Derecho de propiedad



FORMULARIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL (PAPEL + E-BOOK) (EDITORIAL ARANZADI, REDACCIÓN)
Este libro recoge más 130 formularios, actulalizados a las últimas reformas normativas, en materia de propiedad horizontal relativos a: comunidades y juntas de propietarios, notificaciones, comunicaciones, obras y actividades molestas, certificado de calificación energética, arrendamientos de elementos comunes, complejos inmobiliarios privados y actuaciones procesales. Se trata de una obra sumamente práctica en el que cada formulario se complementa con la normativa vigente aplicable y también con notas aclaratorias o explicativas donde se cita las resoluciones jurisprudenciales más relevantes en la materia.

LA OBRA DERIVADA MUSICAL: ENTRE EL PLAGIO Y LOS DERECHOS DE AUTOR (FRANCISCO GALACHO, ANTONIO)
En ésta se analiza la obra derivada como categoría contemplada por nuestra normativa de propiedad intelectual, así como su aplicación al ámbito musical. Éste, debido a las especiales características de los elementos que lo componen, requiere un tratamiento diferenciado del resto de ámbitos artísticos y científicos cuando se pretende valorar el acaecimiento de una obra derivada musical. Con la figura del arreglo musical, la Ley de Propiedad Intelectual propone un ejemplo inequívoco de este tipo de obras, por lo que su tratamiento ha sido fundamental a los efectos de distinguir los rasgos que pueden diferenciarlo de los casos en que se produce el plagio musical. En efecto, encontrar los puntos de conexión entre el arreglo y el plagio musical, para una adecuada defensa de los intereses de quienes se ven perjudicados por el uso no autorizado de sus obras por parte de terceros, ha sido otro de los objetivos alcanzados en el presente trabajo. Asimismo, se ha analizado la figura del intérprete o ejecutante para ensayar una posible búsqueda de protección de éste más allá de los derechos conexos o afines. Igualmente se ha prestado especial atención a la importancia del uso de obras musicales de dominio público para obtener nuevas obras protegidas y su repercusión en el patrimonio musical de nuestro país. Por último se estudia la figura de la parodia como límite al derecho de autor así como sus consecuencias en el ámbito musical, para ofrecer medios de defensa a quienes puedan ver conculcados sus derechos de propiedad intelectual en el uso fraudulento de esta figura, al tiempo que se pone en tela de juicio la procedencia de mantenerla como límite a los derechos de autor en nuestra actual Ley de Propiedad Intelectual.

TRATADO DE SERVIDUMBRES
El presente "Tratado de servidumbres" es resultado del encargo de la Editorial LA LEY, con la encomienda expresa de que sirva para ayudar al jurista práctico en su quehacer cotidiano ante los innumerables litigios y problemas que a diario se plantean en torno a las servidumbres. En cumplimiento de dicho encargo, se ha elaborado un Tratado de servidumbres eminentemente práctico, con una selección escogida de jurisprudencia, con anexos documentales y gráficamente ilustrado, que aborda de forma integral las servidumbres reguladas tanto en el Derecho civil, común y autonómico (de Aragón, Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco), como en el Derecho administrativo. A tal fin, en su realización han participado profesores de Universidad, en su mayoría especializados en la materia de servidumbres sobre la que cada cual ha escrito; pero también han colaborado, en su redacción y en su revisión, abogados, jueces, notarios y registradores de la propiedad; todos ellos siempre con la consigna de ofrecer una obra útil al práctico en Derecho. Todo el Tratado se justifica, y excusa, desde ese espíritu y por ese fin.

PROPIEDAD INTELECTUAL (PAPEL + E-BOOK) (DELGADO PORRAS, ANTONIO)
Este volumen incluye, como norma básica, el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, de 12 de abril de 1996. También se recogen, entre otras, la Ley sobre el derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original, de 2008, la Ley de la lectura, del libro y de las bibliotecas, de 2007, la Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, de 2002, así como las principales normas relativas al número ISBN, depósito legal, difusión de películas y otras obras audiovisuales recogidas en soporte videográfico, control de tirada, Comisión de Propiedad Intelectual, pago de la compensación equitativa por copia privada, el Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual, así como la regulación penal que ha dado a esta materia el Código Penal. Además, forma parte de la obra un apartado dedicado a los Convenios Internacionales más caracterizados (el de Berna de 1886, el de Ginebra de 1952, el de Roma de 1961 y el relativo a la protección de los productores de fonogramas de 1971, así como el Acuerdo de Marrakech de 1994, que establece la Organización Mundial del Comercio). En el apartado de Normas Comunitarias se contienen diversas Directivas Comunitarias relativas a la protección de los derechos de autor y derechos afines, programas de ordenador, bases de datos, comercio electrónico, derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original, respeto de los derechos de propiedad intelectual, obras huérfanas y gestión colectiva de derechos de autor. El libro se completa con un índice analítico, que facilita la consulta de los textos incluidos en el mismo.

