El fallecimiento no supone el fin de la relación que en vida nos une con Hacienda, sino que la prolonga y determina el nacimiento de nuevas obligaciones tributarias para el causante, sucesores, herederos, legatarios y demás, finalizando únicamente tras la presentación de los correspondientes tributos, en los que el Impuesto sobre Sucesiones es el más representativo, con su liquidación y firmeza. Esta obra pretende dar a conocer la regulación jurídica básica de la tributación de las herencias, en especial, del mencionado Impuesto, y trata aquellas situaciones de conflicto principales en los elementos esenciales del tributo, como son la declaración, la liquidación y la determinación de la cuantía de la deuda tributaria tras el fallecimiento, lo que ofrece una garantía para el asesoramiento fundamentada en los criterios de la Dirección General de Tributos y resoluciones de Juzgados y Tribunales en las transmisiones mortis causa.
Este Código Aranzadi incluye la normativa actualizada, con el texto a color señalando los artículos más recientemente modificados, junto con un detallado índice analítico, al inicio, que facilita un ágil acceso al artículo buscado. Pensado específicamente para el estudiante, esta colección de Códigos siempre estará abierta por dónde tú lo necesites. El libro impreso incluye además la versión digital a través de ProView para que el contenido te acompañe donde vayas. Aranzadi es uno de los sellos editoriales de Thomson Reuters, Multinacional líder en soluciones de información, software y formación, que provee a los profesionales de la tecnología, la inteligencia y la experiencia del mejor equipo para contar con respuestas fiables. Conoce más sobre nuestra soluciones en: www.thomsonreuters.es
Con la entrada en vigor de la modificación de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa operada por la Ley Orgánica 7/2015, se ha producido una intensa renovación del recurso de casación contencioso administrativo, siendo el cambio principal el que se refiere a que la admisión del recurso basada en el criterio de la cuantía, se ha modificado por el criterio de la existencia de supuestos en los que existe interés casacional objetivo y en los que la Ley presume la existencia de dicho interés casacional objetivo. Una vez que el nuevo recurso se ha puesto en marcha, se hace necesario conocer cual está siendo el criterio que ha empezado a adoptar el Tribunal Supremo sobre el llamado ?interés casacional? y cuáles han sido los primeros pronunciamientos. En este Claves Prácticas se analizan las resoluciones dictadas hasta el momento y que permiten ir conociendo los primeros criterios asentados, por autores especialistas en la materia. El libro se divide en dos partes. En una primera se analiza, con un sistema de preguntas y respuestas, el texto de la Ley y resalta las novedades esenciales o que más polémica y expectación han generado durante los primeros meses de desarrollo del nuevo recurso. La segunda parte recoge el análisis detallado de las resoluciones dictadas por la Sección de Admisión agrupadas en relación a la materia de que se trata. La obra incluye también en los anexos unos esquemas de procedimiento, algunas de las resoluciones más relevantes dictadas por la Sección de Admisión y los Acuerdos que se han dictado por el CGPJ para la puesta en marcha del recurso.
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Esta obra estructurada en dos capítulos hace un estudio dogmático y jurisprudencial del elemento objetivo de la reserva lineal, esto es, del patrimonio reservable, con la intención de acercar al jurista a su problemática real, dando una visión completa, práctica y actual del mismo. Se trata de una institución clásica del Derecho de Sucesiones que ha sido estudiada en detalle por la doctrina pero que es necesario actualizar; por ello, a través de estas páginas y tras una serie de consideraciones generales que pretenden situar al lector y acercarle al posible emplazamiento de la reserva lineal en nuestro Ordenamiento, así como a su naturaleza jurídica; se estudian cuáles son las normas a las que se puede recurrir para integrar las posibles lagunas que se puedan presentar ante la escueta y enigmática redacción del artículo 811; para desde allí pasar directamente al estudio y revisión de sus presupuestos objetivos y sobre todo indagar en la posible aplicación del principio general de subrogación real en esta materia. Para ello, previamente nos sumergimos en la consideración y evolución del concepto de patrimonio y en el funcionamiento de la subrogación al objeto de fundamentar la posibilidad de aplicarla en dos momentos distintos: En vida del reservista, durante la cual la institución de la reserva adquiere toda su intensidad; y de igual modo, en relación a los bienes de los que haya dispuesto el descendiente, previamente recibidos a título lucrativo de un ascendiente o de un hermano. Se finaliza el recorrido con la individualización de los bienes reservables.
El libro se compone de cuatro ensayos, independientes entre sí, pero vertebrados por dos ideas: la presencia esencial de la tradición jurídica romano-canónica en el Derecho Civil; y la intrínseca politicidad del mismo en relación con el entorno constitucional a partir de la modernidad. Un tópico, por fortuna progresivamente en desuso, ha negado aquella politicidad, precisamente por la gran persistencia histórica de la tradición civilística, presentando las instituciones del Derecho de los particulares como dotadas de un fundamento apriorístico, es decir metahistórico. No obstante, la deriva histórica del Derecho Civil arroja rupturas de considerable calado, aunque ello no obsta para la existencia de elementos de fuerte continuidad derivados del ius commune, que permiten en muchos casos, señaladamente en el Derecho general de las obligaciones, un dibujo general que trasciende incluso a las variantes nacionales. Esta continuidad, no permite, empero, ver en el tiempo las instituciones civiles desligándolas de su lugar o su momento. En especial, esa necesidad de ligarlas con el momento, al día de hoy nos hacer ver lo imprescindible de su conexión con la historia constitucional y la globalización del tráfico económico. Estas ideas se intentan exponer, en sus líneas más esenciales, en los cuatro ensayos, cuyo orden evoca una genérica cronología: los pilares romano-canónicos; la construcción de un esquema jurídico general para el sujeto político de la revolución burguesa; la emergencia de una cultura de los derechos fundamentales en el ámbito de las relaciones entre particulares, primero en el ámbito estatal y después en el internacional; las tendencias hacia la unificación más allá de los Estados nacionales, incluso en forma de una Codificación, sobre todo en Europa.
