Este libro resuelve cualquier duda del usuario, a fin de evitar en lo posible un incumplimiento de los requisitos exigidos por el sistema de afiliación a la Seguridad Social y prevenir la denegación de la prestación o un reconocimiento en cuantía inferior a la prevista. Este libro se compone de 4 capítulos divididos en dos partes: 1ª . Comprende los 3 primeros capítulos: Se exponen y resuelven de una forma teórica y practica los problemas que plantean la determinación cuantitativa de pensiones, subsidios y algunas indemnizaciones a tanto alzado. 2ª Comprende el 4º capítulo: Se explica como se aplican las medidas adoptadas por el sistema de la Seguridad Social para mejorar y revalorizar las pensiones.
El ETA (L. 20/2007) constituye una relevante novedad en nuestro panorama jurídico, tanto por lo que supone de originalidad en el escenario comparado como por la ausencia de antecedentes dentro de nuestro ordenamiento nacional. Por primera vez se procede a fijar un marco que aúna una regulación dirigida desde el punto de vista subjetivo al conjunto de quienes trabajan por cuenta propia, al tiempo que desde el punto de vista objetivo pretende establecer el régimen jurídico con carácter general de estos profesionales en sus muy diversas facetas de intervención. En cuanto al contenido sustantivo el Estatuto pretende incorporar una regulación genérica y global de su situación profesional, incluyendo cuatro grandes bloques: régimen profesional de la contratación desde la perspectiva individual, vertiente colectiva de defensa de sus intereses profesionales, Régimen especial de Seguridad Social y promoción del empleo autónomo. La obra incorpora el texto íntegro del Estatuto, al tiempo que lo integra por medio de la trascripción literal de variadas y múltiples remisiones que se contienen en la Ley a otras disposiciones legales y reglamentarias. Junto a ello la obra viene completada en las notas a pie de página con una referencia exhaustiva a la práctica totalidad de las disposiciones que en algún punto desarrollan o tienen conexión con el Estatuto del Trabajo Autónomo. Se completa con la reproducción íntegra de dos disposiciones reglamentarias de desarrolla se complementa con la incorporación de dos importantes disposiciones de desarrollo reglamentario: el RD 197/2009, de 23 febrero, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro y se crea el Registro Estatal de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, así como el D. 2.530/1970, de 20 agosto, por el que se Regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
El desempleo y las políticas para hacerle frente son temas de enorme impacto social, especialmente en los últimos tiempos, en los que la crisis económica ha arrojado un panorama en materia de empleo que costará años superar. Aunque las causas últimas de esta situación son muy variadas, destacando las de contenido económico, no es menos cierto que muchos ojos se han vuelto hacia los sistemas de protección por desempleo como elemento intrínsecamente relacionado con el paro. En qué medida el sistema ideado para garantizar la protección social de los desempleados pueda ser una de las causas de las persistentes tasas de paro es una de las cuestiones que ha estado en el centro del debate, no sólo en España sino en el resto de Europa, desde hace décadas. Que además de abordar esta cuestión central en el debate político y científico, se propongan alternativas concretas para eliminar los desincentivos a la búsqueda de empleo, convierte este trabajo en una obra completa, práctica y rigurosa. Así, por primera vez se aborda un problema tan complejo desde una perspectiva jurídica y económica, superando la tradicional separación que ha caracterizado a las investigaciones sobre esta materia, en la que juristas y economistas no han logrado ponerse de acuerdo para alcanzar un análisis conjunto. Asimismo, no son frecuentes los estudios que incorporen propuestas concretas de mejora, lo que da al trabajo un carácter indudablemente práctico. En suma, ésta es una mirada transversal y práctica hacia el que es probablemente el problema más grave de nuestro tiempo.
Los Códigos Básicos editados por El Derecho son unas obras que tratan de dar respuesta a las exigencias de rigor que los profesionales jurídicos necesitan en su día a día. Suponen un compendio de la legislación vigente en los diferentes ámbitos que componen el derecho español, pero cabe destacar que incluyen una Relación de Reformas a la presente Ley sobre la que verse el Código Básico en cuestión, así como una Relación de Preceptos modificados. Además gracias a su índice alfabético accederá a la información que busca de una manera mucho más rápida y sencilla.