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Y LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS (LEFEBVRE-EL DERECHO)
Los Códigos Básicos editados por El Derecho son unas obras que tratan de dar respuesta a las exigencias de rigor que los profesionales jurídicos necesitan en su día a día. Suponen un compendio de la legislación vigente en los diferentes ámbitos que componen el derecho español, pero cabe destacar que incluyen una Relación de Reformas a la presente Ley sobre la que verse el Código Básico en cuestión, así como una Relación de Preceptos modificados. Además gracias a su índice alfabético accederá a la información que busca de una manera mucho más rápida y sencilla.

DIVISIÓN DE LA COMUNIDAD DE BIENES Y EXCLUSIÓN DE LA ACCIÓN DE DIVISIÓN (PÉREZ DE ONTIVEROS BAQUERO, CARMEN)
La multiplicidad de ocasiones en las que nuestros Juzgados y Tribunales han debido pronunciarse sobre la pretensión de división de la cosa común, vigente una comunidad de bienes, y sobre la forma en la que ésta habría de llevarse a efecto, indica la importancia que esta cuestión reviste en la práctica. Pese a que en apariencia podría admitirse que existe una doctrina jurisprudencial consolidada sobre esta materia, en la que se adopta como punto de partida la propia configuración normativa del régimen jurídico de la comunidad de bienes, una lectura más detenida de las sentencias que resuelven sobre la procedencia de la acción divisoria y la forma en la que dicha división deberá llevarse a efecto, exige una nueva reflexión sobre algunas de las cuestiones que suscita la interpretación jurisprudencial de algunos de los preceptos aplicables a la división del régimen comunitario. Desde esta perspectiva, es habitual en la jurisprudencia una referencia al marcado carácter individualista que preside la regulación legal de la comunidad de bienes en nuestro Derecho, lo que incide en su configuración como una situación transitoria e incidental, mirada por el legislador con cierto recelo y que permite configurar el ejercicio de la acción de división como un derecho absoluto, irrenunciable e imprescriptible, que ha de atribuirse a los comuneros. Por ello, el problema no residiría tanto en la procedencia de la acción de división, que habría de prosperar en todo caso, sino en la forma en la que ésta ha de llevarse a efecto, puesto que nuestro Código Civil contempla la posibilidad de que el bien que constituye el objeto de la comunidad sea esencialmente indivisible (art. 404), o que al hacerla resulte inservible (art. 401.1), o bien que desmerezca mucho con la división (art.1.062). Admitido lo anterior, podría considerarse que la acción de división procede en todo caso cuando lo solicite cualquiera de los condueños, como así parece deducirse de algunas de las sentencias de nuestro Tribunal Supremo. Sin embargo, tal apreciación inicial podría resultar distorsionada en una lectura más precisa de otras resoluciones dictadas también por nuestro Alto Tribunal, en particular cuando se contrasta lo en ellas dispuesto con los argumentos expuestos por un sector de la doctrina española, que ha venido sosteniendo que la comunidad no siempre es divisible, ya que el propio Código Civil en su art. 401.1 reconoce el carácter indivisible de determinadas comunidades de bienes. Así, es también habitual en algunas sentencias una referencia a que el art. 401.1 del Código Civil permite justificar la indivisibilidad de la comunidad de bienes en determinados casos. Por ello, el presente estudio tiene por objeto el análisis de la jurisprudencia más reciente dictada en el ejercicio de la acción de división a efectos de profundizar en algunos de los problemas que con mayor relevancia se suscitan en la práctica. Entre ellos ocupa un papel prioritario la cuestión de si es o no posible fundamentar con argumentos convincentes, que nuestro Derecho contempla en la regulación de la comunidad de bienes ordinaria, la improcedencia de la acción de división para determinadas comunidades. A estos efectos, resulta también esencial una referencia a los argumentos expuestos por aquéllos de nuestros autores que se manifiestan en este sentido. Finalmente, y puesto que la indivisibilidad de la comunidad de bienes se ha pretendido justificar preferentemente con referencia a determinadas comunidades, cuya indivisibilidad se justifica en atención a la finalidad a la que se destine el bien que constituye su objeto, este estudio comprende también una especial referencia a la comunidad que surge en fincas destinadas a plazas de garaje, comunidad que se ha venido incluyendo entre las que se denominan ?comunidades funcionales?.