El examen a la luz de la normativa constitucional, comunitaria e interna actualmente en vigor y de la evolución jurisprudencial relativa a las categorías que tradicionalmente se han considerado como las referencias básicas del derecho civil subjetivid
El Derecho de Obligaciones y Contratos en general pretende ser un texto de referencia tanto para estudiantes de Grado en Derecho, como para profesionales, sean o no jurídicos. A diferencia de los manuales al uso, se trata de una obra que sintetiza lo esencial de la materia, facilitando su asimilación a través de la peculiar estructura y ordenación de las lecciones. Precedidas de un breve cuadro normativo, las ideas fundamentales de cada lección se exponen en epígrafes independientes, acompañadas de cuadros dedicados a tratar cuestiones controvertidas de interés, y cada lección termina con un compendio de las reglas fundamentales que han sido expuestas. La obra constituye el instrumento más completo, actualizado y útil para conocer lo fundamental del Derecho de Obligaciones y Contratos en general, comprendiendo el concepto y clasificación de los contratos, sus elementos esenciales y accidentales, su formación, eficacia e ineficacia, su interpretación, así como la noción de obligación y de relación obligatoria, las fuentes de las obligaciones, su clasificación, modificación y extinción, el incumplimiento de las obligaciones, la afección del patrimonio al cumplimiento, las garantías de la obligación y los medios de tutela y protección del crédito.
El tomo segundo de los Principios de Derecho civil, del profesor Lasarte, tiene como contenido básico la génesis y la dinámica de las relaciones obligatorias, desarrollando el sector del Derecho civil conocido tradicionalmente como «Derecho de obligaciones»: fuentes, cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones; garantías y concurrencia de créditos; enriquecimiento sin causa y cuasicontratos; y la responsabilidad civil extracontractual, pues la exposición de los contratos es objeto del tomo tercero de este sugestivo e innovador manual. La presente edición, rigurosamente actualizada, incorpora todas las referencias a las nuevas disposiciones legislativas dictadas a lo largo del pasado curso académico, entre otras las siguientes: Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público; Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil; nuevo texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016; así como un buen número de disposiciones normativas de inferior rango y de regulación reglamentaria. Como reflejo de la actualización llevada a cabo desde el punto de vista jurisprudencial deberíamos resaltar al menos la STS 250/2016, relativa a la distinción entre obligación de medios y resultado en el ámbito de la responsabilidad civil médica; las SSTS 79/2016 y 364/2016 (Pleno), sobre nulidad por abusiva de cláusulas que fijan el interés de demora en un 19 por 100; las SSTS 705/2015 (acción colectiva) y 79/2016 (acción individual), conteniendo ambas la declaración de nulidad de la cláusula de intereses moratorios declarados abusivos; por su parte, la STS 82/2016, de 19 de febrero, determina cómo debe entenderse el enriquecimiento injusto, bien como principio general del Derecho, cuya formulación sería que «nadie debe enriquecerse injustamente o sin causa a costa de otro», bien como institución jurídica autónoma.
Sirvan unas breves líneas para presentar al lector esta ambiciosa obra fruto del trabajo colectivo llevado a cabo en el marco del proyecto de investigación La protección jurídica de las personas con discapacidad: análisis y propuestas de reforma del Derecho español, concedido por el Ministerio de Ciencia e innovación, en el marco del Plan Nacional I+D y entre cuyos objetivos se propuso analizar las sentencias que sobre discapacidad dictaran los distintos órganos jurisdiccionales internacionales y nacionales durante la vigencia del proyecto. Se trataba de verificar la aplicación de la Convención de Nueva York por parte de los Altos Tribunales españoles, Tribunal Supremo (civil, penal, administrativo y social) y Tribunal Constitucional, así como de los tribunales europeos (TEDH y TJUE) en un periodo temporal acotado y recoger, con visión crítica, un análisis certero de los distintos fallos jurisprudenciales que, bien de forma aislada, bien contribuyendo a la creación de una línea jurisprudencial sostenida, han aplicado la Convención de Nueva York de forma directa o han aplicado la norma legal a la luz de los postulados del texto internacional. Así se incluyen, entre otros, estudios y comentarios sobre la discriminación directa por razón de discapacidad, los tratos inhumanos y degradantes sobre las personas con discapacidad, el derecho a la educación inclusiva, el internamiento involuntario, las garantías procesales, las medidas de seguridad, la capacidad jurídica y su reflejo en el Registro civil y de la Propiedad, las consecuencias de la separación y el divorcio en presencia de hijos con discapacidad, el derecho a la vida familiar o el derecho al honor de las personas con discapacidad.