El Derecho de Sucesiones es materia de Derecho Civil que comprende el conjunto de reglas a través de las que se organiza la sucesión de una persona en la titularidad de los bienes y derechos que deja vacantes (sin titular) como consecuencia de su muerte, a fin de determinar un orden, destino y transmisión. Con todo, en él se contienen no sólo las normas que estrictamente regulan la situación de sustitución en las relaciones jurídicas y en la titularidad, sino también las que se refieren a todas las cuestiones que se originan como consecuencia del fenómeno hereditario, del que se derivan relaciones jurídicas ex novo. De ahí el carácter completo, a la par que complejo y eminentemente técnico jurídico de esta materia en la que se presumen conocidos los conceptos básicos del derecho privado. Las reglas del Derecho de Sucesiones parten de una constatación empírica común a todos los sistemas jurídicos, sea cual sea la ideología política del legislador y el momento histórico determinado en el que se dicten: la necesidad de organizar de alguna manera (más o menos amplia) la continuidad más allá de la muerte de ciertas relaciones jurídicas de los individuos, relaciones sobre las que se reconoce y admite que la persona particular goza de un poder de regulación (intervención). Es la necesidad de establecer un orden y dotar de seguridad a aquéllas que, de no organizarse, devendrían sin titular con el perjuicio consiguiente para los acreedores y terceros. Cierto que el estado podría asumir tal ordenación por completo, en cuyo caso no se consideraría la voluntad particular; pero ocurre que en el ámbito de las relaciones entre personas, las reglas de derecho privado, en la tradición jurídica romanista occidental (sistemas del civil law, pero asimismo en los del common law) son las que han permitido una organización racional, rápida y sencilla del patrimonio, con independencia del mayor o menor margen de libertad privada (autonomía) que cada ordenamiento reconozca, que es la que se refleja en las normas por las que se regulaTRATADO DE DERECHO DE SUCESIONES Directora: Mª del Carmen Gete-Alonso y Calera, Catedrática de Derecho civil de la Universidad Autónoma de Barcelona Coordinadora: Judith Solé Resina. Profesora Titular de Derecho Civil de la misma Universidad Recoge el estudio sistemático de las principales instituciones que componen el Derecho de Sucesiones desde una visión práctica y rigurosa. La obra describe la institución de que se trate, con una precisa indicación de los aspectos problemáticos de la figura analizada, y una eficaz identificación de las soluciones empleadas por los tribunales, o en su caso, la exposición de soluciones teóricas por parte de los autores. El libro está estructurado en dos volúmenes y 45 capítulos en los que se abarcan las materias principales del Derecho de Sucesiones, y comprenden todos los ordenamientos civiles españoles (Código Civil y Comunidades Autónomas con derecho civil propio). La ordenación se estructura en temas y responde a los siguientes criterios: - Los temas comunes son tratado de manera general, práctica e integrada - Para las materias en las que la normativa civil propia de las Comunidades Autónomas es muy significativa, se reserva un capítulo o apartado de un capítulo, cada tema está desarrollado por juristas de Comunidades Autónomas con derecho civil propio, para asegurar la rigurosidad del trabajo. Las citas y las referencias jurisprudenciales contarán en notas integradas en el texto. Se incluye índice analítico en el que se hará referencia a los términos tratados en el capítulo con llamada al epígrafe y capítulo que corresponda.
