A raíz de que Comisión Europea sometiera a consulta pública el Libro Verde sobre gobierno corporativo en 2011 y de que la AEVM comenzara sus investigaciones sobre la materia ese verano, la actividad de los proxy advisors («asesores de voto») y su posible regulación ha concitado particular interés en los distintos organismos con competencias sobre los mercados financieros. De la misma forma que ha sucedido respecto de otros prestadores de servicios, la ausencia de regulación sobre los proxy advisors contrasta con el poder que de facto ostentan. Este poder no sólo es ejercido sobre la determinación del sentido del voto en las juntas generales de miles de sociedades cotizadas a nivel mundial, sino también -lo que puede resultar incluso más trascendente- con ocasión de la preparación de las propuestas de acuerdo de junta general elaboradas por el órgano de administración. La escasez de estudios doctrinales sobre la materia dota de particular interés a la presente monografía, que pretende reflexionar sobre la función de los proxy advisors en el marco del gobierno corporativo de las sociedades cotizadas. De hecho, unido a la alta concentración de la industria, uno de los nuevos retos que este sector tiene que afrontar es la superación de los problemas ligados a la prestación de asesoramiento en materia de voto. En este contexto, la obra aborda los grandes interrogantes que suscita la actuación de los proxy advisors, planteando un marco sobre posibles alternativas de cara a una eventual intervención normativa.
El régimen legal del derecho de suscripción preferente continúa suscitando un indudable interés. Las numerosas reformas parciales que se han sucedido en la materia y que, a la vista de la Propuesta de Código Mercantil, aún no han concluido, atestiguan que los problemas que subyacen a la regulación no han sido resueltos de forma satisfactoria. Esta obra ofrece una visión coherente y sistemática del derecho de suscripción preferente a través de un pormenorizado análisis de los supuestos de exclusión, de limitación y de inexistencia del derecho. La estructura del trabajo permite vislumbrar con claridad las diferentes soluciones dadas por el legislador al conflicto entre el interés del accionista en mantener inalterada su participación en la sociedad y el interés de ésta en realizar determinados aumentos de capital sin derecho de suscripción preferente. Lo que junto al detenido estudio de los elementos normativos permite formular propuestas de interpretación y de reforma de la normativa vigente, además de ofrecer posibles regulaciones estatutarias alternativas al régimen legal.
Temas de Interés en Materia de Transmisión de Empresas, es un estudio que sirvió, a su autor, para exponerlo en el II Foro Social Aranzadi de las Islas Baleares, el pasado mes de junio 2014. Se trata de un análisis del Art. 44 del Estatuto de los Trabajadores, desde sus antecedentes más remotos hasta su adaptación a las directivas europeas en dicha disciplina a raíz de la entrada en vigor de Ley 12/2001, de 9 de julio, concretamente a la directiva 98/50, de 29 de junio del Consejo Europeo, derogada posteriormente con la que hoy está en vigor la 2001/23/CE de 9 de marzo. A raíz de la transposición de dichas directivas comunitarias a nuestro derecho interno, por primera vez en la historia se introduce dentro del E.T., que, con independencia de la responsabilidad en los derechos y obligaciones laborales entre cedente y cesionario, también responderán de las obligaciones en materia de Seguridad Social. Pues bien, se analizan las dos relaciones jurídicas de forma separada, esto es, la relación jurídica laboral en materia de transmisión o sucesión de empresas por un lado; y, la relación jurídica de Seguridad Social por otro. De tal manera, que se aborda la problemática de las distintas clases de sucesiones laborales posibles tanto desde el punto de vista doctrinal como jurisprudencial ya sea desde la perspectiva de nuestros tribunales como de los comunitarios.
Los deberes de los administradores de las sociedades de capital constituyen una de las cuestiones claves en materia de gobierno corporativo. Sin embargo el deber de diligencia no ha recibido, hasta ahora, el tratamiento que merece. De ahí que en esta obra se analicen en detalle las numerosas cuestiones relativas a la concreción del deber de diligencia y a las consecuencias derivadas de su incumplimiento. Pero, además, es necesario tener en cuenta los principios que inspiran la business judgment rule norteamericana como medio de protección de la discrecionalidad gestora de los administradores para evitar su responsabilidad por la adopción de decisiones empresariales erróneas o infructuosas, que han ido penetrando en nuestro ordenamiento por vía jurisprudencial y que se verán definitivamente incorporados a nuestro derecho a través de la próxima reforma de la Ley de Sociedades de Capital, lo que acentúa la necesidad de delimitar los principios de aplicación de esta regla con el fin de establecer criterios objetivos que al tiempo que otorguen una mayor seguridad jurídica permitan garantizar una gestión eficiente. Así pues, esta obra se presenta como una propuesta de reforma y de renovación del sistema de control de los administradores desde la perspectiva de la diligencia, buscando el equilibrio entre la efectividad de este deber como medio de censura de su actuación y la protección de la discrecionalidad de la que deben gozar los administradores para el desarrollo de la gestión y la asunción de riesgos inherentes a la actividad empresarial.