Para afrontar el estudio analítico, doctrinal y jurídico-social de la protección a las personas en situación de dependencia, resulta obligado partir de los orígenes, para contemplar, como los cambios sociales vienen siendo el motor impulsor de la evolución de nuestro sistema de protección social. La dependencia no constituye una situación de necesidad nueva, sino que siempre ha habido personas con falta o pérdida de autonomía personal derivadas de una enfermedad, discapacidad o de un envejecimiento poco saludable, que han necesitado la ayuda de otra persona para desenvolverse en su vida cotidiana. Esta pérdida de independencia se ha venido atendiendo a través de diferentes mecanismos en el marco de las políticas de protección social (el Sistema de Seguridad Social, el Sistema de Salud y el Sistema de Servicios Sociales) y, principalmente, en el ámbito familiar, proporcionándoles ayudas económicas, de servicios y cuidados personales, aunque con un carácter limitado, inespecífico e insuficiente. Lo que sí constituye una novedad, tanto cuantitativa como cualitativa, es la generalización del riesgo y, en consecuencia, la insuficiencia de los mecanismos que tradicionalmente han procurado asistencia a estas personas, que es lo que motiva que parte de la doctrina lo identifique como un nuevo riesgo social . Hasta hace poco tiempo el número de ancianos era reducido, y su esperanza de vida menor, sin que las eventuales situaciones de dependencia constituyeran un problema social porque se atendían en la esfera familiar y, muy minoritariamente, mediante la adquisición privada de los servicios necesarios. De ahí que el fenómeno social de la dependencia haya sido tradicionalmente descuidado y postergado en su regulación por los poderes públicos . Es la realidad actual la que impone avanzar en el campo de la protección jurídica y social para atender una situación de necesidad, la dependencia, que no siendo nueva, ha adquirido una especial relevancia política, social y jurídica como consecuencia de la combinación de diversos factores, entre los que se encuentra el progresivo envejecimiento de la población �a fecha de 1 de enero de 2014 había 8.438.497 personas mayores de 65 años en España, representando el 18% sobre el total de la población (47.212.990) , cifra tan solo superada por Alemania (20,7%), Grecia (19,3%) y Suecia (18,5%) en datos relativos�, el aumento de las enfermedades crónicas �por los cambios producidos en las tasas de supervivencia de determinadas enfermedades crónicas y alteraciones congénitas y, también, por las consecuencias derivadas de los índices de siniestralidad vial y laboral� y la crisis de los sistemas tradicionales de cuidados familiares o informales �la pérdida de estabilidad en la institución familiar con el aumento del número de separaciones y divorcios; la aparición de nuevos modelos familiares; la movilidad geográfica de la familia por motivos laborales; el retraso en la independencia de los hijos; y, especialmente, la incorporación progresiva de las mujeres al mercado de trabajo�. Ante este contexto, debe ser el Estado social el que proporcione a sus ciudadanos una mínima seguridad frente a las situaciones de necesidad en la que puedan encontrarse, facilitándoles los medios precisos para eliminar los obstáculos que les dificultan o impiden alcanzar los objetivos humanos de realización plena de la autonomía y la independencia del individuo, favoreciendo la igualdad entre todos los ciudadanos . La solución a esta cuestión social supone la ampliación de nuestro Sistema de protección social, que permita a las personas con falta de autonomía e independencia ver mejorada su situación social, desarrollar sus vidas en un ámbito global, con estricto respeto de su autonomía personal y alcanzar una vida plenamente independiente y participativa, tomando ellas mismas la dirección completa de su propia vida . El Estado trata de dar respuesta a la intensa y creciente demanda de protección de las personas en situación de dependencia con la aprobación de la Ley 39/2006, de 14 de Diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (BOE Núm. 299, de 15 de diciembre de 2006), que ya en su exposición de motivos advierte de la magnitud del problema social que se acota con el concepto de dependencia: «La atención a las personas en situación de dependencia constituye uno de los principales retos de la política social de los países desarrollados». Partiendo de la noción utilizada por el Consejo de Europa, el reto consiste en atender las necesidades de aquellas «personas que, por razones ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual, tienen necesidad de asistencia y/o ayuda importante a fin de realizar las actividades corrientes de la vida diaria» [Recomendación núm. 98]. España ha sido de los últimos países de la Unión Europea en dar una respuesta firme, sostenida y adaptada al actual modelo de sociedad europeo �los países pioneros en esta materia fueron Alemania (1995) que opta por un modelo contributivo; y Francia (1997) que en un principio apuesta por un sistema de protección asistencial, reformado en el año 2001 para implantar un modelo universal�, entendiendo que nos encontramos ante un colectivo importante de población, que demanda la intervención de todos los poderes públicos , y ante un derecho correlativo de los ciudadanos a exigir nuevos compromisos de protección y financiación. Así, estamos ante una Ley que representa un importante avance de nuestro Sistema de protección Social, al regular las condiciones básicas dirigidas a garantizar la igualdad en la atención a las personas dependientes sobre la base del reconocimiento de un derecho subjetivo y universal .
Este libro del profesor Arufe Varela, Catedrático acreditado coruñés, revela aspectos sorprendentes de la Seguridad Social norteamericana, si examinada desde la perspectiva del Derecho español. Está focalizado en el estudio comparatista de veintisiete grandes casos de la Corte Suprema de los Estados Unidos, sobre asuntos relativos a la todavía vigente Ley federal norteamericana de Seguridad Social de 1935. Según la prologuista, María Emilia Casas Baamonde, Presidenta emérita del Tribunal Constitucional, que lo califica como «libro primoroso», esta obra «no sólo colmará las expectativas de sus lectores, sino que les deleitará con su lectura, que vivamente recomiendo».
El proceso ordinario en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, es una materia de vital importancia para todo profesional del ámbito social, y precisamente en este trabajo se efectúa un completo y riguroso análisis de la materia, ilustrado con la más reciente doctrina judicial y jurisprudencial. De este modo, se dota a los operadores jurídicos laborales de una herramienta útil, dinámica y eficaz, que les permite afrontar de forma sencilla y natural todo el proceso desde la forma y contenido de la demanda que lo inicia hasta el dictado de la sentencia que pone fin al procedimiento.
El presente estudio analiza dos de los aspectos esenciales de la reforma laboral llevada a cabo en España en 2012: por un lado, se analiza el fortalecimiento del convenio colectivo de empresa en el ámbito de la estructura de la negociación colectiva, en unos términos que colocan a esa unidad de negociación en una situación de prevalencia hasta ahora desconocida en nuestro Ordenamiento laboral; y por otro lado, el actual régimen de inaplicación de las condiciones de trabajo recogidas en convenio colectivo, que tras la reforma laboral de 2012 introdujo un procedimiento específico para las inaplicaciones de naturaleza temporal a través del cual, las empresas pueden regular en negociación con los trabajadores o sus representantes las condiciones laborales aplicables a los mismos.