El Derecho de Sucesiones es materia de Derecho Civil que comprende el conjunto de reglas a través de las que se organiza la sucesión de una persona en la titularidad de los bienes y derechos que deja vacantes (sin titular) como consecuencia de su muerte, a fin de determinar un orden, destino y transmisión. Con todo, en él se contienen no sólo las normas que estrictamente regulan la situación de sustitución en las relaciones jurídicas y en la titularidad, sino también las que se refieren a todas las cuestiones que se originan como consecuencia del fenómeno hereditario, del que se derivan relaciones jurídicas ex novo. De ahí el carácter completo, a la par que complejo y eminentemente técnico jurídico de esta materia en la que se presumen conocidos los conceptos básicos del derecho privado. Las reglas del Derecho de Sucesiones parten de una constatación empírica común a todos los sistemas jurídicos, sea cual sea la ideología política del legislador y el momento histórico determinado en el que se dicten: la necesidad de organizar de alguna manera (más o menos amplia) la continuidad más allá de la muerte de ciertas relaciones jurídicas de los individuos, relaciones sobre las que se reconoce y admite que la persona particular goza de un poder de regulación (intervención). Es la necesidad de establecer un orden y dotar de seguridad a aquéllas que, de no organizarse, devendrían sin titular con el perjuicio consiguiente para los acreedores y terceros. Cierto que el estado podría asumir tal ordenación por completo, en cuyo caso no se consideraría la voluntad particular; pero ocurre que en el ámbito de las relaciones entre personas, las reglas de derecho privado, en la tradición jurídica romanista occidental (sistemas del civil law, pero asimismo en los del common law) son las que han permitido una organización racional, rápida y sencilla del patrimonio, con independencia del mayor o menor margen de libertad privada (autonomía) que cada ordenamiento reconozca, que es la que se refleja en las normas por las que se regulaTRATADO DE DERECHO DE SUCESIONES Directora: Mª del Carmen Gete-Alonso y Calera, Catedrática de Derecho civil de la Universidad Autónoma de Barcelona Coordinadora: Judith Solé Resina. Profesora Titular de Derecho Civil de la misma Universidad Recoge el estudio sistemático de las principales instituciones que componen el Derecho de Sucesiones desde una visión práctica y rigurosa. La obra describe la institución de que se trate, con una precisa indicación de los aspectos problemáticos de la figura analizada, y una eficaz identificación de las soluciones empleadas por los tribunales, o en su caso, la exposición de soluciones teóricas por parte de los autores. El libro está estructurado en dos volúmenes y 45 capítulos en los que se abarcan las materias principales del Derecho de Sucesiones, y comprenden todos los ordenamientos civiles españoles (Código Civil y Comunidades Autónomas con derecho civil propio). La ordenación se estructura en temas y responde a los siguientes criterios: - Los temas comunes son tratado de manera general, práctica e integrada - Para las materias en las que la normativa civil propia de las Comunidades Autónomas es muy significativa, se reserva un capítulo o apartado de un capítulo, cada tema está desarrollado por juristas de Comunidades Autónomas con derecho civil propio, para asegurar la rigurosidad del trabajo. Las citas y las referencias jurisprudenciales contarán en notas integradas en el texto. Se incluye índice analítico en el que se hará referencia a los términos tratados en el capítulo con llamada al epígrafe y capítulo que corresponda.
En este libro se analiza una figura del Derecho Sucsorio gallego, la partición conjunta, desde diversas vertientes: características, presupuestros, canales formales, elementos personales, etc, así como las diferentes contingencias que puede experimentar: impugnación, revocación, divergencia con el testamento, etc.
El libro Derecho Civil de Cataluña. Derecho de sucesiones contiene una exposición del Derecho de sucesiones vigente en Cataluña. Su núcleo está formado por las instituciones reguladas en el Libro IV del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 10/2008, de 10 de julio, que consolida la codificación del Derecho civil catalán, ya que regula de manera exhaustiva, modernizándola, una de las materias con mayor tradición en el Derecho civil de Cataluña. Este libro sigue el criterio de nuestra obra anterior, Derecho Civil de Cataluña. Derechos reales, y va dirigida tanto al alumno de Derecho, al que ofrece todos los materiales que constituyen el objeto de la asignatura que estudia las sucesiones por causa de muerte, como al profesional del Derecho, pues no se ha renunciado a ofrecer un estudio de la materia y de la jurisprudencia relevante con una mayor profundidad de la que sería estrictamente recomendable para un manual universitario.