La Ley de Sociedades de Capital se presenta actualizada con las modificaciones introducidas por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo.En el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital se reúne el contenido de las dos leyes especiales del régimen jurídico de las sociedades anónimas y de las sociedades de responsabilidad limitada, con la importante adición de aquella parte de la Ley del Mercado de Valores que regula los aspectos más puramente societarios de las sociedades anónimas con valores admitidos a negociación en un mercado secundario oficial, además de los artículos que el Código de Comercio dedica a la sociedad comanditaria por acciones. Se incorpora a la presente edición un práctico cuadro comparativo del articulado de la Ley de Sociedades de Capital que se ha visto afectado por la reciente Ley 31/2014, de 3 de diciembre, con la redacción anterior y posterior a dicha norma y con los cambios resaltados para facilitar así una rápida consulta sobre los aspectos modificados.
El arbitraje se configura como un método de resolución de conflictos rápido, eficaz y dotado de una gran flexibilidad. Ello permite que las partes puedan diseñar si lo desean un procedimiento para resolver su conflicto totalmente ajustado a sus necesidades y peculiaridades. El Memento Experto Arbitraje está diseñado para ofrecer una visión práctica y rápida del procedimiento arbitral, partiendo de una explicación de los principios fundamentales que caracterizan el arbitraje, y revisando las distintas etapas del procedimiento arbitral, con indicaciones de las cuestiones más relevantes en cada una de ellas. Junto con la obra recibirá sin coste adicional la vigente Ley 60/2003, de Arbitraje, con reenvíos directos desde cada precepto a los textos del Memento Experto Arbitraje, para que pueda seguir profundizando en el estudio de cada cuestión cuando así lo desee. Una obra rigurosamente actualizada con las más recientes novedades normativas, doctrinales y jurisprudenciales, que han afectado a esta materia, y entre las que destacan: Reglamento de mediación. Refundición en el arbitraje de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de los arbitrajes hasta ahora ubicados en sede de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de la Energía y la Comisión Nacional de la Competencia. Mayor desarrollo del arbitraje testamentario. Traducción al español de las recientes Directrices IBA sobre conflictos de intereses (aprobadas octubre 2104). Jurisprudencia más reciente. A diferencia del proceso judicial, que está regulado por las diversas leyes procesales, el arbitraje tiene una mínima regulación procesal, dejando a la libertad de la voluntad de las partes y los árbitros la organización del procedimiento como mejor consideren. Por ello esta obra pretende facilitar el entendimiento del procedimiento arbitral, permitiendo a aquellos profesionales cuya especialización no sea el área litigiosa entender el funcionamiento y desarrollo de un arbitraje. Se incluye en diversos capítulos referencias relevantes a la Ley de Enjuiciamiento Civil con el fin de identificar cuestiones relevantes que puedan ser aplicadas con cierto carácter analógico por el árbitro en el procedimiento arbitral, todo ello principalmente enfocado a facilitar la labor del árbitro no especializado en derecho procesal. También aborda el estudio de los diferentes reglamentos que regulan el procedimiento arbitral en cada institución, que deben ser consideradas a la hora de elegir institución arbitral que administre el procedimiento. Con el fin de puntualizar los aspectos más relevantes, el Memento Experto Arbitraje incluye un capítulo con un breve análisis de determinados aspectos de los reglamentos de las cortes arbitrales principales. La mediación es otro método de resolución de conflictos, aun más rápido que el arbitraje y con un coste muy inferior. El capítulo dedicado a la mediación revisa los principales aspectos de la vigente ley sobre mediación civil y mercantil (Ley 5/2012) y su reglamento de desarrollo (RD 980/2013). Todo ello con las ventajas de la Sistemática Memento: garantía de rigor técnico y facilidad de acceso a la información.
