formas negociales.
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La finalidad perseguida con el suspensivo en los impuestos especiales de fabricación consiste en mitigar la carga impositiva que debería soportar la persona o entidad gravada en la etapa previa a que los productos objeto de gravamen salgan a consumo, si el mencionado régimen no fuese objeto de previsión legal, en atención a su consideración de impuestos monofásicos y a los elevados tipos impositivos con los que aquéllos están gravados. A la luz del conjunto de observaciones realizadas en la presente monografía pionera, en el panorama de la doctrina académica, en abordar de forma global el estudio teórico y práctico de la institución de los IIEE, cabe señalar, en definitiva, que el privilegiado lugar que ocupan los impuestos especiales en el panorama fiscal español en orden a la recaudación de recursos para las arcas del erario público, no ha corrido pareja con el estudio dedicado a su régimen jurídico por la doctrina científica y los profesionales del sector en el ámbito público y privado, si bien las contribuciones se han incrementado de forma notable en los últimos años. Se trata, en suma, de una obra sobresaliente por su originalidad, rigor y aplicación práctica, que aborda todos los aspectos jurídicos de las materias que analiza, mediante un exhaustivo manejo de las fuentes doctrinales y jurisprudencias de conocimiento. En la delimitación del objeto, así como en la metodología del análisis y exposición, se advierte con claridad la influencia ejercida por las enseñanzas y preocupaciones del Profesor Ramón Falcón y Tella, maestro universitario del A. Dada la importante dispersión en la regulación de los IIIEE se ha considerado oportuno incluir en formato electrónico (Proview) un «Código de Impuestos Especiales» con la principal normativa nacional, legal y reglamentaria, aplicable a estos Impuestos. También se incluyen las Directivas como instrumentos normativos de armonización fiscal que obligan a los Estados miembros «en cuanto al resultado a alcanzar» (art. 288 del Tratado de Funcionamiento de la UE). El propósito de este Código es su vocación de permanencia y el autor continuará actualizándolo con las novedades que se vayan registrando en el futuro.
El Memento Prevención del Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo es una obra nueva que recoge de forma completa y exhaustiva el régimen jurídico nacional e internacional en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (PBC/FT). Completo: En él se detallan de manera rigurosa las obligaciones PBC/FT diferenciando entre los distintos sujetos obligados por esta exigente normativa: abogados, notarios, registradores, promotores inmobiliarios, entidades financieras, auditores de cuentas, contables externos o asesores fiscales, entre otros profesionales. Riguroso: Recoge con detalle los diversos aspectos relacionados con la prevención del blanqueo de capitales, como la obligación de examen especial de aquellas operaciones sospechosas de estar relacionadas con el blanqueo de capitales, su examen especial y la comunicación al SEPBLAC. Asimismo, incluye el análisis de la Orden JUS/319/2018 que incorpora, entre la documentación que ha de aportarse con las cuentas anuales de determinadas sociedades, un nuevo formulario en el que debe manifestarse la identificación del titular real de la sociedad. Práctico: También estudia de forma completa el régimen de infracciones y sanciones en materia de prevención del blanqueo de capitales analizando con detalle los distintos tipos infractores y las sanciones en la materia, incluyendo el régimen sancionador administrativo en materia de declaración de medios de pago, utilización de efectivo y transacciones económicas con el exterior. Igualmente recoge aspectos novedosos, como las monedas virtuales y las emisiones en forma de ICOs y sus posibles implicaciones en materia de blanqueo de capitales. Claro: El Memento PBC/FT recoge las Recomendaciones y mejores prácticas emanadas del GAFI, del Comité de Basilea, de los supervisores europeos y nacionales, así como la más reciente jurisprudencia sobre los distintos aspectos relacionados con la prevención del blanqueo de capitales. Y ello para facilitar a los abogados, profesionales, directivos y empleados de las entidades obligadas una mejor comprensión de la exigente normativa sobre PBC/FT. Todo ello con las ventajas de la sistemática Memento, garantía de rigor y agilidad de consulta.