La falta de transmisión voluntaria por testamento de los bienes y derechos por las personas físicas para después de su muerte, provoca que normativamente haya de establecerse el régimen jurídico sucesorio para tales casos, lo que se realiza mediante las reglas insertas en el Código Civil en la denominada sucesión intestada o legal. En la presente obra se lleva a cabo un análisis íntegro de las cuestiones relativas a este tipo de sucesión mortis causa, abordando su estudio con un fin especialmente práctico y actual para con ello, no sólo tratar de resolver cómo se produce este tipo de llamamiento sucesorio, sino también indicar los criterios jurisprudenciales existentes sobre la materia derivados de la aplicación de esta normativa.
A la hora de determinar los efectos de la confusión patrimonial que se produce cuando una herencia es aceptada pura y simplemente, parece claro que, en relación al heredero, se concretan en su responsabilidad ilimitada por las deudas hereditarias y en la extinción de los derechos y acciones que tuviera contra el difunto. Pero respecto a los acreedores de la sucesión, los efectos negativos que produce esta confusión patrimonial no resultan nada claros, pues de la interpretación de los textos legales cabe deducir únicamente que la confusión opera en perjuicio del heredero. Y es que, ni que decir tiene, a la herencia pueden concurrir junto a los herederos, los acreedores de la herencia, los legatarios y los acreedores del heredero. La autora entiende que en Derecho sucesorio español existe un principio general implícito que consagra la preferencia de los acreedores del causante sobre los legatarios y la de ambos sobre los acreedores particulares del heredero, pero la profesora Pita se ocupa de estudiar cuidadosamente los medios que tienen los acreedores del causante para asegurar su prelación sobre los bienes hereditarios frente a los acreedores particulares del heredero. Medios que, previstos de una u otra manera en el Código civil, en la Ley Hipotecaria y en la Ley de Enjuiciamiento Civil, pueden permitir, a través de la separación del patrimonio hereditario o de bienes singulares del mismo, hacer efectiva la pretendida preferencia. Con todo, la presente monografía exhibe las imperfecciones del sistema, y sugiere una modificación del Código Civil que pase por regular de modo completo el beneficio de separación como institución autónoma, como sucede en otros ordenamientos jurídicos y hasta en Navarra o en Cataluña. Carmen Pita Broncano es doctora en Derecho civil por la Universidad de Extremadura, de cuyo Departamento de Derecho privado forma parte como Profesora Asociada de Derecho civil. Ha publicado ya algunos trabajos en materia de Derecho de sucesiones, y viene con la presente aportación a incorporar a la colección Derecho de Sucesiones de este sello editorial un título de sumo interés teórico y práctico. MARIANO YZQUIERDO TOLSADA Catedrático de Derecho civil Director de la colección
El reglamento europeo de sucesiones (RES) en la jurisprudencia del Tribunal de justicia europeo y de los tribunales alemanes I. Las innovaciones del RES y el Derecho internacional de sucesiones alemán II. El alcance de la ley sucesoria III. El c
Por medio del presente volumen venimos a realizar una nueva colaboracion con la Editorial Olejnik, gracias a la amable invitacion de su editor y de los coordinadores de la coleccion. En el se recoge, agrupados, una seleccion de diez estudios sobre divers
Tras la reforma operada en el articulado del Código civil y en la Ley del Notariado por la Ley 15/2015, 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, se ha dado una nueva redacción a diversas normas que regulan el beneficio de inventario, cuya tramitación ha pasado a ser de competencia notarial. La presente obra analiza la reforma tomando en cada caso como referente las resoluciones judiciales que le afectan con el fin de anticiparse a los problemas que pudieran plantearse en la práctica. ? Se analizan los diversos problemas que plantea el beneficio de inventario con incorporación de la jurisprudencia que afecta a la materia, lo que permitirá anticipar las respuestas judiciales en cada caso concreto [como se refleja en el índice, han sido más de 500 las resoluciones judiciales analizadas e incorporadas al texto].