COMENTARIOS A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL (PAPEL + E-BOOK) (ALVAREZ OLALLA, PILAR / BERCOVITZ ALVAREZ, GERMÁN / BERCOVITZ RODRÍGUEZ-CANO, RODRIGO / CARRASCO PERERA, ANGEL / DÍAZ MARTÍNEZ, ANA / ECHEVERRÍA SUMMERS, FRANCISCO (PACO) / GONZÁLEZ CARRASCO, M€)
La regulación de la propiedad horizontal constituye un capítulo esencial para quienes se dediquen a materias relacionadas con la vivienda y con los locales. En esta nueva edición se añaden los muy importantes cambios introducidos por la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, publicada en el BOE de 27 de junio, que afectan sobre todo al régimen de obras, y que suponen la modificación de los artículos 2, 3, 9, 10 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, junto con la derogación de los artículos 8, 11 y 12 de la misma. Como es lógico, se actualizan además todos los comentarios, especialmente por lo que se refiere a las resoluciones de los Tribunales y de la Dirección General de los Registros y del Notariado. También se ofrece a los profesionales del Derecho las nuevas aportaciones de la doctrina, y se aprovecha para revisar las construcciones e interpretaciones ya mantenidas para una correcta aplicación de la Ley. Ello ha sido realizado por el mismo equipo de juristas, tratando de mantener igual nivel de rigor y claridad que en las anteriores ediciones.

LEYES HIPOTECARIAS (PAPEL + E-BOOK) (DÍEZ GARCÍA, HELENA / GÓMEZ LAPLAZA, CARMEN / GUTIÉRREZ SANTIAGO, PILAR)
Esta nueva edición, preparada por Helena Díez García y Pilar Gutiérrez Santiago bajo la dirección de Carmen Gómez Laplaza, incorpora un importante elenco de normas que permiten ofrecer una visión panorámica actualizada y completa de la legislación hipotecaria española, incorporando las menciones oportunas a las últimas novedades legislativas, tales como, el Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos; la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social; la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas; Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización; la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) nº 1093/2010 o la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. Se recoge el texto vigente de las siguientes disposiciones: I. HIPOTECA INMOBILIARIA * Decreto 8 de febrero de 1946. Texto Refundido de la Ley Hipotecaria, con las últimas modificaciones efectuadas por la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social y que hunden su raíz en la STJCE de 14 de marzo de 2013 y en la STJUE de 17 de julio de 2014. * Decreto de 14 de febrero de 1947. Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria con sus reformas posteriores, y, especialmente, con la efectuada por el RD 1867/1998; reflejándose el alcance que, en relación a este Reglamento, tuvieron tanto las SSTS de 24 de febrero, 22 de mayo y 12 de diciembre de 2000 y 31 de enero de 2001, como la Ley 24/2001, de 27 de diciembre; la Ley 24/2005, de 18 de noviembre; la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, la Ley 41/2007 o por la disp. final 4ª de la Ley 13/2012, de 26 diciembre, de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social; la reforma del Reglamento Notarial efectuada por el RD 45/2007, de 19 de enero, con el alcance precisado después de la STS de 20 de mayo de 2008, así como el RD 253/2011, de 28 de febrero. * Ley 2/1994, de 30 de marzo. Subrogación y modificación de préstamos hipotecarios. II. HIPOTECA MOBILIARIA Y PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO DE LA POSESIÓN. VENTA A PLAZOS DE BIENES MUEBLES. REGISTRO DE BIENES MUEBLES. * Ley 16 de diciembre de 1954, sobre hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de posesión. * Decreto 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Registro de hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de posesión. * Ley 28/2008, de 13 de julio, de venta a plazos de bienes muebles (modificada por la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, así como por la Ley 36/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal). * Orden 19 de julio de 1999, por el que se aprueba la Ordenanza para el Registro de venta a plazos de bienes muebles. * Disposición Adicional Única del RD 1928/1999, de 13 de diciembre, por la que se crea el Registro de Bienes Muebles. III. HIPOTECA NAVAL * Arts. 122 a 125 (Privilegios marítimos) y 126 a 144 (hipoteca naval) de la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. IV. REGISTRO MERCANTIL * Decreto de 14 diciembre 1956. Aprueba el Reglamento del Registro Mercantil y el Arancel de los Registradores. Estas normas se hallan profusamente anotadas y concordadas con el resto de disposiciones normativas que les afectan; acompañadas, todas ellas, de una completa referencia a la Jurisprudencia, así como a la doctrina de la DGRN aplicable. Todo ello hace de este Código un riguroso instrumento para el conocimiento y la aplicación del Derecho Hipotecario.