La importancia de la auditoria como garantía de la información contable, y por consiguiente de la solvencia financiera de empresas y entidades ha cobrado una enorme relevancia en los años que llevamos de crisis, tanto en España como a nivel internacional. La auditoría además ha servido como garantía de la trasparencia en las empresas, al tiempo que supone un elemento clave en nuestro sistema económico, dotando de fiabilidad a la información económica y financiera. En los últimos tiempos se han vivido cambios muy relevantes en la profesión, como la nueva ley de Auditoría que se acaba de aprobar con fecha 9 de julio de 2015, pese al rechazo de la mayor parte de la profesión. A esto hay que añadir otra novedad relativamente próxima, pero cuyas implicaciones están presentes todavía en el día a día del auditor, y cuyas repercusiones todavía no podemos dimensionar totalmente, como es la incorporación de las Normas Internacionales de Auditora (NIA¿s) en nuestro ordenamiento. En este contexto, el nuevo Manual de Auditoria de la Editorial Francis Lefebvre, coordinado por los Drs. Jose A. Trigueros y Antonio Duende permite abordar con garantías las rigurosas necesidades de formación y actualización que se impone a los auditores, y al mismo tiempo supone una herramienta de consulta al profesional que precise solucionar dudas o ampliar conceptos en su actividad diaria. La obra, fruto de la colaboración de diferentes profesores universitarios, y auditores en ejercicio ofrece un sólido soporte teórico, junto con el necesario complemento práctico. El texto se estructura en tres grandes bloques: 1) Aborda en profundidad aspectos tales como: - los aspectos teóricos, introductorios y generales de la auditoria, destacando la incorporación de una herramienta como son los Comités de Auditoria. - los últimos cambios normativos, especialmente los derivados de la incorporación definitiva del concepto de EIP, las mayores incompatibilidades, las limitaciones de honorarios y la búsqueda obsesiva de la independencia del auditor. - la metodología y planificación; - el control interno, convirtiendo la revisión en una auditoria de riesgos - la evidencia; y - la documentación. 2) En un segundo bloque se desciende a las problemáticas concretas de cada área de trabajo, estudiando el control interno específico, los programas de trabajo aplicables y las casuísticas más frecuentes. 3) El texto acaba con un capítulo dedicado íntegramente al Informe de Auditoría, producto final de todo el trabajo desarrollado y que recoge la opinión del auditor sobre la imagen fiel de una empresa. En la mayoría de temas, se ofrece un epígrafe específico a las Normas Internacionales de Auditoria, y su efecto en cada área concreta, facilitando su localización y análisis. Otra de las ventajas del manual se debe a su planteamiento práctico, ya que junto con las explicaciones teóricas y normativas se acompañan casos prácticos con los que poder comprender el desarrollo real de un trabajo de Auditoría. De igual modo, en el apartado del informe se pueden consultar párrafos reales que son los empleados por los auditores en su redacción. Para que los usuarios del manual puedan evaluar su nivel de conocimientos y comprensión sobre cada tema, se incorporará al final de los mismos un cuestionario de autoevaluación tipo test. En definitiva, el Manual, puede suponer un eficaz recurso, tanto para el alumno que se enfrente a la asignatura de Auditoría Financiera, como para el profesional que deba solucionar cuestiones en el ejercicio diario de la auditoria o solucionar dudas que le surjan en su permanente y obligada formación. Con las ventajas de la sistemática Memento: garantía de rigor técnico y acceso directo a la información.
En los últimos años, distintas circunstancias de índole económica y social, también en el ámbito internacional, han evidenciado la crisis del Sistema de Seguridad Social. Como reacción a esa crisis se ha producido una racionalización de los gastos, y al mismo tiempo, se ha reforzado la contributividad y ha mermado la tasa de sustituibilidad de las pensiones públicas. La evolución de este proceso se estudia con detalle en esta obra, con el objetivo de contextualizar la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV). La obra analiza esta reciente Ley que promueve la importancia de las EPSV como instrumento para extender la Protección Social complementaria voluntaria a todos los ciudadanos. Asimismo, se estudia su régimen tributario, con las últimas modificaciones, y se proponen medidas en el orden fiscal con esta misma finalidad. Por último, se compara nuestro sistema con el modelo británico de Protección Social complementaria voluntaria y el régimen europeo de pensiones complementarias. Otro aspecto novedoso de la obra lo constituye el pormenorizado estudio del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Abogado del Estado contra once artículos de la Ley 5/2012. Los autores defienden el entronque constitucional de las EPSV, y su naturaleza de auténticos planes y fondos de pensiones vascos.