Se ha dicho que el Estado puede obligar a dos cosas: ir a la guerra y pagar impuestos, pero mientras a la guerra las tropas suelen ir cantando, a pagar los impuestos se acude «llorando». ¿Por qué ha de ser así? ¿Por qué no afrontar la fiscalidad con humor, estoicismo o ironía? Ya se sabe que ser feliz pagando impuestos, como amar estando cuerdo, no son actitudes propias de la naturaleza humana (Edmun Burke), pero de ahí a horrorizarnos hay un abismo. ¿Por qué no sonreír ante lo inevitable? ¿Por qué no conocer los impuestos en forma distendida, juzgarlos y hasta criticarlos con sentido del humor? ¿Por qué no disfrutar de las meteduras de pata, errores y extravagancias del legislador, de los gobernantes, de la inspección y de los contribuyentes? ¿Por qué no gozar de los mitos, de las leyendas y de las frases relacionadas con los tributos? La actitud positiva ante lo impuesto es sana. Como decía Samuel Beckett, «nada es más divertido que la infelicidad? si, sí, es la cosa más divertida del mundo». Ya iba siendo hora de que se hablase de los impuestos y de su entorno sin tecnicismos, bajo una visión amena y entretenida; de exponerlos con sentido del humor; de obrar como cuando se suministra un fármaco contra la adversidad. Ya era hora de poner el acento allí, donde los impuestos tienen su gracia, de contemplar la cara amable de los impuestos. Como en este libro.
Se efectúa un amplio recorrido sobre la crisis del principio de reserva de la ley tributaria, analizando los diversos factores que han contribuido a ello, tanto internos como externos, examinándose entre estos últimos el fenómeno de la integración europea, con sus normas y pseudo normas, que han reducido considerablemente el poder de los Parlamentos internos; y también la cuestión de la globalización económica, que ha propiciado el auge y desarrollo de la competencia fiscal perniciosa entre Estados. Fruto de todo ello ha sido la proliferación desordenada de normas, carentes de técnica legislativa, que se ha traducido en una grave situación de falta de certeza y de seguridad jurídica. Derivadas de todas estas situaciones nos encontramos, asimismo, con el escaso rigor con el que viene aplicando otros principios tributarios de índole sustantiva, como los de capacidad económica, igualdad, generalidad, progresividad y no confiscación. Se analizan, por último, las actuaciones de los órganos que debieran ser los guardianes de las esencias de tales principios, poniéndose de relieve que ninguno de ellos: ni la Administración, ni el Tribunal Constitucional, ni el Poder Judicial, han tenido en España una conducta merecedora de elogios, sino, por el contrario, bastante desacertada y plagada de incoherencias.
La obra incorpora las modificaciones realizadas en la LIS en los últimos años y que han sido comentadas y analizadas por un grupo de expertos en materia tributaria. De las principales novedades se señalan las siguientes La incorporación al Derecho contable de las normas internacionales de información financiera. Las tres leyes que han modificado el TRIS como consecuencia de la nueva normativa contable, a saber, la Ley 16/2007, la Ley 4/ 2008, y la Ley 11/2009, han dado nueva redacción a numerosos preceptos - La creación de una partida fiscalmente deducible respecto del fondo de comercio, bajo el cumplimiento de ciertos requisitos, sin necesidad de que se produzca y contabilice su deterioro ( art 12.6). - La creación de una partida fiscalmente deducible respecto de las pérdidas sufridas por las sociedades dependientes, multigrupo y asociadas, bajo el cumplimiento de ciertos requisitos, sin necesidad de que se produzca y contabilice el deterioro de la participación ( art 12.3). - La exclusión de las dotaciones a la provisión que respondan a obligaciones implícitas o tácitas ( art 13). - La exclusión de la base imponible de los ingresos y gastos derivados de la valoración por el valor razonable en cuanto no deban imputarse a la cuenta de pérdidas y ganancias ( art 15.1).
Este Libro constituye una explicación sistemática del Derecho Tributario (Parte General y Parte Especial) y del Derecho Presupuestario. Estudia los sistemas de todos los entes públicos: Estado, Comunidades Autónomas, Municipios y Unión Europea. El Manual realiza un estudio muy desagregado de la materia con la finalidad de posibilitar su utilización en las distintas asignaturas que conforman el Derecho Financiero y Tributario encuadradas en los planes de estudio, entre otros, de los Grados en Derecho, Administración y Dirección de Empresas, Administración y Gestión Pública y Relaciones Laborales de las distintas Facultades. El autor es Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Aquest text docent correspon als materials docents de l'assignatura que s'imparteix a la Universitat de Barcelona dins la seva pròpia àrea d'ensenyament