Derecho del trabajo



OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CON LA SOCIEDAD (FERNÁNDEZ GARCÍA, RICARDO)
Este libro se limita a este necesario "mirar hacia fuera" de las empresas, centrándose en lo relativo a la exigencia legal como en la contribución voluntaria. Particularmente se revisan: * Derechos medioambientales hacia la sociedad como: -Los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente y en especial el Registro Europeo de Emisiones y Trasferencias de Contaminantes que trata de favorecer la trasparencia en este ámbito. -La responsabilidad medioambiental, cuyo objeto es obligar al causante de daños al medio ambiente a pagar la reparación de tales daños basándose en el principio de "quien contamina paga". * Las obligaciones que la sociedad en su conjunto impone en la operación, entre otras las derivadas de: -Una adecuada clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. Se resume la normativa actual, Reglamento REACH. -Un correcto transporte de estas mercancias por carretera. -Una adecuada normativa básica de autoprotección que permita garantizar el derecho a la vida y a la integridad física. -Las necesarias medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. * La contribución voluntaria hacia la sociedad de parte de los beneficios empresariales con el fin de impulsar la mejora de contribuir al logro de una sociedad mejor y un medio ambiente más limpio a través del concepto denominado Responsabilidad Social de la Empresa (RSE) o Responsabilidad Social Corporativa (RSC).

LAN-ZUZENBIDEKO LEGERIA/LEGISLACIÓN DE DERECHO LABORAL (AAVV)
Abreviaturas.—Presentación.—Prólogo.—1. Ley Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.—2. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.—3. Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.—4. Real Decreto-ley 17/1997, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo.—5. Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajas y Variaciones de Datos de Trabajadores en la Seguridad Social.—Indices analíticos: castellano-euskera y euskera-castellano.

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Y LEY DE LA JURISDICCIÓN SOCIAL (EDITORIAL SEPIN)
El Estatuto de los Trabajadores constituye el instrumento básico regulador de las relaciones entre empresarios y trabajadores, lo que exigía una edición de fácil manejo, como la presente, en la que se encuentran recogidas todas las modificaciones desde la publicación del Texto Refundido en marzo de 1995, mediante Real Decreto Legislativo 1/1995, hasta las realizadas por el Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de Medidas para Favorecer la Contratación Estable y Mejorar la Empleabilidad de los Trabajadores, la Ley 1/2014, de 28 de febrero, de Protección de los Trabajadores a Tiempo Parcial y Otras Medidas Urgentes en el Orden Económico y Social y el Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de Aprobación de Medidas Urgentes para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficiencia. Este Código contiene, además, la Ley de la Jurisdicción Social, con todas las modificaciones que han tenido lugar y actualizada a 1 de junio de 2015. La obra incorpora, asimismo, un índice sistemático, recogiéndose también otro analítico por materias.

ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTONOMO (JOSÉ MANUEL DÍAZ ARIAS)
Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo. El autoempleo o trabajo autónomo hasta ahora ha tenido un carácter circunscrito, en muchas ocasiones, a actividades de escasa rentabilidad, de reducida dimensión y que no precisaban de una fuerte inversión financiera, como por ejemplo la agricultura, la artesanía o el pequeño comercio. En la actualidad, la situación es diferente, pues el trabajo autónomo está cada vez más presente en la economía de países de elevado nivel de renta, en actividades de alto valor añadido, como consecuencia de los nuevos desarrollos organizativos y la difusión de la informática y las telecomunicaciones, y constituye una libre elección para muchas personas que valoran su autodeterminación y su capacidad para no depender de nadie. En España, se ha venido configurando tradicionalmente dentro de un marco de relaciones jurídicas propio del derecho privado, por lo que su regulación se encuentra dispersa en nuestro Ordenamiento Jurídico. Tampoco en el derecho comparado se dispone de una regulación del trabajo autónomo. Esta Ley se trata del primer ejemplo de regulación sistemática y unitaria del trabajo autónomo en la Unión Europea, de ahí radica la importancia de la misma y del estudio realizado en el presente trabajo. Desde el punto de vista económico y social, no puede decirse que la figura del trabajador autónomo actual coincida con la de hace algunas décadas. A lo largo del siglo pasado el trabajo era, por definición, el dependiente y asalariado, ajeno a los frutos y a los riesgos de cualquier actividad emprendedora. Esta circunstancia ha dado lugar a que en los últimos años sean cada vez más importantes y numerosas en el tráfico jurídico y en la realidad social, junto a la figura de lo que podríamos denominar autónomo clásico, titular de un establecimiento comercial, agricultor y profesionales diversos, otras figuras tan heterogéneas, como los emprendedores, personas que se encuentran en una fase inicial y de despegue de una actividad económica o profesional.