Hace casi dos décadas, el Informe Olivencia, y su correspondiente «código de buen gobierno», inició la reforma de los órganos de administración de nuestras sociedades cotizadas. Los avances en la materia han sido, contra el pronóstico de muchos, constantes y decisivos desde entonces para los mercados, debido no solo a la coyuntura de un entorno económico y político proclive al cambio de estructuras sociales y normativas, sino además al cambio cultural en nuestras empresas. La preocupación por el tema rebasa la llamada agenda jurídica ministerial o parlamentaria, e incluso el ámbito de las estrategias de poder de las grandes corporaciones, para trascender al centro del debate político y social, no solo en España, sino en toda la Unión Europea y Estados Unidos. Está en juego no es solo el modo de entender la empresa por sus socios y gestores, sino la estructura de las relaciones entre empresa y sociedad, de conformidad con una cierta orientación hacia el pujante modelo llamado de empresa socialmente responsable. El Gobierno de la Nación encargó el pasado octubre a un grupo de expertos, previo Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de mayo de 2013, mejorar el gobierno de nuestras sociedades proponiendo las reformas societarias y del mercado de valores más adecuadas a los estándares globales, pero también al estado actual de desarrollo de los modelos nacionales de buen gobierno corporativo, en el contexto de la experiencia acumulada desde la implantación de los criterios y recomendaciones propuestos en el Código Unificado de Buen Gobierno (2006). La práctica totalidad de las recomendaciones y criterios de los expertos gubernamentales se ha incorporado al Proyecto de ley de reforma de la Ley de Sociedades de Capital de 23 de mayo de 2014, y de ahí el interés de estos primeros comentarios breves sobre el régimen de la junta general, fruto de un seminario de investigación de la Cátedra Garrigues - Comillas de Modernización del Derecho de Sociedades. En los diversos trabajos que ahora se publican, los propios protagonistas de la reforma, y varios vocales permanentes de la Comisión General de Codificación, explican su sentido y sus contenidos, que se incorporarán además al futuro Código Mercantil, y cuyo tenor se ha trasladado solo transitoriamente al Anteproyecto y luego al Proyecto de reforma de la Ley de Sociedades de Capital, en las diversas materias que se acotan en la obra: derechos políticos de los accionistas, deberes de lealtad, y modificación de los diversos aspectos del régimen de la junta (competencias, impugnación, régimen de asistencia, voto y representación, entre los más significativos). Acompaña a los comentarios doctrinales una útil referencia en apéndices a las propias modificaciones legislativas proyectadas sobre dicho régimen.
La junta general es, prácticamente, el único medio a través del cual los socios pueden intervenir e influenciar en la marcha de la sociedad a la que pertenecen. Cualquier socio debe saber cuáles son sus derechos dentro de la sociedad y de qué medios dispone contra aquellas decisiones que, adoptadas por la mayoría de los restantes socios, no han sido adoptadas conforme a la legalidad vigente en materia de junta. De otra parte, la participación activa que los administradores de la sociedad tienen en relación con la convocatoria y celebración de las juntas generales, así como el acusado formalismo del régimen legal de su convocatoria y desarrollo a que aquéllos se ven sometidos, son hechos, ambos, que exigen un profundo conocimiento de la materia por quienes dirigen y gestionan la sociedad. El Memento Experto Junta General (Práctica y Desarrollo. Impugnación de Acuerdos) aborda, desde una perspectiva eminentemente práctica, todas las cuestiones relacionadas con las juntas generales de la SA y de la SRL, desde los aspectos relativos a la convocatoria y la celebración y desarrollo de la reunión, hasta las obligaciones de documentación, y la impugnación de las decisiones adoptadas. Una obra rigurosamente actualizada con las más recientes novedades normativas, doctrinales y jurisprudenciales, que han afectado a esta materia, y entre las que destacan: - Doctrina y jurisprudencia aparecida hasta la fecha. - Se incluyen las modificaciones previstas en dos normas que, actualmente, se encuentran en tramitación parlamentaria: - el Proyecto de Ley de mejora del gobierno corporativo; y - el Anteproyecto de Ley del Código Mercantil. Otras cuestiones de especial interés que se recogen en esta obra son: - El análisis de las novedades introducidas en el sistema de convocatoria de la junta general a través de la página web corporativa. - El régimen de funcionamiento de la Sociedad Europea. - Los aspectos procesales de la impugnación de acuerdos sociales de acuerdo con la vigente LEC. - El criterio registral de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) y la jurisprudencia (TS y AP) más reciente en relación con cada una de las cuestiones abordadas. - Anexos y modelos, entre los que destaca el relativo a una demanda de impugnación de acuerdos sociales. Todo ello con las ventajas de la sistemática Memento: garantía de rigor técnico y acceso directo a la información.