EL ÁMBITO TRIDIMENSIONAL DE LA PROPIEDAD INMUEBLE (ROGEL VIDE, CARLOS)
El presente ensayo, que tiene su origen en la primera ponencia presentada en el Foro de Debate Jurídico Reus, tiene por objeto acreditar que la propiedad inmueble tiene un ámbito tridimensional, abarcando, además de la super?cie terrestre delimitada mediante una línea poligonal, el vuelo y el subsuelo que están encima y debajo de la dicha super?cie en la extensión que convenga al interés del propietario, que puede ser actual y futuro, patrimonial y extrapatrimonial, de afección incluso, interés que se presume y no ha de probar éste. Sobre esas bases, se analizan una serie de supuestos de pretendida y no plausible utilización indiscriminada y gratuita del vuelo ajeno por drones o grúas, analizándose, también, una serie de limitaciones del dominio en el ámbito vertical resultantes de las normas urbanísticas, relativas a la navegación aérea, a la energía eléctrica y a la telefonía, para terminar identi?cando una serie de supuestos, criticables, de abuso del derecho del propietario del subsuelo o del vuelo. . El autor, Carlos Rogel Vide, Doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia, es catedrático de Derecho civil en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. De la Academia de Pavía, es director de la Revista General de Legislación y Jurisprudencia y de diversas colecciones de la Editorial Reus, habiendo escrito numerosos libros y artículos en materias propias de la disciplina que profesa.

LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD Y LOS ACREEDORES DEL DEUDOR EXONERADO . UN SUPUESTO DE POSIBLE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO LEGISLADOR (ARJONA GUAJARDO-FAJARDO, JOSÉ LUIS)
La responsabilidad del deudor con todos sus bienes, no solo presentes sino también futuros, es axioma del Derecho tradicional. Reformas legislativas culminadas en la Ley 25/2015, de segunda oportunidad, han modificado, sin embargo, tal panorama estableciendo que, dados determinados requisitos, el deudor queda exonerado de las deudas que resten sin pagar tras realizarse los bienes que tenga al tiempo de la liquidación concursal. Esta obra analiza las consecuencias de ese expediente desde la perspectiva de los acreedores, ya que efecto correlativo a la exoneración del deudor es la extinción del derecho de aquellos. ¿En qué situación quedan esos acreedores, a los que se les priva de poder cobrarse con todos los bienes que el deudor adquiera en el futuro? ¿Han de soportar eso sin más, o pueden interponer reclamación? La ley obvia esta cuestión, pero es importante y precisa respuesta. Es lo que este libro procura. En él se describe cuidadosamente el mecanismo de exoneración de deudas. Se expone el régimen general de responsabilidad de los poderes públicos y del Estado legislador en nuestro Derecho. Y se estudia en profundidad la posible responsabilidad patrimonial del Estado por consecuencia del citado mecanismo, analizando los requisitos para reclamar, el plazo, la cuantía de la indemnización, la legitimación para accionar y el procedimiento a seguir. Todo sustentado en abundante doctrina y reciente jurisprudencia.

LEGISLACIÓN NOTARIAL (PAPEL + E-BOOK) (FERNÁNDEZ-GOLFÍN APARICIO, ANTONIO / FERNÁNDEZ-TRESGUERRES, ANA)
Tras la publicación de la ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria y las reformas procesales y administrativas establecidas principalmente en las leyes 129/2015; 42/2015 y 39/ 2015 la legislación notarial ha experimentado importantes cambios. Asi ocurre además con la incidencia en la función de determinados Reglamentos de la Unión Europea como es el caso del relativo a las sucesiones internacionales (R. (UE) nº 650/2012). A ello se suma un rediseño territorial y nuevas competencias de los notarios, razones que exigían una actualización de la obra. Los autores Ana Fernández-Tresguerres, Notaria de Madrid y Letrada de la DGRN y Antonio Fernández-Golfin, Notario y Registrador jubilado, Ex Presidente del Consejo del Notariado aúnan una dilatada experiencia profesional y especialización en la materia.