Los estatutos sociales son un documento fundamental en la dirección de toda SA y toda SRL y para sus asesores. En ellos se contienen las normas de organización y funcionamiento de la sociedad, regulando de forma más o menos particularizada los aspectos básicos de la organización social, los derechos de los accionistas o socios y las relaciones con terceras personas. El Memento Experto Estatutos Sociales, aborda de forma exhaustiva y práctica todas las cuestiones que se plantean en relación con los estatutos sociales de las Sociedades Anónimas y Limitadas, tanto en lo que atañe a su redacción originaria, como a los requisitos exigidos para su modificación posterior. Una obra rigurosamente actualizada con las más recientes novedades normativas, doctrinales y jurisprudenciales, que han afectado a esta materia, y entre las que destacan: - Doctrina y jurisprudencia aparecida hasta la fecha. - Se incluyen las modificaciones previstas en dos normas que, actualmente, se encuentran en tramitación parlamentaria: - el Proyecto de Ley de mejora del gobierno corporativo; y - el Anteproyecto de Ley del Código Mercantil. En los diferentes capítulos se hace referencia, cuando procede, a las particularidades que, en relación con las materias objeto de regulación estatutaria, afectan a la Sociedad Anónima Europea y a la Sociedad Limitada Nueva Empresa. Por último se incluye un capítulo dedicado a la sociedad profesional, donde se recoge el régimen legal aplicable a este tipo de sociedades conforme a la Ley 2/2007. Todo ello con las ventajas de la sistemática Memento: garantía de rigor técnico y acceso directo a la información.
Este Practicum de Sociedades pretende ser una obra de consulta rápida y sencilla, que oriente y dé respuesta a los problemas del día a día del profesional, con un enfoque eminentemente práctico en materia de derecho de sociedades. Esta obra presenta, bajo un único volumen, de forma clara y de fácil acceso, toda la información jurídica, rigurosamente actualizada, necesaria en cuanto a las normas de funcionamiento y administración de sociedades y grupos de sociedades, incorporando las últimas modificaciones introducidas en las principales normas mercantiles, en concreto: en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y en la Ley del Mercado de Valores. Ofrece soluciones prácticas fundamentadas, no solo en la normativa mercantil de aplicación, sino también en la experiencia de profesionales de prestigio, atendiendo a doctrina y jurisprudencia de interés, y clarificando los aspectos más complejos mediante casos prácticos y formularios ilustrativos.
El libro defiende la siguiente idea: el poder de decisión en las sociedades cooperativas reside esencialmente en el socio. La mutualidad determina y explica el poder de decisión del socio. A diferencia de lo que sucede con el socio de las sociedades de capital a quien solo se le exige que aporte capital, de manera que la gestión de la sociedad afectará únicamente a la aportación realizada, el socio cooperativo debe además realizar actividad económica con la sociedad cooperativa, dependiendo el contenido jurídico de esa actividad -los derechos y deberes que, en relación con ella, asume el socio- de la gestión que se realice de los asuntos sociales. Por ello, al existir un interés tan intensamente afectado por la gestión, el titular de ese interés debe tener poder para adoptar o participar en la adopción de decisiones de gestión. La mutualidad es, y seguirá siendo, el elemento tipológico primario de la sociedad cooperativa. Junto a la mutualidad, el otro elemento clave de la identidad tipológica cooperativa hay que buscarlo en el poder de decisión del socio que se traduce en la participación del socio en la gestión de la sociedad cooperativa. Con ello, dejan de ser esenciales las especialidades del régimen económico de la sociedad cooperativa y los principios cooperativos. Se aborda una línea de análisis del Derecho de sociedades cooperativas centrada en los órganos sociales y basada en la participación de los socios en la gestión de los asuntos sociales. Se construye un sistema de distribución y de control del poder societario propio de la sociedad cooperativa y diferente al del resto de sociedades mercantiles, y, en particular, diferente al de la sociedad anónima y al de la sociedad limitada en cuyos espejos se mira con inusitada frecuencia el legislador cooperativo. Es decir un sistema de órganos propio de una empresa mutualista. Este sistema está basado en la asamblea general y en los derechos de participación del socio en la misma. Las competencias de aquella y los derechos de estos son desarrollados ampliamente en el libro. En la confección de esta obra ha sido necesario realizar un esfuerzo importante de ordenación normativa. La proliferación o, quizá mejor, la fragmentación legislativa obliga a repasar las leyes de cooperativas de las Comunidades Autónomas, para exponer las diferentes opciones de política legislativa en cada una de las materias estudiadas. Asimismo, se contiene una abundante cita de sentencias sobre la materia cooperativa.